La Fiscalía en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal Nº 7, a cargo de Fabián Omar Canda, no hizo lugar al amparo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para que se habilite la feria judicial para que se trate una medida cautelar contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que reforma la ley de Inteligencia y empodera a la Secretaria de Inteligencia del Estado (SIDE).
El dictamen, al que pudo acceder El Destape, señaló que "al no advertirse de la presentación de fs. 2/92 se encuentren acreditadas, concreta y acabadamente las razones de inexcusable perentoriedad para que intervenga el Juzgado de Feria, ni que se torne infructuosa la tutela de derechos cuya protección se pretende a través de la producción de un perjuicio concreto e inminente, con entidad bastante".
Tampoco, acotaron, observó el dictamen firmado por Canda, "una situación de concreta de privación o amenaza inminente a los derechos que refiere conculcados (cfr. arg. para desestimar habeas corpus colectivo por CNACyC, Sala Integrada de habeas corpus –19.200/2020- “Kingston, Patricio s/ habeas corpus”, 30/3/20), resultando insuficiente la mera invocación de la urgencia o la gravedad en base a las afirmaciones efectuadas, opino que el Tribunal no debería hacer lugar a la habilitación de feria solicitada".
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El amparo colectivo del CELS había señalado que la reforma “se trata de un asunto que ‘no admite demoras’, donde se procura concretar respuestas judiciales urgentes frente a un actuar ilegal e inconstitucional del Poder Ejecutivo Nacional".
También sostuvieron que los cambios en la ley de Inteligencia resultan "incompatible con los compromisos internacionales asumidos, y en particular, con relación a derechos como la autonomía, la privacidad, la autodeterminación informativa, la libertad de todos los habitantes de Argentina, sobre los que existe un interés especial estatal para su protección, circunstancias que entendemos que acreditan el cumplimiento de los requisitos analizados para admitir la procedencia de la habilitación de la feria judicial”.
No solo el CELS presentó una acción judicial contra el DNU. La primera fue impulsado por los diputados nacionales Esteban Paulón (Provincias Unidas), Maximiliano Ferraro y Mónica Frade (Coalición Cívica) en el que plantean la inconstitucionalidad del DNU. Según puntualizaron, el decreto "no invoca ninguna situación de urgencia real y además legisla sobre materia penal, algo expresamente vedado por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución”.
La segunda, presentado por los ex diputados Leopoldo Moreau, Ricardo Alfonsín, Federico Storani, Luis "Changui" Cáceres, Eduardo Santín, Manuel Garrido y Ricardo Terrile, pide declarar la inconstitucionalidad del texto, la suspensión de parte de su articulado y advierten que a través de un per saltum podrían solicitar a la Corte Suprema de Justicia que intervenga.
