Por estos gastos ARCA te puede sacar del Monotributo

Hay varios motivos por los que la ex AFIP puede dar de baja a los usuarios del régimen simplificado. 

14 de noviembre, 2025 | 04.20

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) le recordó a los monotributistas que para mantenerse en el Régimen Simplificado no solamente hay que cumplir con los pagos mensuales, sino que es necesario respetar otros requisitos

La ex AFIP establece límites para todas las categorías y superarlos puede traer importantes consecuencias, desde multas económicas hasta la baja del sistema del Monotributo, por lo cual es importante conocer los topes, además de las otras condiciones de ARCA.

Cabe remarcar que hay determinadas compras que pueden hacer que ARCA realice lo que se conoce como “baja por exclusión” la cual se da cuando los contribuyentes "adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados".

Los motivos por los que te pueden expulsar del Monotributo

El ente nacional puede excluir a una persona si pasan estas cosas:

  • El precio unitario de venta supera el máximo límite.
  • Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados y no se encuentren debidamente justificados.
  • La suma de los ingresos brutos excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
  • La superficie o costo de alquiler superan los máximos establecidos por la categoría máxima disponible.
  • Los depósitos bancarios resulten incompatibles con los ingresos declarados a los fines de su categorización.
  • Hayan realizado importaciones de bienes o servicios para su comercialización posterior.
  • Desarrollen de más de 3 actividades simultáneas o posesión de más de 3 unidades de explotación.
  • Se hubieran categorizado como venta de productos cuando se prestan servicios.
  • Las operaciones no se encuentren debidamente facturadas.
  • El valor de las compras más los gastos del desarrollo de la actividad suman igual o más del 80%, en el caso de venta de bienes, o más del 40% cuando se trate de locaciones, prestación de servicios y/o ejecución de obras, de los valores máximos de ingresos brutos anuales para la categoría K.
  • Estuvieran incluidos en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

Los topes de facturación de cada categoría del Monotributo

Estas son las escalas vigentes del Monotributo en noviembre:

  • Categoría A: $8.992.597,87

  • Categoría B: $13.175.201,52

  • Categoría C: $18.473.166,15

  • Categoría D: $22.934.610,05

  • Categoría E: $26.977.793,60

  • Categoría F: $33.809.379,57

  • Categoría G: $40.431.835,35

  • Categoría H: $61.344.853,64

  • Categoría I: $68.664.410,05

  • Categoría J: $78.632.948,76

  • Categoría K: $94.805.682,90

En caso de superar estos montos anuales, los contribuyentes deben realizar la recategorización a la categoría correspondiente. En caso de no hacerlo pueden sufrir multas económicas por parte de ARCA.

Los topes de cada categoría del Monotributo.