Caso Spagnuolo: la Justicia hizo lugar al amparo presentado por un periodista de El Destape contra la censura del gobierno de Milei

El columnista económico Fernando Alonso había apelado la censura previa pedida por la Casa Rosada y avalada por el juez Patricio Maraniello, para frenar la publicación de audios atribuidos a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, sobre el presunto esquema de coimas en Discapacidad. 

09 de septiembre, 2025 | 20.53

La Justicia hizo lugar este martes al recurso de amparo presentado por el periodista de El Destape Fernando Alonso para apelar la censura previa pedida por el gobierno de Javier Milei y avalada por el juez Patricio Maraniello. El magistrado había dictado una medida cautelar que prohíbe la difusión en medios de comunicación de audios atribuidos a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, que hayan sido grabados en la Casa Rosada en un intento por frenar el escándalo de coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Ahora, Alonso podrá presentar sus argumentos para suspender la decisión de primera instancia del juez Maraniello.

"En mi carácter de periodista conforme el carnet de periodista acreditativo de mi profesión –ley 12.908– vengo a presentarme e interponer recurso de apelación contra la medida cautelar dictada en fecha 01/09/2025 a las 13.33", señaló la presentación judicial de Alonso. "En atención que la medida cautelar dictada por este Tribunal me causa un agravio en cuanto cercena mi libertad de prensa, acredito mi legitimación para justificar el pedido arriba indicado", continuó. 

Luego, el periodista señaló: "En efecto la decisión de este Tribunal ordena cesar la difusión de las odiosas especificadas en la medida cautelar a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web". 

"Dicho esto, mi profesión y calidad de periodista activo en radio AM1070 –habiendo prestado notas en las redacciones de Télam, Cronista Comercial, BAE Negocios y C5N– especialmente en periodismo político y económico justifican el interés y el derecho a poder acceder y eventualmente transmitir y analizar la información que la medida cautelar me impide trabajar, sin censura previa", continuó y añadió: "Tal orden judicial afecta –y de allí se deduce el agravio que me ocasiona– el pleno ejercicio de mi libertad constitucional de prensa sin censura previa cuyo principio se encuentra debidamente fundado en el momento procesal oportuno". 

El abogado patrocinante, Christian Cao, había adelantado que iban a pedir a la Cámara de Apelaciones que "revise la sentencia y anule la medida cautelar para que todos los periodistas puedan ejercer su profesiones libremente y para que todos los ciudadanos puedan ejercer también libremente el derecho a estar informados sin censura previa".

Y argumentó: "Desde 1853 nuestra Constitución nacional garantiza la más amplia libertad de prensa sin censura previa, y la labor periodística ejercida con responsabilidad es una actividad esencial para el sistema democrático Repúblicano. En tal sentido defender la libertad de prensa sin censura es también defender la República frente a las restricciones a la libertad".