La jueza María Servini procesó al gendarme Héctor Jesús Guerrero por los delitos de lesiones gravísimas contra el fotógrafo Pablo Grillo y abuso de armas reiterado en cinco oportunidades. Desde la querella señalaron que el accionar está "agravado por ser miembro integrante de una fuerza de seguridad".
De esta forma, se dio por probado que Guerrero fue el autor del disparo de la granada de gas lacrimógeno que hirió de gravedad a Grillo, que lo hizo de forma horizontal y antirreglamentaria “a sabiendas de que con su accionar podía poner en riesgo la integridad física de cualquiera de las personas que se hallaban frente a él, o incluso la vida”. Además del disparo contra Pablo, Guerrero disparó al menos otras cinco veces de forma antirreglamentaria. La jueza también destacó que el gendarme estaba ampliamente capacitado para disparar este tipo de armas.
A su vez, la jueza impuso un embargo a Guerrero de 203 millones de pesos y le mantuvo la prohibición de salir del país. Aunque el procesamiento es sin prisión preventiva, Guerrero deberá mantener el domicilio fijado, avisar al Juzgado en caso de ausentarse por más de 72 horas y presentarse en los primeros cinco días de cada mes en la delegación de la Policía Federal más próxima.
Causa Grillo: el argumento de la jueza
También descarta el argumento que dio el gendarme de que no tenía visual de los manifestantes: “De estas imágenes puede apreciarse sin ninguna duda que Guerrero efectuó el disparo de forma antirreglamentaria en dirección hacia la cual se hallaban los manifestantes, con una visibilidad más que clara, sin haber ni humo ni agua ni ninguna otra sustancia u obstáculo que pudiera haber evitado que el nombrado detectara la presencia de una gran cantidad de personas en la dirección hacia la que disparó”.
Además, comprobó que durante la represión del 12 de marzo, el cabo disparó contra los manifestantes otras cinco veces de forma antirreglamentaria en los siguientes horarios: 17:14 (disparo 1); 17:16 (disparo 2); entre 17:17 y 17:18 -antes del efectuado a Grillo- (disparo 3); 17:20 (disparo 5) y 17:22 (disparo 6).
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La jueza destacó que el cabo Guerrero estaba capacitado y formado para disparar este tipo de armas al sostener: “Del contenido de las actuaciones descriptas y que fueran remitidas por la Gendarmería Nacional Argentina, como así también del legajo del encausado surge con claridad la experiencia con la que contaba Héctor Jesús Guerrero como integrante de la Gendarmería Nacional Argentina, no tratándose de una persona inexperta, todo lo contrario. En ese sentido, es dable destacar que el día 21 de marzo de 2025 ejerció funciones como instructor de tiro de la Sección de Empleo Inmediato, por lo que el nombrado resulta ser una persona capacitada en cuanto a ello”.