La Cámara Federal porteña decretó la nulidad y archivo de la causa "Operación Puf" por basarse en escuchas ilegales y carecer de objeto procesal. Se trata de un caso que se abrió en 2019 con denuncias anónimas a instancias de la SIDE macrista para contrarrestar el D’Alessiogate. Se sostenía en una serie de intervenciones telefónicas a presos políticos que se habían realizado en la cárcel de Ezeiza durante el gobierno de Mauricio Macri. El principal impulsor del proceso era el fiscal Carlos Stornelli, que actuaba como querellante y presunto damnificado. Lo decretado por el tribunal revisor de Comodoro Py sella el final de esta operación político-mediático-judicial emblemática del lawfare, que había quedado herida de muerte tras la reciente condena al espía ilegal Marcelo D’Alessio a 13 años y medio de prisión.
La cámara porteña decidió por unanimidad anular y archivar el caso “Operación Puf” este jueves. El disparador fue una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal que en la previa de la feria judicial había puesto un manto de sospecha sobre las escuchas y el objeto de todo el proceso. La resolución de Casación fue una respuesta a un planteo de nulidad que había realizado el juez Juan María Ramos Padilla, insólitamente apuntado por Stornelli, entre otros.
MÁS INFO
En diálogo con El Destape, el abogado Alejandro Rúa, quien representa al acusado Roberto Baratta en este expediente, explicó: “Cuando en 2018 comenzó la causa Cuadernos y se generó esa detención masiva de funcionarios y empresarios, la Mesa Judicial macrista diseñó una estrategia que consistía en encerrarlos a todos en un par de pabellones, cablearlos con micrófonos, insertar algunas cámaras ocultas e incluso conseguir la intervención judicial de esos teléfonos que le fueron solicitadas al juez con competencia sobre el penal. Esas escuchas que tenían una fundamentación aparente no derivaban en esa causa judicial de Lomas de Zamora ningún aporte de información. Se informaba que no había información de interés. Pero el contenido de esas conversaciones era derivado del juez Claudio Bonadío que sí tenía interés en escucharlas para ver si podía obtener información respecto a las personas que allí estaban detenidas en el marco de la política de promover los arrepentimientos en los que estaba interesado”.
Rúa explicó que “cuando en 2019, el juez Ramos Padilla detiene a uno de los integrantes de una asociación extorsiva, el espía que conocemos como el doctor Marcelo D'Alessio, la SIDE promueve la filtración de algunas de esas conversaciones que son derivadas al fiscal Stornelli y a Elisa Carrió para que denuncien a las personas que estaban detenidas y así tratar de obturar el avance de la investigación que tenía el juez Ramos Padilla en Dolores”. “A 6 años de esos episodios tan desgraciados, el espía de D’Alessio fue condenado hace unos días por algunas de sus maniobras y hoy se anula esta estrategia impulsada por el fiscal Stornelli que la Cámara Federal, en consonancia con lo que la Casación le había ordenado antes de la feria, había advertido respecto de la imposibilidad de proceder en este caso”, concluyó el letrado.
La nulidad y el archivo de “Puf”
La resolución que este jueves decretó el cierre de “Operación Puf” lleva las firmas de los jueces porteños Eduardo Farah, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi. El primero ya había planteado la nulidad del caso tiempo atrás pero había quedado en minoría ante sus dos colegas, quienes el 6 de junio de 2024 sostuvieron que la causa debía seguir abierta. Juan María Ramos Padilla recurrió aquella decisión ante la Casación. Lo hizo junto a su hijo, el también juez Alejo Ramos Padilla, quien instruyó el D’Alessiogate cuando estuvo al frente del juzgado federal de Dolores. Stornelli, socio de D’Alessio, apuntaba centralmente a este magistrado por haberlo involucrado en el proceso. El 3 de julio pasado, la sala III de Casación hizo lugar a los planteos de nulidad de los Ramos Padilla y ordenó al tribunal revisor de Comodoro Py que se vuelva a expedir sobre el tema, ya que había muchas sospechas sobre la ilegalidad de la prueba que dio origen al caso, es decir, las escuchas telefónicas realizadas en el penal de Ezeiza; y no había un objeto claro de investigación. Es decir, quedaba claro que lo que había en “Operación Puf” fue una “excursión de pesca”, como se llama en la jerga judicial a una acusación general, sin fundamentos, que pretende generar una pesquisa para ver si en ese proceso se encuentra alguna prueba que inculpe a los apuntados.
