Con la entrada en vigencia de la nueva ley de reforma fiscal, el Impuesto a las Ganancias se actualiza dos veces al año —en enero y en julio— siguiendo la inflación del semestre anterior. Para este año, de manera excepcional, el ajuste de enero se realizó considerando la inflación de septiembre a diciembre de 2024.
A partir de mayo de 2025, un trabajador soltero y sin cargas de familia comenzará a tributar Ganancias si percibe un salario bruto de $2.280.647 o más, lo que equivale a un ingreso neto de bolsillo de aproximadamente $1.892.937. En cambio, aquellos trabajadores que deduzcan un cónyuge y dos hijos menores de 18 años tendrán un piso más alto: pagarán Ganancias recién a partir de un sueldo bruto de $3.024.494, equivalente a unos $2.500.000 netos.
Esta actualización es importante porque determina desde qué nivel salarial se empieza a retener el impuesto, y también porque los trabajadores deben informar sus deducciones personales (hijos, cónyuge, alquileres, gastos médicos, etc.) a través del Formulario F572 Web en el sistema Siradig Trabajador, para reducir el monto a pagar.
Escalas y retenciones: ¿cuánto se paga según el sueldo?
La retención del impuesto varía según el salario bruto percibido. A modo de ejemplo:
Trabajador soltero (sin hijos):
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$2.300.000 brutos: paga $874 de Ganancias (alícuota del 5%).
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$2.500.000 brutos: paga $12.690 (alícuota del 9%).
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$2.800.000 brutos: paga $45.987 (alícuota del 15%).
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$3.000.000 brutos: paga $79.161 (alícuota del 19%).
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$4.000.000 brutos: paga $310.703 (alícuota del 27%).
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$5.000.000 brutos: paga $613.779 (alícuota del 31%).
Trabajador soltero con dos hijos:
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Hasta $2.654.060 brutos, no paga Ganancias.
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$2.700.000 brutos: paga $2.065 (5%).
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$3.000.000 brutos: paga $26.633 (12%).
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$4.000.000 brutos: paga $232.008 (23%).
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$5.000.000 brutos: paga $512.526 (27%).
Esto muestra claramente que a medida que el ingreso bruto mensual sube, también crecen las retenciones del impuesto.
Nuevos valores de las deducciones personales
A partir de mayo, los trabajadores podrán aplicar las siguientes deducciones para calcular su impuesto:
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Ganancia no imponible: $3.916.268,37
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Deducción por cónyuge o conviviente: $3.688.339,32
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Deducción por hijo menor de 18 años: $1.860.042,98 (en caso de discapacidad, se duplica sin límite de edad)
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Deducción especial para empleados en relación de dependencia: $18.798.088,20
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Servicio doméstico: hasta $3.916.268,37
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Gastos por escolaridad: hasta $1.566.407
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Alquileres de vivienda: deducción total sin tope en algunos casos
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Seguro de vida: hasta $573.817
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Intereses hipotecarios: hasta $20.000
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Gastos médicos y planes de salud: sin límite
Estas deducciones permiten reducir la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto. Cuantas más deducciones pueda informar el trabajador, menor será el monto que deba pagar.
Vencimientos para declarar y pagar Ganancias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo cronograma de vencimientos para la declaración jurada y el pago del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024:
Terminación de CUIT | Presentación DDJJ | Fecha de Pago |
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0 - 1 - 2 - 3 | 11/06/2025 | 12/06/2025 |
4 - 5 - 6 | 12/06/2025 | 13/06/2025 |
7 - 8 - 9 | 13/06/2025 | 17/06/2025 |