El insólito expediente del DNU de Milei para expulsar tuiteros del pais

Sin necesidad ni urgencia, el presidente se auto otorgó la facultad de expulsar del país o prohibir el ingreso de extranjeros que publiquen algo que lo disguste. Lo "fundamentó" con 2 posteos y fallos de hace un siglo de una Corte golpista. 

01 de agosto, 2026 | 00.05

Dos posteos en redes de un informe de “ciberpatrullaje” y fallos de hace más de 100 años de la Corte Suprema que convalidó el golpe de 1930 donde avalaron la ley para deportar anarquistas y socialistas usada por esa dictadura. Esos son los fundamentos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que Javier Milei modificó la ley de Migraciones para expulsar extranjeros e impedir su ingreso al país si publican algo en redes que no le gusta.

El Destape accedió al expediente completo de cómo se diseñó ese DNU publicado esta semana, en el que Milei agrega como motivo de expulsión o freno de ingreso al país “haber dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último; haber realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales”.

Es evidente que, por la redacción, se le podría aplicar al propio Milei, que tiene abundante archivo de violencia contra otros argentinos.

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Ley de Residencia 2.0

Todo se hizo en dos días. El expediente que culminó en el decreto publicado el jueves 30 comenzó el martes 28. Terminó en un DNU sobre algo que no era ni necesario ni urgente: revisar las redes a ver si alguien menciona algo que a Milei le disguste y dejarlo afuera de la Argentina.

Una a favor podría ser que existe un expediente que “justifique” el decreto. Eso no existió en el DNU 70/2023, el acta fundacional del gobierno de Milei. Ante la consulta de El Destape, la respuesta oficial fue que ese decreto de diciembre de 2023 “no contiene informes y/o dictámenes técnicos ni jurídicos previos al dictado del mismo”, lo cual lo torna nulo aunque la Corte Suprema se hace la distraída desde entonces. Ahora, en el DNU que redefine las reglas de expulsión de extranjeros, hay informe previo pero de una pobreza supina.

Primero hicieron que desde el Ministerio de Seguridad se propusiera un decreto para modificar la Ley de Migraciones “en lo que hace a la supuesta existencia de actos de discriminación u hostilidad contra nacionales por parte de extranjeros que puedan ingresar o residir en el territorio de la República”. Lo firmó Sebastián Pablo Seoane, el Director Nacional de Migraciones. Mandaron un proyecto de decreto muy similar a la redacción final que firmó Milei.

El único fundamento jurídico que ponen son fallos de la Corte Suprema en los que los jueces dijeron que “toda nación soberana tiene como poder inherente a su soberanía y esencial a su propia conservación la facultad de prohibir la entrada de extranjeros a su territorio o de admitirlos en los casos y bajo las condiciones que ella juzgue libremente prescribir”.

Lo que no aclararon es que esos fallos son de 1932 y los firmaron varios de los jueces que convalidaron el golpe de Estado dos años antes como Roberto Repetto, Ricardo Guido Lavalle, Antonio Sagarna, De hecho, en el expediente llaman la atención a los abogados de los deportados porque ponen en cuestión a la dictadura encabezada por José Félix Uriburu y les recuerdan que la Corte Suprema calificó como “gobierno de facto al que surgió del movimiento revolucionario del 6 de septiembre de 1930” y que “en los tribunales de justicia debe admitirse semejante calificación únicamente y no la que lo que acuden a ellos les parezca mejor atribuir a aquel gobierno”. No se le podía decir dictadura a la dictadura, decían sus señorías. Como ahora Milei dice que no se le puede decir que tiene un discurso nazi.

El caso era de unos detenidos por decreto de Uriburu el 17 de febrero de 1932 en base a la Ley 4.144, conocida como la Ley de Residencia, que databa de 1902 y fue impulsada por Julio Argentino Roca, otro de los ídolos de Milei. Fue la que se utilizó para la persecución política durante medio siglo: habilitaba la expulsión del país de extranjeros que tuvieran condenas o denuncias en sus países de origen o “cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público”. Fue derogada recién en 1958.

El objetivo de Roca era expulsar a los inmigrantes europeos que traían ideas vinculadas a los derechos laborales. Treinta años después Uriburu la usó para acusar a un grupo de hombres y ejecutar su artículo 2, que habilitaba al Poder Ejecutivo a “ordenar la salida de todo extranjero cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público”.

El procurador ante la Corte, Horacio Rodríguez Larreta (abuelo), sostuvo la legalidad de las expulsiones vía la Ley de Residencia y aclaró que “no rigen para los extranjeros útiles para la sociedad”. También había avalado el golpe de 1930. Los jueces de la Corte sostuvieron que la deportación por parte del dictador Uriburu “fue dictada sobre la base de los antecedentes suministrados por la policía respecto de cada uno de los deportados de los cuales resulta que son anarquistas peligrosos o reincidentes”. Un acta policial y listo, no hacía falta nada más. Lo mismo pretende Milei ahora.

Ciberpatrulla

El ministerio que Patricia Bullrich dejó a cargo de Alejandra Monteoliva plantea en el expediente lo siguiente: “Ahora bien, en los últimos tiempos, se ha observado con profunda preocupación un aumento considerable de actos de discriminación manifiesta, hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”. Frente a eso, la propuesta es que “no es posible arribar a otra conclusión que no sea que no es razonable permitir que aquellos extranjeros, ya sea que se encuentren en la Argentina o en el exterior, que incurran en tales actos de discriminación u hostilidad contra los nacionales, puedan ingresar o residir en el territorio de la República”. 

