A qué hora empieza la veda electoral en las elecciones 2025 del domingo 26 de octubre

La restricción de ciertas actividades comienza 48 horas antes del día de la elección. A partir de qué momento comienza a regir este 2025. 

22 de octubre, 2025 | 15.08

Falta solo días para elecciones legislativas nacionales y desde el viernes 24 de octubre comenzará a regir la veda electoral para candidatos y votantes. ¿A qué hora empieza y qué actividades están prohibidas durante este periodo?

Elecciones 2025: a qué hora empieza la veda electoral este viernes 24

La Cámara Nacional Electoral (CNE) dispone la restricción a una serie de actividades 48 horas antes de las elecciones con el objetivo de garantizar la transparencia del proceso electoral y resguardar la voluntad de las y los votantes. Este año, la veda electoral para toda la Argentina comenzará el viernes 24 de octubre a las 08:00 hs y estará vigente hasta el cierre de los comicios del domingo 26

La veda electoral comenzará a regir el viernes 24 de octubre a las 08:00 hs para todo el país

Durante este periodo quedan prohibidas las siguientes actividades:

  • Realizar actos públicos de campaña.
  • Toda actividad de proselitismo electoral, es decir, emitir o difundir propaganda electoral en medios tradicionales, digitales o redes sociales.
  • Abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde funcionen mesas receptoras de votos.
  • Publicar encuestas, estudios de opinión, sondeos o proyecciones, regirá hasta el domingo a las 22 hs.

  • Realizar espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.

  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

  • La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

  • Está prohibido tomar fotografías de la Boleta Única de Papel durante el acto electoral. 

Además, desde el sábado 25 de octubre a las 20 horas está prohibido vender y/o consumir bebidas alcohólicas. Los locales que incumplan la normativa pueden ser clausurados, en caso de que lo decida la Junta Electoral.

La venta de alcohol está prohibida desde el sábado 25 de octubre hasta el cierre de comicios

¿Qué pasa si rompo la veda electoral?

Romper con la veda se considera una violación al Código Electoral y la Justicia puede imponer sanciones en caso de comprobar la falta a los votantes y candidatos. Las penas dependen del tipo de incumplimiento, por ejemplo, un ciudadano que incumpla la veda electoral puede percibir una multa de entre $10.000 y $100.000

Sin embargo, quienes porten armas, utilice banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después finalizados los comicios pueden tener hasta 15 días de prisión.

Mientras que si una agrupación política realiza actos de campaña en este periodo puede ser sancionada con: 

  • La quita del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público por un período de 1 a 4 años
  • El recorte de los fondos para el financiamiento de campaña por una 1 a 2 elecciones.