Un fallo alerta sobre los vínculos que la actual ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el fiscal Carlos Stornelli mantuvieron con el espía ilegal Marcelo D’Alessio, condenado a 13 años y medio de cárcel por integrar una asociación ilícita dedicada a realizar tareas de inteligencia ilegales, extorsiones y lavado de activos durante el gobierno de Mauricio Macri. Los fundamentos de la sentencia del D’Alessiogate abren la posibilidad de que varios de los involucrados en esta trama de espionaje ilegal que no fueron condenados puedan volver a quedar comprometidos en tribunales. Entre ellos aquellos que hoy gozan de una falta de mérito como el periodista de Clarín Daniel Santoro.
“No podemos dejar de resaltar que el objeto procesal de este debate pone en tela de juicio varios aspectos que hacen a la vida democrática. No pueden taparse con las manos las sombras que recayeron sobre la actuación de la propia administración de justicia, de las fuentes de información pública y la manera en que el periodismo ejerce su función. Y también, sobre la tranquilidad de la ciudadanía de que no se conculque el derecho a la intimidad sin que el Estado realice espionaje ilegal sobre la vida privada de las personas”, suscribieron los jueces Sabrina Namer, Gabriela López Iñíguez y Nicolás Toselli del Tribunal Oral en lo Federal Nº 8 (TOF 8) en los fundamentos del fallo que se conocieron el pasado 15 de septiembre.
Fuentes del caso explicaron a El Destape que el fallo dejó abierta la posibilidad para que continúe la investigación en torno a los altos funcionarios del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo así como sobre los periodistas que se relacionaron con D’Alessio y fueron parte de sus operaciones. Dependerá, en gran parte, de la voluntad de la Justicia. Ante la consulta de este medio sobre si a partir de los fundamentos de la condena se podría insistir con el análisis penal del accionar de Stornelli –sobreseído pero con planteos de queja en la Corte realizados por querellantes- y de Santoro –con falta de mérito-, las mismas fuentes respondieron que hay prueba que invita a pensar que sí. “Las soluciones procesales dependen a veces de las interpretaciones. La Corte podría analizar arbitrariedad. Y la falta de mérito, podría dejar de ser falta”, señalaron. Mucho dependerá, claro, de la calidad de los planteos que hagan las partes interesadas en la revisión de situaciones cerradas o de avance de las estancadas.
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“El que tenga el caso cerrado zafó. El que lo tenga pendiente verá como hace para que no lo salpique”, sintetizó un abogado que querella en esta megacausa.
El 3 de julio pasado junto a Marcelo D'Alessio fueron condenadas otras cinco personas, entre ellas dos exagentes de inteligencia de la SIDE, Ricardo Bogoliuk y Rolando Barreriro. El l15 de septiembre se conocieron los fundamentos de aquella condena.
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¿Negligencia o connivencia?
El caso D’Alessio fue el primer caso judicial que reveló el espionaje ilegal que se hizo durante el gobierno de Mauricio Macri. La causa la instruyó en 2019 el juez federal Alejo Ramos Padilla quien entonces estaba a cargo del juzgado federal de Dolores. Los jueces del TOF 8 destacaron su labor: "La instrucción de la causa, por más desacuerdo que pueda tener la defensa con la suerte procesal de sus asistidos, ha traído a juicio una hipótesis acusatoria sólida que quedó demostrada de manera irrefutable en el debate", escribieron en un fallo de 1022 páginas al que accedió El Destape. En la investigación y luego en el juicio, tal como remarcaron los jueces del TOF 8, quedaron expuestos los contactos de una organización paraestatal dedicada al espionaje ilegal con la SIDE; el ministerio de Seguridad de la Nación que estaba a cargo de la misma persona que hoy, Patricia Bullrich; con importantes jueces y fiscales federales y provinciales; y con periodistas de medios hegemónicos de comunicación.