El voto que lideró la resolución que cerró el caso fue el de Farah. Para este camarista porteño, el impulso que le dio Stornelli al caso “está apoyado en el contenido de las informaciones anónimas que desencadenaron las denuncias”. La referencia es a las escuchas irregulares en la cárcel de Ezeiza. Por eso, consideró que ese material “tuvo una procedencia y un contexto de producción de dudosa legitimidad, sobre cuya base es a mi manera de ver -como mínimo- improcedente dar vía favorable a la pretensión de esos actores de mantener abierto un caso judicial”.
Farah también defendió la labor del juez Alejo Ramos Padilla, quien le dio impulso al D’Alessiogate cuando encabezó el juzgado federal de Dolores (actualmente es juez federal de La Plata). Stornelli usó el caso "Operación Puf" para atacar a Ramos Padilla, quien lo investigaba –llegó a procesarlo- en el caso D’Alessio. Finalmente, el fiscal fue exculpado por sus colegas de Comodoro Py cuando esa causa pasó de los tribunales de Dolores a Comodoro Py. Ante este cuadro de situación, Farah resaltó este jueves que “no se alegó ni menos agregó indicio alguno que permita siquiera conjeturar motivaciones espurias del juez, ajenas a la naturaleza de sus funciones y a las decisiones que ha tomado”. Entre otras cosas, Farah defendió el devenir del D’Alessiogate: “Las críticas contra la atribución de competencia, contra la imparcialidad, contra la intervención original y contra las decisiones que adoptó ese magistrado (la referencia es a Ramos Padilla) fueron tratadas y respondidas a través de las vías de revisión correspondientes, en el marco del legajo FMP 88/2019 (el D’Alessiogate). De ninguno de los pronunciamientos de los tribunales superiores (Cámara Federal de Mar del Plata; Cámara Federal de Casación Penal) surgieron elementos o indicios de algo susceptible de ser investigado bajo la hipótesis de un delito como el aquí denunciado”. A eso, Farah sumó que “recientemente, se arribó a una sentencia de condena en la causa de mención, lo cual refuerza mi argumento”. La referencia es a la condena del espía ilegal Marcelo D’Alessio a 13 años y medio de prisión por integrar una asociación ilícita dedicada a realizar tareas de inteligencia ilegales, extorsiones y lavado de activos durante el gobierno de Macri. El agente clandestino tenía contacto con la entonces (y actual) ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, el mentado fiscal Stornelli y el periodista de Clarín Daniel Santoro.
MÁS INFO
Farah también destacó la falta de un objeto procesal claro en “Operación Puf” “que pueda servir de base para la prosecución de un proceso penal”. Básicamente, que el caso e trató de una “excursión de pesca” que se extendió casi 6 años.
En un voto conjunto, Bruglia y Bertuzzi –designados a dedo, de forma irregular por Macri, en la cámara porteña- no tuvieron más remedio que esta vez acoplarse a lo sostenido por Farah. Los había arrinconado la Casación con su fallo de julio pasado. “Más allá de cuanto señaláramos al resolver” en junio de 2024 “son los términos del decisorio dictado por el Superior los que conllevan a apartarse de lo dicho”, escribieron estos dos jueces. En ese marco, recordaron que el juez de Casación, el huemul Carlos Mahiques, resaltó en el fallo de julio pasado que: “Tras casi seis años desde que iniciaron las actuaciones, ninguna de las partes acusadoras ni tampoco los diferentes jueces intervinientes lograron precisar cuál sería el delito investigado en autos o a qué tipo penal correspondería subordinar legalmente las ´maniobras´ investigadas”.
Bruglia y Bertuzzi también sumaron textuales de otro juez de Casación que firmó el fallo de julio, Javier Carbajo, para finalmente afirmar: “No queda más que pronunciarse en el sentido encomendado y siguiendo el criterio antes expuesto. En consecuencia, habremos de revocar el auto apelado, haciendo lugar al planteo formulado por los Dres. Ramos Padilla, en cuanto a declarar la nulidad del requerimiento de instrucción de fs. 10/14 y de todo lo actuado en consecuencia, correspondiendo, por tanto, en este caso particular, el archivo del legajo”.
MÁS INFO
No obstante, en la misma jornada Bertuzzi –en esta ocasión junto al camarista Mariano Llorens- firmó que se utilicen en el caso “Ruta del dinero” las mismas escuchas que se consideraron ilegales en “Operación Puf”. Resulta que el empresario Lázaro Báez, protagonista de “Ruta del dinero”, fue una de las víctimas de las escuchas ilegales en la cárcel de Ezeiza. La incorporación, a pedido de la ONG macrista “Bases Republicanas”, pareciera tener un solo fin: involucrar a como dé lugar a la expresidenta Cristina Kirchner al proceso a pesar de que el fiscal y el juez de este caso, Guillermo Marijuán y Sebastián Casanello, habían decidido excluirla por falta de elementos que la comprometan.