Ahí entra en juego la Dirección de Ciberdelito y Asuntos Cibernéticos a cargo de Santiago González Bellengeri. El informe sobre el que basaron el DNU lleva el nombre de “Reporte Movimiento Antiargentina”. La última fecha de edición es el 27 de julio. En la introducción describe que “dentro de las funciones de ciberpatrullaje que realiza la Unidad de Prevención de Delitos Ciberasistidos (UPDC) del Centro de Sinergia Cibernética de las Fuerzas de Seguridad Federales (CS5), se pudo observar que a partir de fecha 19/07 del corriente, varios usuarios de diferentes plataformas de redes sociales comenzaron a postear mensajes de odio y violencia extrema sobre la Republica Argentina y/o sus símbolos identificatorios de nuestra nación”.

De entrada reconocen que no encontraron nada, que solo tomaron posteos identificados por otros usuarios de redes. Dicen que el objetivo del informe es “aportar información sobre posibles movimientos estructurados contra la población Argentina y lograr identificar aquellos usuarios que están detrás de este movimiento”. Sin embargo, lo único que reportaron fueron dos publicaciones, ningún movimiento estructurado ni nada cercano. Y tampoco identificaron a los que "están detrás" de esta campaña anti argentina. 

Una es un posteo de X del usuario “Gian del 56%”, que se presenta como “26 años. Católico, Pro Armas, Pro Familia, Pro Vida, Anti Zurdos, Comunistas y Progres”. Este joven publicó: “Otro extranjero que viene a abusar de NUESTROS recursos públicos y que estudia medicina en NUESTRA UBA se puso a patear una camiseta de Messi y a barrer el piso con ella HAGANLO FAMOSO!”. Y compartió un video de 4 segundos donde se ve que alguien tira una remera de la selección al piso en el Instagram de otro joven que se presenta como “medicina, buenos aires”. Nada más. 

Los espías del Ministerio de Seguridad agarran una de las respuestas a ese posteo de otro usuario de X sin identificar (@testt1234567891), que acota una captura de imagen y dice que “Muy probablemente sea el mismo, aparece en un PDF PUBLICO como ingresante en 2026 de medicina en la UNLP”. Esa es toda la “investigación”.

El segundo caso que encuentra la ciberpatrulla es de un brasileño que toca en bares cuyo usuario es “@joaobuenocantor”, que publicó en su Instagram un texto que dice: “Perderam as Malvinas, perderam o Diego e perderam a copa”, justo después de la final del Mundial. El mismo usuario borró enseguida la publicación y subió otra en la que pidió disculpas. “En un momento de mucha bronca e impulsividad, terminé pasando el límite al mencionar la Guerra de Malvinas. No tenía dimensión de lo sensible que es el tema para muchos argentinos y reconozco que me equivoqué al hacer esa referencia”, escribió. También que su “reacción ocurrió después de ver y recibir numerosos mensajes de xenofobia y racismo contra los brasileños”, pero aclaró: “Eso no representa lo que pienso sobre la Argentina”. Pidió de nuevo disculpas y que se termine el racismo. 

Nada más. Pero aún así continuaron con el expediente para "justificar" el DNU. 

Las conclusiones del informe de la “Dirección de Ciberdelito y Asuntos Cibernéticos” con estos dos posteos fue: “Acorde la información relevada, podría inferirse que determinados actores se encontrarían realizando ataques de odio contra nuestro país, incluyendo un ataque directo a nuestro reclamo de soberanía de las Islas Malvinas, como así también apoyando la campaña internacional contra la población Argentina”. Como si hubieran descubierto un complot internacional en dos posteos que encima los encontraron otros usuarios.

Y vienen entonces las recomendaciones “en función de lo expuesto hasta el momento”, o sea, dos posteos. Recomiendan:

  • "Revisar la normativa vigente sobre el ingreso y permanencia de extranjero al país", o sea, cambiar la ley como finalmente hicieron por DNU.
  • "Identificar los posibles patrocinadores de la campaña internacional ofensiva contra la Argentina", o sea, hacer más espionaje.
  • "Continuar monitoreando las fuentes de información y verificar nuevos posteos ofensivos a nuestra nación y sus intereses", o sea, hacer más espionaje.
  • "Descargar el contenido de los usuarios identificados y lo que se pudieran identificar a futuro, para tener parametrizados aquellos usuarios que fomenten delitos de odio contra la nación argentina. Realizar un análisis de la comunidad conformada por los integrantes de los grupos identificar nuevas fuentes de información", o sea, hacer más espionaje. 

En síntesis, recomiendan hacer espionaje en las redes, algo que viola la Ley de Inteligencia. Este “exhaustivo” informe fue incorporado por Fernando Kusiner, el jefe de Gabinete de Monteoliva.

El área jurídica del Ministerio de Seguridad opinó que se “acredita la gravedad y entidad suficiente, al estar comprometidos la vida de las personas, la integridad, salud y sus derechos y garantías consagradas por la legislación vigente, tornando imprescindible la necesidad de recurrir al remedio constitucional establecido en el inciso 3 del artículo 99 de la Constitución Nacional”. Por dos posteos era “imprescindible” un DNU; por dos posteos estaba “comprometido” el país.

El subsecretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, Leonarzo Szuchet, consultado por esta idea, respondió por escrito que “no tiene objeciones que formular”. La nota fue con copia a Esteban Mahiques, hermano del ministro Juan Bautista Mahiques.

Todo parece una secuela de La Armada Brancaleone. Pero revela que, por un lado, el Gobierno usa cualquier excusa para afianzar su estrategia racista y, por el otro, que pretende espiar a todo el mundo desde el Ministerio de Seguridad.