Ante semejante panorama, en los fundamentos del fallo conocidos el 15 de septiembre pasado, el TOF 8 cuestionó la fragmentación que tuvo el expediente una vez que el caso pasó de instruirse en el juzgado federal de Dolores –donde se había iniciado- a los tribunales de Comodoro Py, como pretendía el macrismo. Tras citar lo dicho por un abogado defensor, que sostuvo en el juicio que todos los que dijeron haber caído en una trampa tejida por D’Alessio (algo muy difícil de creer) “tal vez no están preparados para las funciones que cumplen”, el TOF 8 destacó: “Tal vez otras decisiones procesales nos hubiesen permitido sortear estos sensatos interrogantes con respecto a todos los involucrados en los hechos que se ventilaron en este debate, en el que se pudo juzgar sólo a algunos. Posiblemente sea cierto lo que optimistamente dice el señor defensor, que estamos sólo ante cándidos periodistas, fiscales, jueces, ministros y funcionarios que se dejaron tentar por cantos de sirena y no estuvieron a la altura de lo que la sociedad pretende de los funcionarios que la protegen o de los periodistas que están a cargo de formar su opinión sobre hechos de interés público. Ojalá lo sepamos en un futuro, cuando terminen las investigaciones que todavía quedan abiertas, y que se nutrirán de los testimonios que oportunamente enviaremos a las distintas reparticiones.”
Alertas desoídas
En otro pasaje del fallo, los jueces destacan las alertas desoídas y la inacción tanto del Poder Judicial como del gobierno de Mauricio Macri que “dejó hacer” a esta organización paraestatal dedicada al espionaje ilegal, que tenía contactos con jueces federales, integrantes de la AFI y altos funcionarios del Poder Ejecutivo.
“A lo largo de la vida de la asociación ilícita existieron una serie de circunstancias que, en condiciones normales, hubieran determinado la activa intervención de las agencias encargadas de la persecución de delitos para dar fin a su existencia. Sin embargo, tal como bien lo hicieron notar algunas defensas, aunque en el marco de operaciones políticas y conspiraciones que oportunamente serán abordadas, ello sucedió recién a tres años de su constitución, a partir de la denuncia de Pedro Etchebest y de la intervención del Juzgado Federal de Dolores (cuando estaba a cargo del juez Alejo Ramos Padilla). Los llamados de atención fueron desatendidos por diversas razones, y no es del caso juzgarlas. Sí, en cambio, lo es ponerlas de resalto, porque son parte del evidente entramado que unió la actividad de la organización criminal que en el debate se probó, con fuerzas de seguridad, agentes de inteligencia y funcionarios judiciales”.
Los mensajes del espía ilegal con Patricia Bullrich
Los jueces del TOF 8 también pusieron de resalto los estrechos vínculos de D’Alessio y su banda con la entonces –y actual- ministra de Seguridad, Patricia Bullrich: “Otra señal de importancia con relación a la actividad de la banda la tuvo la por entonces -y actual- Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich. En el marco de las operaciones de la asociación, se efectuaron tareas de recopilación de información sobre personas que tenían algún tipo de relación con integrantes de la banda criminal conocida como ‘Los Monos’, en la ciudad de Rosario. En ese marco, se hallaron en los dispositivos electrónicos de D’Alessio dos capturas de pantalla en la que el nombrado reportó las tareas realizadas a dicha funcionaria”, mencionaron los magistrados. Ese reporte fue a un teléfono que en su momento la ministra dijo que había entregado a su nieto, sin que ellos le trajera mayores inconvenientes.
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Según el fallo del caso D’Alessio, “el teléfono que allí está registrado efectivamente pertenece a la Ministra, como confirmó Movistar-Telefónica en la instrucción. Asimismo, el avatar de esta segunda captura de pantalla, posterior en el tiempo a la primera, coincide con la imagen del contacto que tenía D’Alessio en su celular, secuestrado menos de seis meses después de la toma de la captura de pantalla.” “En cuanto al contenido del mensaje, D’Alessio le ofrece a la Ministra ‘una escucha’ y ‘un arrepentido’ respecto de un caso que tomó trascendencia pública vinculado a tiroteos efectuados contra funcionarios que habían intervenido en el juzgamiento a miembros de ‘Los Monos’. La respuesta frente a ese ofrecimiento fue ofrecerle una reunión para que entregue ‘el material’ y una posterior reunión con la Ministra. Desconocemos qué información disponía D’Alessio en este caso, pero lo que en este punto queda claro es que la Ministra pudo haber conocido que una persona que no pertenecería formalmente a ninguna fuerza de las que tenía a su cargo, ni a las agencias del Sistema de Inteligencia Nacional, en dos oportunidades estaba realizando ‘investigaciones criminales’”. Los jueces resaltan que la ministra no se alarmó ante semejante situación. Todo lo contrario. Se puso en contacto con ese espía ilegal, al que le enviaba diversos mensajes, incluso privados, como saludos de fin de año.
