Por las medidas implementadas por el gobierno nacional de flexibilización de las importaciones y por los altos precios del mercado local, crecieron las compras internacionales en el último tiempo. En ese contexto la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los requisitos para los consumos en el extranjero.
La ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará más controles para monitorear las operaciones de argentinos en el exterior y así reforzar las restricciones sobre los productos que pueden ingresar al país.
En ese sentido, ARCA exigirá a los bancos y emisores de tarjetas de crédito y débito reportar todos los consumos realizados por sus usuarios fuera del territorio argentino a partir de este martes 1 de julio.
Estos nuevos controles fueron oficializados mediante el Decreto 5662/2025 publicado en el Boletín Oficial. La medida de la ex AFIP rige tanto para las tarjetas de titulares como para los adicionales.
Qué información le pedirá ARCA a los bancos ante compras internacionales
- Detalle de las operaciones en el exterior correspondiente a tarjetas de titulares emitidas en el país.
- Número de tarjeta.
- Marca de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.
- Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la entidad emisora de la tarjeta de crédito, de compra y/o de débito.
- Fecha de la operación.
- Identificación del país.
- Identificación de la moneda de origen.
- Monto de la operación en moneda extranjera.
- Monto de la operación en pesos.
- Nombre del comercio.
- Código de rubro del comercio.
- Número de identificación del comercio.
ARCA cambió el régimen de embargos
El gobierno de Javier Milei creó ARCA y realizó modificaciones en los distintos regímenes tributarios. Ahora llegó el turno de los embargos. La ex AFIP a través de la Disposición 120/2025, publicada en el Boletín Oficial, modificó el esquema de plazos de pago y notificaciones para todos aquellos que tengan deudas con el fisco argentino.
Una de las modificaciones de la normativa es la implementación de un plazo mínimo de 48 horas entre el vencimiento del período para presentar excepciones y la posibilidad de que ARCA avance con una medida de sanción como es el caso de los embargos. Esto significa que la ex AFIP no podrá embargar de inmediato al contribuyente tras el vencimiento de una deuda en ejecución.
Asimismo, el nuevo esquema establece una excepción para casos en que la distancia entre la sede del organismo y el domicilio del contribuyente supere los 100 kilómetros. Allí se podrá solicitar una traba anticipada, siempre y cuando previamente se haya notificado al Domicilio Fiscal Electrónico el detalle de la deuda y el contribuyente tendrá cinco días para cancelar antes de que se concrete la medida.