La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplica en abril de 2026 ciertos controles sobre las transferencias entre cuentas bancarias o billeteras virtuales, operaciones que se volvieron más que habituales para la mayoría de las personas.
Es así como la ex AFIP fiscalizará los montos que mueven los usuarios entre sus cuentas y, en caso de notar irregularidades, desde la entidad pueden activar la supervisión fiscal.
En abril, los límites que estableció ARCA a partir de los cuales las entidades bancarias y billeteras virtuales deben informar las transferencias o acreditaciones es de $50.000.000 para las personas físicas, mientras que para las personas jurídicas desciende a $30.000.000.
En esos casos, la entidad realizará pedidos de información a los bancos o plataformas digitales como Mercado Pago. De suceder esto, las entidades podrán solicitar que los usuarios justifiquen el origen de los fondos.
Cabe remarcar que las personas no contestan en tiempo y forma, el Gobierno, a través del organismo, puede llevar adelante un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Este mecanismo no impide realizar transferencias, pero sí pone en marcha un sistema de monitoreo automático que puede derivar en requerimientos por parte de ARCA para justificar el origen de los fondos involucrados.
Otro tema importante es que el punto crítico no suele ser el monto, sino la ausencia de respaldo documental. Entre los documentos que pueden requerirse figuran recibos de sueldo, haberes jubilatorios, declaraciones juradas impositivas, facturas por trabajos o servicios, y comprobantes de transferencias anteriores.
De cuánto son los nuevos límites para las transferencias en abril 2026
Para personas físicas, el umbral alcanza los $50 millones mensuales mientras que en el caso de las personas jurídicas, el tope se fija en $30 millones mensuales.
Estos topes de control también abarcan otros movimientos financieros:
- Extracciones en efectivo: el umbral es de $10.000.000 mensuales tanto para personas físicas como jurídicas. Anteriormente, cualquier extracción debía ser informada
- Saldos bancarios: al último día del mes, se reportan saldos que superen los $50.000.000 en personas físicas y $30.000.000 en jurídicas. Antes, el límite era de $1.000.000
- Plazos fijos: deben informarse cuando superan los $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para empresas
- Tenencias en sociedades de bolsa: el límite es de $100.000.000 para individuos y $30.000.000 para personas jurídicas
- Pagos realizados: el umbral se ubica en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas
- Compras como consumidor final: el tope es de $10.000.000 mensuales. En períodos previos, los valores eran considerablemente más bajos.
