Monotributo: ARCA confirmó las nuevas escalas y montos para julio 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los topes de facturación del monotributo con un incremento del 15,1% en línea con la inflación del primer semestre.

17 de julio, 2025 | 17.40

Los contribuyentes del monotributo deberán ajustarse a nuevos límites de facturación y valores de cuota mensual, luego de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizara las escalas del régimen con un incremento del 15,1%, en función del índice de inflación acumulado durante el primer semestre del año.

Esta modificación afecta tanto los ingresos anuales máximos permitidos por categoría como los montos que deben abonar mensualmente por impuesto integrado, aportes previsionales y obra social. El nuevo esquema rige para todo el segundo semestre y se complementa con un proceso de recategorización simplificada que estará habilitado hasta el 5 de agosto, inclusive.

Monotributo en julio.

Recategorización: más simple y desde el celular

ARCA implementó un sistema simplificado para facilitar el trámite: al ingresar al portal del monotributo, el sistema muestra automáticamente la facturación anual registrada. Si el dato es correcto, el contribuyente solo debe confirmar la nueva categoría. En caso de discrepancias, el monto puede editarse manualmente.

El procedimiento está disponible tanto en la web como desde la aplicación oficial para teléfonos móviles. Sin embargo, solo podrán utilizar esta modalidad quienes tengan puntos de venta electrónicos habilitados y hayan permanecido en el régimen durante al menos 12 meses consecutivos.

Aquellos monotributistas que se encuentren dentro de los primeros seis meses de actividad o que no hayan superado los parámetros de su categoría actual no están obligados a recategorizarse.

Cómo quedaron las escalas en monotributo.

Monotributo: nuevos límites de facturación anual por categoría

  • Categoría A: hasta $8.992.303

  • Categoría B: hasta $13.180.324

  • Categoría C: hasta $18.486.912,04

  • Categoría D: hasta $22.922.075

  • Categoría E: hasta $26.964.647

  • Categoría F: hasta $33.811.349

  • Categoría G: hasta $40.429.934

  • Categoría H: hasta $61.349.408

  • Categoría I: hasta $68.671.174

  • Categoría J: hasta $78.610.082

  • Categoría K: hasta $94.817.415

Además de los ingresos brutos, se consideran los alquileres devengados, el consumo de energía eléctrica y la superficie afectada a la actividad. Con esta actualización semestral, el organismo busca mantener el régimen simplificado alineado con la evolución de precios y evitar distorsiones en las escalas. Desde ARCA recordaron la importancia de cumplir con las obligaciones tributarias en tiempo y forma para mantener los beneficios del sistema.

Monotributo: los errores que hay que evitar para no recibir multas de ARCA

En los últimos tiempos se ha incrementado la cantidad de personas que se adhieren al monotributo, ya sea por emprender un negocio o trabajar en varias empresas, entre otras posibilidades. Sin embargo, muchos contribuyentes cometen errores que se pueden evitar si se los identifica de antemano y eludir las multas por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Uno de los errores más importantes que un monotributista puede cometer es no facturar de forma obligatoria cualquier operación que lleve a cabo. No hacerlo es equivalente a no declarar esa operación y quedar en la informalidad o "en negro". Esto puede llevar a que el contribuyente sea objeto de investigación por parte de ARCA e incluso puede haber consecuencias negativas como perder el acceso al régimen.

Es clave que después de cada factura, el contribuyente lleve un registro de la misma, tanto a nivel mensual como anual, en línea con la recategorización. La categoría del monotributo a la que pertenece un contribuyente se determina en función de la facturación de los últimos 12 meses, además de otros aspectos como el consumo de energía y la dimensión del local. Según los parámetros actuales, se debe llevar a cabo la recategorización, incluso si no corresponde cambiar de categoría.

Es importante destacar que, si bien los contribuyentes que permanecen en su categoría no suelen enfrentar sanciones por no realizar la recategorización, aquellos que corresponden hacerla y no la efectúan pueden sufrir una "recategorización de oficio" e incluso enfrentar multas y exclusiones.