Cómo pagar los aportes a empleadas domésticas con débito automático: esta es la forma

La nueva escala salarial para el personal de casas particulares rige desde julio en todo el país e incluye un aumento remunerativo del 6,5%.

17 de julio, 2025 | 17.32

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó el cierre del acuerdo paritario para el personal doméstico, lo que establece una nueva escala salarial vigente en todo el país a partir de julio de 2025. El aumento acordado es del 6,5% para el período comprendido entre febrero y septiembre, segmentado en dos tramos: un 3,5% aplicado sobre los mínimos de enero y tres incrementos adicionales del 1% en los meses de julio, agosto y septiembre. Todos los aumentos son de carácter remunerativo.

Salarios que cobran las empleadas domésticas.

Empleadas domésticas: nuevos sueldos desde julio

A partir del ajuste, las remuneraciones mensuales mínimas del sector quedan establecidas de la siguiente manera:

Primera categoría – Supervisores/as

  • Con retiro: $3.454 por hora / $430.878 por mes.

  • Sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 por mes.

Segunda categoría – Cocineros/as

  • Con retiro: $3.270 por hora / $400.310 por mes.

  • Sin retiro: $3.585 por hora / $445.613 por mes.

Tercera categoría – Caseros (sin retiro)

  • $3.089 por hora / $390.567 por mes.

Cuarta categoría – Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $3.089 por hora / $390.567 por mes.

  • Sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 por mes.

Quinta categoría – Personal para tareas generales

  • Con retiro: $2.863 por hora / $351.233 por mes.

  • Sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 por mes.

Esta escala aplica en todo el territorio nacional y es obligatoria dentro del régimen de trabajo en casas particulares. Además de los sueldos, los empleadores deben cumplir mensualmente con el pago de aportes, contribuciones, obra social y ART, en tiempo y forma.

Empleadas domésticas: el salario de julio.

Nueva facilidad: cómo abonar las cargas sociales con tarjeta de crédito

La Comisión Nacional recordó que los aportes y cargas sociales pueden abonarse mediante débito automático, lo que facilita la regularización de las obligaciones y reduce errores administrativos. Para habilitar esta modalidad, los empleadores deben adherirse a través del Registro Especial del Personal de Casas Particulares.

El trámite consiste en los siguientes pasos:

  1. Ingresar al portal ARCA con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.

  2. Acceder al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.

  3. Dirigirse a “Trabajadores a cargo” y seleccionar la opción “Adherir al débito automático”.

  4. Elegir la CBU previamente cargada (debe ser titularidad del empleador).

  5. Si se desea agregar una nueva CBU, el sistema redireccionará al servicio “Declaración de CBU” de AFIP (RG 2675).

El sistema permitirá visualizar el estado de los pagos y si hubo rechazos por falta de fondos o cierre de cuenta. En caso de preferirlo, el empleador podrá adherir el pago de los aportes mediante tarjeta de crédito, aunque este trámite se gestiona directamente con la administradora de la tarjeta. El débito se reflejará en el resumen siguiente.

El cumplimiento de estas obligaciones no solo es una exigencia legal, sino también una garantía de derechos y protección social para un sector clave en la vida cotidiana de miles de familias argentinas. Ante cualquier duda, se recomienda consultar en la página oficial del Ministerio de Trabajo o en la AFIP.