El presidente, Javier Milei, firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica el marco regulatorio del servicio público de agua potable y desagües cloacales, con el objetivo de habilitar el ingreso de capital privado en Agua y Saneamientos Argentinos (AySA). En este sentido, la medida incluyó la habilitación a los cortes de suministro en caso de deuda del cliente.
Así lo hizo Milei este martes mediante la firma del DNU 493/2025, establecido en el marco de la Ley Bases 27.742 de mediados de 2024, que declaró “sujeta a privatización” a la empresa estatal de agua corriente.
El DNU sustituye más de 100 artículos del actual régimen regulatorio aprobado en 2006 y cambia las condiciones de operación de la concesionaria, que podrá ahora garantizar financiamiento con los fondos de la explotación, cortar el servicio en caso de mora y comercializar excedentes de agua potable o capacidad cloacal con autorización del Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS).
El decreto también incorpora un “Plan Director de Mejora Estratégica” para priorizar inversiones de infraestructura y habilita un período de transición de hasta cinco años tras la privatización para mantener el equilibrio económico-financiero del contrato.
El Gobierno justificó la medida en la “profunda crisis económica” y en el “deterioro operativo y financiero” de AySA, por recibir transferencias del Tesoro por 13.400 millones de dólares entre 2006 y 2023 pero, según el Ejecutivo, no poder mejorar su productividad ni expandir adecuadamente la cobertura.
Por ahora, el 90% del capital de la compañía sigue en manos del Estado, aunque el DNU habilita su enajenación total o parcial conforme a la Ley 23.696 de Reforma del Estado. El Ministerio de Economía será la autoridad de aplicación del nuevo régimen.
Habilitan el corte de suministro de agua
En el marco del proceso de privatización de AySA, el Gobierno habilitó en este mismo decreto el corte de suministro de agua a los usuarios de la empresa debido a la falta de pago.
Al respecto, el DNU incorporó al "marco regulatorio" de AySA un inciso que indica que se "podrá efectuar el corte del servicio en caso de mora, conforme los términos y condiciones establecidos en el artículo 81 del presente Marco Regulatorio".
MÁS INFO
El nuevo marco también permite el corte de suministro por "deficiencias en las instalaciones". "Cuando se comprueben deficiencias en las instalaciones conectadas al sistema que perturben la normal prestación del Servicio Público u ocasionen perjuicios a terceros, la Concesionaria podrá, previa intimación, disponer el corte del Servicio Público. Estos hechos serán comunicados inmediatamente a las autoridades locales y al Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS)”, establece al respecto.
De este modo, el Gobierno busca favorecer el atractivo para la privatización de la empresa al dejar más margen de rentabilidad a los capitales privados que deseen comprar las acciones que todavía posee el Estado.
Esto último queda plasmado directamente en el artículo 81 del marco regulatorio de la empresa, el cual determina que "la Concesionaria está facultada para proceder al corte del Servicio Público por atrasos en el pago de las facturas correspondientes, sin perjuicio de los cargos por mora e intereses que se establecen en el presente Marco Regulatorio" ydetalla que "el corte del Servicio Público procederá por falta de pago de una factura con una mora de como mínimo, SESENTA (60) y QUINCE (15) días para los Usuarios residenciales y no residenciales, respectivamente, contados a partir de su segundo vencimiento"..