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En esa línea, sostuvieron los jueces: “Varias de las víctimas de los hechos que aquí juzgamos aseveraron en juicio que D’Alessio se jactaba de su relación con Bullrich. También la secretaria personal de D’Alessio declaró que él mencionaba frecuentemente a Bullrich y le refirió haberse reunido con ella. Sin embargo, esta llamada de atención tampoco derivó en la disolución de la organización”.
Consultados por este medio para esta nota, distintos legisladores nacionales consideraron que la ministra podría ser interpelada por el Congreso por lo que surge del fallo.
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D’Alessio y las operaciones con Stornelli
De acuerdo a los jueces del TOF 8 existió una “relación probada entre el imputado D ´Alessio y el Fiscal Federal Carlos Stornelli”. Tal como informó este medio en la cobertura que hizo del D'Alessiogate Stornelli y D'Alessio llegaron a intercambiar 92 mensajes de Whatsapp en apenas 11 horas,
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A la hora de analizar el caso de Jorge Christian Castañón, que era ex de Florencia Antonini, la pareja de Stornelli en ese momento, por el que el fiscal pide al espía ilegal que realice una operación en su contra, los magistrados agregaron: “En este hecho, la conducta desplegada por D´Alessio solo se explica en el marco del vínculo que mantenía con el fiscal. Desoír esta dimensión probatoria equivaldría a omitir arbitrariamente aquello que se ha ventilado en el juicio y que la acusación logró probar”. Este caso, para lo jueces, “pone de resalto, una vez más, que la relación de D ´Alessio con Stornelli importaba un activo importante para la vida de la asociación criminal.”
Storenlli evadió durante meses el llamado a prestar declaración indagatoria y concurrió a declarar a Dolores cuando se dio cuenta que podía sufrir un jury. El fiscal llegó a estar procesado en esta megacausa por 7 hechos. Pero cuando el caso se mudó de Dolores a Comodoro Py la situación del fiscal federal cambió 180 grados. Terminó sobreseído en todos los hechos. En la actualidad hay dos quejas en la Corte que pueden cambiar su situación: una por el hecho Castañón y otra por el hecho Ubeira. Si el máximo tribunal del país no se expide o favorece al fiscal, el titular de la Fiscalía Federal N° 4 quedará definitivamente liberado de culpa y cargo, a pesar de toda la prueba que se volcó en esta megacausa y de lo que resaltan los integrantes del TOF 8.
Está absolutamente probado que el espía ilegal y el fiscal federal intercambiaron mensajes de texto, audios, enlaces de internet, imágenes y videos. Para los jueces que condenaron a la organización criminal “el hecho de que D´Alessio conociera y entablara una relación con un fiscal federal -de la forma que lo hizo-, dio a la asociación herramientas que le permitieron facilitar la puesta en marcha y/o concreción de muchos de sus planes delictivos”.
Respecto al caso Castañón, los jueces destacaron que “frente a la insistencia de Stornelli, Marcelo D´Alessio le prometió empezar en ese mismo día. Y cumplió. Al día siguiente, le envió información sobre Castañon Destefano…”. La referencia es a los intercambios entre el fiscal y el espía ilegal del 15 y 16 de enero de 2019. D´Alessio le había señalado a Stornelli que al fiscal “‘lo podía cortar’ en Argentina o en Estados Unidos y que estaba dispuesto a hacer lo que Stornelli quisiera”, señalaron los jueces, que luego indica “que es el Fiscal quien le consulta a D´Alessio concretamente qué es lo que se puede hacer, a lo que D´Alessio le dice de hablarlo personalmente, algo que Stornelli asiente con un ‘ok’”.
Los magistrados dan cuenta que el fiscal borró mensajes. “Se advierte que los mensajes eliminados por Stornelli contendrían alguna referencia, mención o pregunta sobre la actividad de Castañon, ya que son inmediatamente después del audio de D´Alessio, que en su parte final habla sobre Castañon”, precisaron. Es en ese momento que “D´Alessio directamente le ofrece a Stornelli ‘hacerle algo peor’ que lo que el Fiscal estaba considerando. Incriminar a Castañon falsamente, colocando algún elemento en la valija en Argentina o en Estados Unidos. D´Alessio le propone hablarlo personalmente y Stornelli acusa recibo del audio con un amistoso ‘Oki’”.
