La clasificación a los octavos de final de la Copa Sudamericana dejó una consecuencia inesperada para Boca Juniors. Después de eliminar a O’Higgins por penales, el "Xeneize" y su entrenador, Rodolfo “Vasco” Arruabarrena, fueron sancionados por la Conmebol por una infracción ocurrida durante el encuentro disputado en Chile. Las multas son económicas y no ponen en riesgo la continuidad del equipo en el torneo.
El motivo del castigo está relacionado con una demora durante el partido ante O’Higgins. Según la resolución, Boca y su cuerpo técnico se retrasaron en el regreso al campo de juego para disputar el segundo tiempo del encuentro correspondiente a los playoffs de la Copa Sudamericana.
La infracción no derivó en ninguna sanción deportiva para el equipo. Es decir, Boca podrá afrontar con normalidad sus próximos compromisos internacionales después de haber conseguido el pasaje a los octavos de final. El Tribunal Disciplinario estableció, en cambio, dos multas económicas que alcanzan tanto a la institución como al entrenador.
Cuánto dinero deberán pagar Boca y el Vasco
La sanción para Boca Juniors es de 20.000 dólares, mientras que Arruabarrena deberá afrontar una multa de 15.000 dólares. En total, el castigo económico asciende a 35.000 dólares y la Conmebol determinó además que el dinero será descontado directamente de los ingresos que Boca recibe por derechos de televisión y patrocinio relacionados con su participación en la competencia.
Por lo tanto, el club no tendrá que desembolsar ese dinero mediante un pago independiente. Los montos correspondientes a las multas serán retenidos automáticamente de los ingresos que genere el "Xeneize" en la Copa Sudamericana, competencia en que la próxima semana enfrentará a Recoleta por los octavos de final.
La advertencia que recibieron Boca y Arruabarrena
La cuestión económica no fue el único punto incluido en la resolución. El Tribunal Disciplinario de Conmebol también advirtió a Boca por otra infracción contemplada en el Manual de Clubes de la Copa Sudamericana 2026. A su vez, el organismo sudamericano dejó una advertencia expresa tanto para el club como para Arruabarrena. En caso de que alguno de los involucrados vuelva a cometer una falta de igual o similar naturaleza, podrían recibir castigos más severos.
La posibilidad de una sanción mayor está contemplada dentro de lo establecido por el artículo 27 del Código Disciplinario. Por eso, el fallo funciona también como un llamado de atención para Boca y el entrenador de cara a los próximos compromisos internacionales.
Tanto Boca como Arruabarrena todavía tienen la posibilidad de recurrir la decisión del Tribunal Disciplinario. La resolución establece que cuentan con siete días corridos desde la notificación para presentar un recurso ante la Comisión de Apelaciones de Conmebol.
Por ahora, el castigo no altera los planes deportivos del elenco de La Ribera . La clasificación ante O’Higgins no corre riesgos y el equipo podrá disputar los octavos de final sin ningún impedimento derivado de esta resolución.
El comunicado de Conmebol sobre la sanción a Boca Juniors
1° IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una MULTA de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.5 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2° IMPONER al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA una MULTA de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.5 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3° IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2026.
4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al SR. RODOLFO MARTIN ARRUABARRENA. Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.
