"Volver al Siglo XIX": los abogados laboralistas destruyeron la reforma laboral de Milei

Los letrados laboralistas critican que la reforma propuesta es regresiva, porque debilita los derechos de los trabajadores, ataca el sistema sindical y precariza el empleo.

27 de noviembre, 2025 | 09.00

La reforma laboral que el Gobierno impulsará en el Congreso implicará cambios directos en el empleo de los trabajadores formales que firmen sus contratos una vez que haya sido sancionada. Se trata, según lo que anticiparon diversos funcionarios, de modificaciones que abarcarán tanto a las paritarias como al pago de los sueldos y a la forma de otorgar las indemnizaciones, así como a la jornada laboral.

Los colegios de abogados y los letrados laboralistas critican que la reforma propuesta es regresiva, que debilita los derechos de los trabajadores, que se ataca el sistema sindical, que se precariza el empleo (períodos de prueba largos, menos seguridad jurídica) y que se pone en riesgo la defensa judicial y el Estado de derecho al deslegitimar el rol profesional de los abogados.

Javier Milei ya anticipó que la intención del oficialismo es enviar el proyecto al Congreso de la Nación luego del 10 de diciembre, cuando se renueve la composición actual con más diputados y senadores de La Libertad Avanza, por lo que ya confirmó que convocará a sesiones extraordinarias a partir de esa fecha.

El punto más destacado de la propuesta de reforma laboral, según explicó el propio secretario de Trabajo, Julio Cordero, es la implementación de paritarias por empresa en lugar de las paritarias por actividad que rigen actualmente. Los convenios colectivos de trabajo (CCT) se negocian entre los sindicatos que representan a los trabajadores de un sector —por ejemplo, comercio, metalúrgicos o construcción— y las cámaras empresariales del mismo rubro. Este esquema, vigente desde mediados del siglo XX, garantiza condiciones laborales homogéneas dentro de cada rama y fortalece el rol de los gremios en la negociación. 

El cambio que impulsa el Gobierno busca descentralizar ese sistema, habilitando que cada empresa negocie su propio convenio, con reglas salariales, horarios, beneficios y condiciones de trabajo adaptadas a su realidad productiva, su tamaño y su ubicación geográfica. En este último sentido, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, también adelantó la posibilidad de implementar paritarias fragmentadas por provincia o región, bajo el argumento de que deben estar guiadas por la productividad para evitar un mayor desempleo.

Las principales críticas de los expertos a la reforma laboral

Ataque al sistema de defensa profesional y juzgamiento

El Colegio de Abogados de Córdoba rechazó las expresiones de Milei, que calificó a los abogados laborales como “caranchos” y dijo que su reforma apunta a “terminar con la nefasta industria del juicio”. Para el Colegio cordobés, este discurso degrada el Estado de derecho, debilita la defensa judicial y erosiona la confianza ciudadana en la Justicia. 

Señalan que menospreciar el rol de los abogados no es algo menor: “atacar a quienes ejercen la defensa profesional es ir en contra del derecho de defensa en juicio, la tutela judicial efectiva y el acceso igualitario a la Justicia”, según su comunicado. 

Retroceso en derechos laborales y debilitamiento sindical

Desde la Asociación de Abogados Laboralistas de América Latina (ALAL) se sostiene que la reforma es un retroceso histórico: dice que busca “volver al siglo XIX” porque debilita totalmente al modelo sindical y al derecho laboral argentino.

 Critican especialmente medidas como el “banco de horas”, que permitiría una flexibilización muy fuerte de la jornada laboral, y la negociación colectiva “por empresa” en lugar de paritarias por rama, lo que según él debilita la organización sindical. Advierten que la reforma no está pensada para mejorar la vida laboral de los trabajadores, sino para aumentar la rentabilidad empresarial y consolidar un “sometimiento” de los empleados. 

Aspectos constitucionales / legalidad

El Foro de Abogados de Organizaciones Sindicales (FAOS) denuncia que la reforma es “lesiva e inconstitucional”. Para ellos, viola principios como el de progresividad de derechos: consideran que hay una “pulverización” de la legislación laboral y que el proyecto se presentó sin diálogo social ni participación real de los sindicatos. También advierten que se vulneran derechos fundamentales: negociación colectiva, libertad sindical, derecho de huelga, estabilidad en el empleo, salud, salario, pensiones, entre otras.

Ampliación del período de prueba y precarización del empleo

La reforma que se aprobó en 2024 (primer paso para esta nueva reforma que se presentará luego del 10 de diciembre) extiende mucho el período de prueba (por ejemplo, hasta un año en empresas muy pequeñas), lo cual deja a los trabajadores más vulnerables: podrían ser despedidos sin indemnización durante ese tiempo, lo que generaría una situación de inestabilidad y desprotección. 

En el documento se critica la eliminación de la “presunción de relación laboral” en ciertos casos (como con monotributistas), lo que puede derivar en precarización: si no se reconoce la relación laboral, los trabajadores no acceden a todos los derechos habituales. 

Derecho de huelga y protestas laborales

Otro reclamo es que la reforma permite despidos “justificados” por “grave injuria laboral” cuando haya participación en bloqueos. En ese sentido, algunos abogados señalan que hay un desbalance la libertad sindical y la capacidad de las empresas para reaccionar con despidos por protestas.

El Gobierno de Milei ya intentó, a través de un DNU, eliminar el derecho a huelga declarando esenciales casi la totalidad de las actividades económicas en Argentina. La medida, dentro del decreto que regulaba la Marina Mercante, fue frenada por la Justicia laboral. Las primeras versiones indican que un texto similar volverá a presentar en la nueva reforma. 

Descalificación institucional

Según algunos colegios, el lenguaje utilizado para promover la reforma (como acusar a los abogados de “industria del juicio”) no solo es peyorativo, sino que daña la institucionalidad: “descalificar la labor profesional pone en cuestión los valores mismos del Estado de Derecho”, dice el Colegio de Córdoba. 

Cambios en indemnizaciones y juicios laborales

El proyecto introduce nuevas reglas para los créditos e indemnizaciones laborales. Las actualizaciones quedarán limitadas a la inflación medida por el IPC más un interés anual del 3%, lo que reduce la compensación que hoy fijan los tribunales en caso de juicios prolongados. También se fijan topes del 20% a los honorarios legales y se permite a las PyMEs pagar las indemnizaciones en 12 cuotas mensuales, reduciendo el impacto financiero ante un conflicto.

Este eventual cambio se suma a la sanción del fondo de cese laboral, que ya está vigente tras su aprobación como parte de la Ley Bases en 2024 pese a ser poco aplicado por fuera de la UOCRA. En los casos en los que es implementado, implica que el propio trabajador destina una parte de su sueldo mensual a aportar para recibir una indemnización tras su eventual despido.

Con el nuevo esquema, las horas adicionales dejarían de abonarse inmediatamente con los recargos del 50% o 100% establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo. En su lugar, esas horas quedarían acumuladas en una cuenta individual, que el empleado podría compensar luego con descansos o jornadas reducidas en períodos de menor actividad. Esto implica que un trabajador podría cumplir jornadas de 10 o 12 horas diarias durante semanas de alta producción, y luego tomar días libres cuando el nivel de trabajo disminuya, sin recibir un pago extra.