Los jueces expresaron en la resolución que “no se encuentra controvertido el contenido del chat entre D´Alessio y Stornelli: el pedido de Stornelli, la información señalada por D´Alessio, la insistencia de Stornelli, las fechas en las que se produce el intercambio de mensajes, las preguntas de Stornelli sobre que se podía hacer y las respuestas de D´Alessio.” Por esos concluyen: “Este caso expone con extrema claridad que el operativo también funcionaba como un modo de asegurarse vínculos con un funcionario del Ministerio Público Fiscal actuante en el fuero federal, que sirvió para el despliegue de otras maniobras delictivas de las asociación (entre ellas la extorsión a Pedro Etchebest y la coacción a Gonzalo Brusa Dovat)”. Brusa Dovat, por ejemplo, fue grabado por D’Alessio dentro de la fiscalía de Stornelli. Respecto a ese caso, sostuvieron los magistrados del TOF 8: “Más allá de las consideraciones del juez de instrucción [Ercolini] sobre el desconocimiento de Stornelli “del plan de ablande”, lo cual excede el marco de actuación de este Tribunal en esta sentencia, en lo que aquí importa, queda claro el vínculo de confianza existente entre D´Alessio y Stornelli, y cómo a partir de aquel fue que D´Alessio pudo lograr que Brusa Dovat vaya a declarar a la Fiscalía del nombrado.”
Otro de los casos paradigmáticos del D’Alessiogate que involucra Stornelli es el caso Ubeira, en el que el fiscal y el espía ilegal traman hacerle una cámara oculta al abogado José Manuel Ubeira que intervenía en el caso Cuadernos en defensa de Oscar Thomas y en Ruta del Dinero en defensa de Federico Elaskar. Como declaró Ubeira cuando declaró como testigo “fue amigo de Stornelli por más de 15 años. Era una amistad cercana que iba más allá de lo profesional, conocía a su familia, a su esposa e hijas y solía cenar en su casa.” Según Ubeira esa relación se rompió en el marco del caso Cuadernos cuando Stornelli le dijo que quedaban pocas sortijas para los “arrepentidos”.Según los chats entre D’Alessio y el fiscal, Stornelli le pidió una mano para avanzar contra Ubeira y el espía se puso a disposición.
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Operaciones periodísticas
Otro apartado del fallo hizo foco en el rol de determinados periodistas, entre ellos, Daniel Santoro, de Clarín, quien estuvo procesado en esta megacausa y en la actualidad cuenta con una falta de mérito.
Uno de los casos en los que el periodista y el espía ilegal quedaron involucrados fue el del empresario Mario Cifuentes. Fue a través de un mensaje "en código" emitido por Santoro en el programa Animales Sueltos, que conducía Alejandro Fantino, en el que se llevó a cabo parte de la maniobra. Santoro cambió el nombre de una empresa y en lo que dijo fue una equivocación mencionó justo, qué casualidad, la empresa de Cifuentes. Ese programa, otra casualidad, era frecuentado por el propio D’Alessio a quien se lo invitaba como especialista en Seguridad y Narcotráfico. Recordaron los jueces del TOF 8: Fue “a través de Daniel Santoro, que le dejaron en claro a Cifuentes el poder de fuego que tenían con la ya relatada ‘equivocación’ del periodista al mencionar su compañía y el monto exacto que le exigían de modo extorsivo al empresario. Fue allí también uno de los lugares a los que D’Alessio era invitado a exponer a partir de su supuesta expertise en seguridad y narcotráfico y de ese modo era presentado públicamente por su conductor”.
En la misma línea, remarcaron los magistrados: “En el caso ‘Cifuentes’ se pudo verificar la siguiente secuencia: el 3/4/2018 D’Alessio remitió a Daniel Santoro el archivo “Cifentes.docx”; los 4 y 5/4/2018 el periodista lo instaló en TV (Animales Sueltos) momento en el que en vez de decir ‘OAS’ mencionó a ‘OPS’, la empresa de la víctima; y el 6/4/2018 publicó en Clarín una nota donde describió a Cifuentes como ‘el nuevo Lázaro Báez’ y consignó una deuda cercana a $800.000.000, dato que coincide con la captura del Sistema de Cuentas Tributarias de AFIP (23/2/2018) hallada en la PC de D’Alessio”. Demasiadas coincidencias.
Santoro se encuentra con falta de mérito respecto de los casos ‘Brusa Dovat’, ‘Cifuentes’ “y los delitos de asociación ilícita y espionaje ilegal”. Lo que surge de este fallo podría volver a complicarlo en tribunales. Dependerá de cómo actúen las partes del proceso. Lo mismo corre para otros involucrados que se encuentren en una situación similar. De hecho, en la misma resolución el TOF 8 ordenó extraer testimonios e investigar, entre otros, a tres agentes de la SIDE que no eran parte del proceso.