Bajo presión judicial, el Gobierno reglamentó la emergencia en discapacidad

Tras un fallo del Juzgado Federal de Campana, el Ejecutivo reglamentó la norma, avanzó con el régimen de pensiones y definió compensaciones para el sector.

04 de febrero, 2026 | 07.27

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793 mediante el Decreto 84/2026, que establece el marco operativo para la implementación de políticas y prestaciones destinadas a personas con discapacidad. La medida no surge de una decisión política propia, sino de una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que, frente a la parálisis oficial, intimó al Poder Ejecutivo a aplicar la ley y a dictar su regulación en un plazo de 30 días.

La norma había sido sancionada por el Congreso tras la insistencia parlamentaria frente al veto total dispuesto por el Ejecutivo en agosto de 2025. Si bien fue finalmente promulgada en septiembre de ese año, el Gobierno había considerado suspendida su ejecución hasta tanto se definieran las fuentes de financiamiento. Esa interpretación fue cuestionada judicialmente en el marco de un amparo colectivo, cuyo fallo de primera instancia obligó al Estado nacional a avanzar con la reglamentación.

En los considerandos del decreto, el propio Ejecutivo reconoce el origen judicial de la decisión. Allí se señala que, “en virtud de las decisiones dictadas en la referida causa judicial”, y sin consentir ni convalidar sus fundamentos, se dicta la reglamentación “con el fin de dotar de precisión operativa y administrativa” a la ley y de “fortalecer la trazabilidad de las acciones estatales”. El Estado, además, dejó constancia de que apeló el fallo y que los recursos aún no fueron resueltos.

El decreto define el esquema institucional de la emergencia y consolida la centralización de la política de discapacidad en la órbita del Ministerio de Salud, a través de la Secretaría Nacional de Discapacidad. Según el texto oficial, esta decisión responde a “una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos”, en línea con el modelo social de la discapacidad y los tratados internacionales.

Nuevo régimen de pensiones 

Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la puesta en funcionamiento del nuevo régimen de pensiones. La norma aprueba las reglas de la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social y dispone la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a la vigencia de la ley. El decreto aclara que se entiende por conversión de oficio “aquella que es dispuesta por la Autoridad de Aplicación sin requerir solicitud expresa del beneficiario”.

El Anexo II establece que la administración y el pago del beneficio estarán a cargo de la ANSES y ratifica su carácter personalísimo, inembargable e intransferible. También fija obligaciones para los titulares, como la comunicación de cambios en su situación de salud o económica dentro de los 15 días hábiles, y detalla las causales de caducidad del beneficio.

Regularización tributaria, compensaciones y articulación federal

En materia fiscal y presupuestaria, la reglamentación instrumenta un régimen de regularización de deudas para los sujetos comprendidos en la Ley N° 24.901. El esquema contempla la condonación de hasta el 100% de los intereses resarcitorios y punitorios, así como la eliminación de multas por infracciones formales y materiales que no se encuentren firmes, siempre que las deudas hayan vencido hasta el 31 de diciembre de 2025.

El decreto también prevé una compensación económica de emergencia para los prestadores de servicios de discapacidad que hayan facturado entre el 1° de diciembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. La verificación de la documentación quedará a cargo de la Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la plataforma Trámites a Distancia.

En cuanto a la articulación federal, la norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y a presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días de vigencia del decreto. El texto destaca que el Consejo “se configura como un mecanismo formal de consulta y articulación institucional plenamente operativo, con sustento legal expreso, integración plural y participación plena de la sociedad civil”.

El Ejecutivo definió compensaciones para el sector.

Quiénes quedaron al frente de la política de discapacidad

En paralelo a la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, el Gobierno nacional oficializó nuevas designaciones en la estructura del Ministerio de Salud. A través del Decreto 83/2026, se designó al doctor Alejandro Alberto Vilches como Secretario Nacional de Discapacidad. Asimismo, el licenciado Gianfranco Scigliano fue nombrado Subsecretario de Regulación, Certificación y Proyectos, mientras que el abogado Esteban Rafael Giler asumió como Subsecretario de Políticas de Acceso y Apoyos.

Las designaciones se produjeron en el marco de la reorganización institucional del área de discapacidad, luego de la disolución de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) como organismo descentralizado y el traspaso de sus funciones al Ministerio de Salud. Con esa decisión, formalizada a fines de 2025, la política de discapacidad quedó concentrada en la nueva Secretaría Nacional de Discapacidad.

El fallo que aceleró la aplicación de la ley de discapacidad

El Juzgado Federal de Campana –a cargo del magistrado, Adrián González Charvay– había intimado al Estado nacional a acreditar en un plazo de cinco días hábiles avances concretos en la implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad, en el marco de un amparo colectivo que tramita por demoras en su cumplimiento. La causa tiene que ver con el recurso presentado contra el Ejecutivo y el Ministerio de Salud, que fue iniciado por un padre en representación de sus hijos.

La reglamentación dispuesta este miércoles fue en respuesta a esa decisión judicial, pero expuso una demora que tuvo consecuencias concretas en un sistema ya tensionado: pagos atrasados, prestadores al borde del cierre y miles de personas con discapacidad sometidas a auditorías y recortes sin reglas claras. El decreto llega tarde y bajo presión judicial, luego de meses de reclamos de organizaciones, familias y trabajadores del sector que no obtuvieron respuesta a sus reclamos.