El calendario electoral ya tiene fecha marcada: los bonaerenses deberán acudir a las urnas durante el domingo 7 de septiembre de 2025. Pero más allá de la definición política, la obligación ciudadana también está en juego, ya que quienes no voten sin justificar su ausencia podrían recibir sanciones económicas y limitaciones administrativas.
De acuerdo con la legislación vigente, no presentarse a los comicios no es un simple descuido. Quedar registrado en el Registro de Infractores al Deber de Votar implica multas que se deben abonar en tiempo y forma, además de la imposibilidad de realizar trámites oficiales o asumir cargos en la administración pública por períodos que pueden extenderse hasta tres años.
Multa por no votar: cuáles son los montos y plazos
La Ley Electoral bonaerense N° 5109, modificada por la Ley provincial 14.456, es clara: el artículo 137 establece multas que van desde $50 hasta $500 para quienes no concurran a las urnas y no lo justifiquen dentro de los 60 días posteriores a la elección. El monto final depende de la cantidad de infracciones acumuladas. Un elector que no votó en elecciones anteriores podría enfrentar sanciones más altas, mientras que un incumplimiento aislado tendrá la multa mínima.
Dónde pagar la multa por no votar
El trámite puede realizarse directamente en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral, en el que el ciudadano debe entrar al Registro de Infractores y verificar si tiene sanciones pendientes. Así pueden abonarse con tarjeta de crédito, débito o billeteras digitales.
También existe la posibilidad de pagar de forma presencial en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina (BNA), ya sea en efectivo, transferencia bancaria o con Mercado Pago.
Cómo justificar tu ausencia
La normativa contempla excepciones claras para quienes no puedan votar:
- Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación, con comprobante.
- Problemas de salud certificados por médico.
- Causas de fuerza mayor debidamente acreditadas.
- Ser juez o auxiliar de la Justicia en funciones.
- Integrar personal de servicios públicos en actividad indispensable ese día.
Si la justificación es válida y presentada en el plazo de 60 días, no corresponde multa.
¿Qué pasa si no se paga la multa?
No cumplir con el pago o la justificación implica quedar inhabilitado para trámites oficiales durante un año. Además, puede impedir acceder a cargos públicos y funciones administrativas hasta por tres años. Es decir, no pagar puede complicar desde la renovación del DNI hasta la inscripción en programas estatales.