El Presto, a juicio por instigar a la violencia desde YouTube: de qué se trata la causa que lo investiga

En un video publicado en Youtube, "El Presto" incitó a los trabajadores municipales a prender fuego la casa del intendente Adan Humberto Bahl. Se lo acusa por instigar a cometer delitos. 

17 de septiembre, 2025 | 19.24

Eduardo Miguel Prestofelippo, conocido como "El Presto" deberá someterse a juicio por orden del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos por instigación a cometer delitos contra la figura del intendente de Paraná, Adán Humberto Bahl.

El hecho por el que se lo acusa está vinculado a un video publicado en su canal de Youtube "Prestofilippo" el 2 de mayo de 2020 y que lleva el título de “Violadores y asesinos LIBRES, ¿dónde están las ‘feministas’? Interna K”. En una parte de su discurso, el youtuber arenga e insta a que los trabajadores del distrito vayan a prender fuego la casa al jefe comunal. 

La resolución que se dio a conocer este lunes desestimó el pedido de la defensa de Presto encabezada por Augusto Diego Lafferriere, de impugnar la acusación. De esta manera, la Justicia confirmó lo solicitado por la Cámara de Casación Penal de anular su absolución y la orden de someterlo a un nuevo juicio. 

En el escrito de la defensa, Lafferiere decía que Presto se había disculpado en ese mismo video y que las características de los insultos de Presto "carecían de seriedad" y que, por tanto, no tenían "ninguna intención" de hacerle daño al intendente Bahl. "El simple consejo efectuado por el acusado no es típico. La falta de tiempo y lugar de la conducta de determinación exigidos por el tipo impide la posibilidad fáctica de llevar a cabo la supuesta ejecución de ese acto ilícito instigado", expresó el abogado en su momento. 

El Presto irá a juicio por instigar a cometer delitos

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, conformado por Claudia Mónica MizawakMiguel Ángel Giorgio y Daniel Omar Carubia, basó su decisión también al analizar la posición del Ministerio Público Fiscal con Álvaro Piérola a la cabeza. El magistrado sostuvo que lo dicho por El Presto "no era una simple opinión política", por el contrario, incitaba realmente a alterar el orden público y accionar violentamente en contra de una persona. 

"Existió un damnificado concreto. Esto es lo que exige el tipo penal, que la acción que promueva sea una manifestación. No exige el resultado o de la causación concreta, por eso es un delito de peligro" indicó el fiscal. 

De hecho, la jueza Mizawak dejó en claro en la resolución que el delito existe más allá de que se haya ejecutado o no. "El delito se consuma con la sola instigación", aclaró.

Vale aclarar que El Presto ya fue condenado el año pasado por hostigar a Fabiola Yáñez, y fue denunciado por amenazar de muerte a la expresidenta Cristina Kirchner.