La Justicia falló a favor del Gobierno y volvió a entrar en vigencia la reforma laboral

La Cámara del Trabajo levantó el efecto suspensivo de un amparo que regía sobre más de 80 artículos y les devolvió la vigencia. Cómo sigue el caso en la Justicia.

23 de abril, 2026 | 13.23

La Cámara del Trabajo falló a favor del gobierno de Javier Milei y revocó un amparo que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, que había quedado en parte sin efecto por una cautelar del juez Raúl Ojeda. La decisión judicial fue celebrada por el propio Presidente y otros funcionarios del Gabinete libertario. 

"Modificar la resolución del 7 de abril de 2026 y otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación, deducido por el Estado Nacional, contra la resolución que admitió la medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo, de la República Argentina", dice el fallo firmado por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino.

La cautelar en cuestión había sido aceptada por el juez laboral Raúl Ojeda, que ordenó inhabilitar 82 artículos de la reforma laboral al considerar que existían indicios serios de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables. El nuevo fallo de la Cámara del Trabajo pone en suspenso esta cautelar y le devuelve la vigencia a los artículos hasta que se resuelva la cuestión de fondo. 

La CGT había planteado que la reforma implica una regresión en derechos laborales, afecta la libertad sindical y vulnera principios constitucionales y tratados internacionales incorporados a la Constitución.

Esta decisión de la Justicia fue celebrada por el propio Milei y distintos funcionarios nacionales, como la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello"La Cámara Laboral revocó la decisión del juez Ojeda y declaró la vigencia de la Reforma Laboral impulsada por el Gobierno nacional. VLLC!", escribió Pettovello en su cuenta de X.

Su mensaje fue compartido en redes por Milei, quien agregó: "No podrán detener el crecimiento que se viene para el País. VIVA LA LIBERTAD CARAJO...!!!".

Los artículos de la reforma laboral que vuelven a tener vigencia

Entre los puntos que habían sido criticados por la central obrera y que vuelven a cobrar vigencia son los cambios en el régimen de indemnizaciones, la ampliación de facultades del empleador, la flexibilización de condiciones laborales y nuevas restricciones a la actividad sindical.

En concreto, los artículos de la Ley 27.802 son el 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56 y 57.

El juez Ojeda que había avalado la cautelar aseguró que la CGT tenía la legitimación para representar al conjunto de los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y sostuvo que existe una "verosimilitud del derecho calificada", es decir, fundamentos para presumir que podrían haberse vulnerado garantías constitucionales, en particular el principio de protección del trabajo consagrado en el artículo 14 bis.