Los diputados nacionales de Encuentro Federal Esteban Paulón y Mónica Fein denunciaron al presidente Javier Milei y al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, por no aplicar la Ley de Emergencia en Discapacidad, recientemente ratificada por el Congreso tras voltear el veto presidencial.
Además de Milei y Francos, los legisladores nacionales denunciaron a la secretaria Legal y Técnica de la Nación, María Ibarzábal Murphy, y al director del Boletín Oficial, Walter Rubén González. A todos los funcionarios los acusan de los delitos de presunto abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
"Somos miembros electos por el voto popular e integrantes de la Cámara de Diputados de la Nación por el mandato 2023/2027 y 2021/2025 respectivamente, circunstancia que acreditamos con documento oficial que acompañamos. En fecha 20 de agosto del 2025 se votó en el recinto del cual soy parte, previo a la habilitación de tratamiento sobre tablas, la Ley de Financiamiento de las Pensiones No Contributivas, proyecto de ley que fue remitido a la Cámara de Senadores de la Nación para su tratamiento. El mismo fue tratado en la Cámara Alta obteniendo así la aceptación de ambos recintos tal cual lo establece nuestra Constitución Nacional pasando luego al Poder Ejecutivo Nacional para su promulgación y publicación, circunstancia que -y en virtud de sus facultades constitucionales- el presidente ha vetado en fecha 4 de agosto del corriente año -y con su respectiva publicación en el B.O.- la totalidad del proyecto notificando a la cámara de orígen de tal circunstancia", explicaron los diputados nacionales.
Luego, recordaron que el 4 de septiembre "la Cámara Alta venció el veto presidencial sobre esta norma de suma importancia para las personas con discapacidad que habitan en nuestro país, en el marco de la declaración de emergencia pública sobre esta materia y con duración hasta el 31 de diciembre del año 2026".
La no aplicación de la ley
Después de que el Senado rechazara el veto de Milei, "la Ley 27.793 de Financiamiento de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad no ha sido publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina para su entrada en vigencia. Sobre estas personas denunciadas recae el deber de publicar en el Boletín Oficial la norma que ha cumplido con todos las etapas en el proceso de sanción de una ley de acuerdo a la Constitución Nacional.
"Si bien no se establece expresamente en nuestra norma suprema un plazo para la publicación de una ley insistida en Congreso con mayoría especial, dicho plazo no puede exceder los diez días útiles que permiten al Poder Ejecutivo Nacional observar los proyectos de ley votados en el Congreso. La sanción ficta o tácita, como denomina la doctrina constitucional, difiere para algunos autores en ser inmediata o los diez días mencionados como plazo máximo y que tal deber de publicación le corresponde, en un trabajo coordinado, al presidente de la Nación, al Jefe de Gabinete, a la Legal y Técnica y al Boletín Oficial de la República, circunstancia que a la presentación de esta denuncia no ha sucedido", añadieron.