La Operación Puf y el caso D’Alessio
El 6 de febrero de 2019 se produjo un hecho que provocó un punto de quiebre en el devenir del Lawfare en la Argentina. Por eso en el gobierno de Mauricio Macri se activaron todas las alarmas. Y se multiplicaron las operaciones ilegales. Aquel día, el entonces juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla allanó el domicilio del espía ilegal Marcelo D’Alessio, en el country Saint Thomas. El procedimiento se extendió hasta el día siguiente. Apenas unas horas después de que finalizara el operativo, el 7 de febrero de aquel año, la cofundadora de Cambiemos, Elisa Carrió, subió un tuit en el que sostuvo que estaba en marcha “una operación para ensuciar a Stornelli”. La “Operación Puf” empezaba a mover sus engranajes. Para ese entonces, la dirigente de la Coalición Cívica ya había recibido el material que la AFI macrista había recopilado de forma ilegal en la cárcel de Ezeiza. Eran las transcripciones de las escuchas ilegales que Carrió llevó al día siguiente a Comodoro Py –vía Mariana Zuvic y Paula Oliveto- para darle impulso a la causa que creó la exSIDE para derribar el caso D’Alessio. Las presentó como un anónimo que le había llegado.
Ese mismo día, 8 de febrero de 2019, Stornelli presentó una denuncia similar en Comodoro Py en base a una serie de anónimos que, casualmente, también le habían llegado.
Se trató de una doble denuncia en pos de lograr que intervenga un juez que falle de acuerdo a los intereses de los denunciantes. Solo quedó en pie la denuncia de Carrió porque recayó en el juzgado de Bonadío -allí luego Stornelli fue aceptado como querellante-. La otra denuncia se terminó cerrando por inexistencia de delito. Lo anónimos eran transcripciones de escuchas ilegales de la AFI macrista.
Una serie de datos revelan la desesperación del macrismo cuando se destapó el D’Alessiogate: las transcripciones que utilizaron para la presentación de Carrió incluían conversaciones del 5 de febrero de 2019. La AFI retiró de la DAJuDeCO (donde se graban las escuchas) el cd 539 con la grabación ilegal de esos diálogos el 6 de febrero a las 15.33. Es decir, en 24 horas el organismo de inteligencia se encargó de desgrabar el material y hacérselo llegar a la cofundadora de Cambiemos para activar un plan que obstaculizara el trabajo del juez Ramos Padilla. La AFI tuvo esa escucha en su poder apenas un día. Y nunca pasó por un juzgado. Era una escucha ilegal.
Por eso, la “Operación Puf” se transformó en un expediente paradigmático de persecución judicial en el que articularon su accionar los servicios de inteligencia, medios de comunicación hegemónicos –que difundieron las escuchas para blanquearlas - y jueces y fiscales del Lawfare. Por esas escuchas ilegales tomadas en la cárcel de Ezeiza, en febrero de 2021 fueron procesados en los tribunales de Lomas de Zamora integrantes de la cúpula de la AFI macrista y del Servicio Penitenciario Federal. Luego fueron beneficiados cuando el caso pasó a Comodoro Py.
En una presentación que había hecho ante los camaristas porteños para que se ratifique el archivo del caso “Operación Puf”, el abogado Alejandro Rúa había resaltado “que el inicio de este expediente es resultado de las maniobras ilícitas cuya investigación se lleva adelante en la jurisdicción federal de Dolores -en el marco de la causa FMP 88/2019- y en la jurisdicción federal de Lomas de Zamora -causa FLP 14149/2020/9”, es decir, en dos causas donde se investigó el espionaje ilegal macrista. Ambas causas luego pasarían a Comodoro Py.
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal llegó a acompañar el planteo de Rúa ya que en las intervenciones telefónicas en el penal de Ezeiza se había escuchado de forma ilegal el diálogo de abogados con sus clientes.
Stornelli en todo momento se aferró a la Operación Puf para defenderse de las acusaciones en su contra en el D’Alessiogate e intentar blindar la operación que tejió con el caso Cuadernos. Lo que sucedió este jueves es un golpe de gracia para esa estrategia. No obstante, difícilmente se modifique su situación en el caso D'Alessio, donde aun una parte de la causa continúa en instrucción. El fiscal de Comodoro Py logró que cayera el procesamiento por varios hechos que tenía en ese expediente.