La Justicia rechazó el recurso de un empleado bancario despedido por pérdida de confianza

La Justicia respaldó el despido del empleado bancario, a quien no se le pagó indemnización.

11 de septiembre, 2025 | 05.00

La Cámara Federal de Resistencia rechazó el recurso de apelación que presentó un ex empleado bancario, despedido tras ser acusado de desviar fondos a su cuenta personal. Así, la Justicia confirmó que el hombre fue despedido con causa

En 2016, el trabajador pidió que se dicte la nulidad de su despido. En aquel momento, aseguró que se trató de un despido discriminatorio, por lo que pidió que le paguen una indemnización y un resarcimiento, según explicó el sitio Diario Judicial

El juzgado de primera instancia rechazó el pedido del hombre despedido, por considerar que la entidad bancaria había seguido el debido proceso. Esa decisión fue apelada por el trabajador, quien consideró que, como restituyó los fondos desviados, no hubo perjuicio económico para el banco. 

La nueva resolución

A fines de agosto de este año, la Cámara Federal de Resistencia, con votos de las juezas Rocío Alcalá y Patricia Beatriz García, confirmó el fallo del juzgado de primera instancia. Concretamente, las juezas consideraron probado que, con los fondos que desvió, el hombre "procedió al pago de su tarjeta de crédito y a le extracción del saldo por cajero automático". 

Chau indemnizaciones: despiden a un trabajador por pérdida de confianza.

Además, la Cámara explicó que, de acuerdo a la pericia contable del hecho, se confirmó el "aprovechamiento indebido" por parte del ex trabajador del banco, lo que constituiría la "pérdida de confianza" por la que lo desvincularon. "Al respecto, la inmediata restitución de los fondos, como alega el actor, no suprime la existencia de la falta ni neutraliza la pérdida de confianza, principio esencial en la relación laboral bancaria, particularmente en tareas vinculadas a la gestión de haberes de terceros", expresaron las magistradas. 

Asimismo, añadieron: "La confianza es un pilar esencial en el vínculo laboral, cuya conservación se vuelve aún más crítica cuando el trabajador ocupa un cargo jerárquico y maneja fondos de terceros, como en el caso del actor, de allí que -considero- la existencia de una justa causa de despido no requiere la producción de un perjuicio patrimonial concreto, sino que puede fundarse en la sola comisión de actos que lesionen gravemente el deber de fidelidad y buena fe objetiva, máxime si se trata de personal bancario con atribuciones operativas. Así, el solo hecho de haber utilizado en beneficio propio un procedimiento reservado a la gestión de haberes institucionales, incluso si luego se restituyeron los fondos como dice, alcanza para quebrantar irreversiblemente la confianza que debe regir la relación contractual".