ANMAT prohibió el consumo de La Gallinita, histórica golosina argentina: los motivos

El organismo sacó del mercado en todo el país la golosina “La Gallinita” por irregularidades sanitarias y rotulación falsa. 

23 de octubre, 2025 | 09.38

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento, comercialización y venta online de la tradicional golosina “La Gallinita, tras detectar que el producto carecía de registros sanitarios válidos y presentaba rotulación apócrifa. La medida fue oficializada mediante la Disposición 7834/2025 y se extiende a todo el territorio nacional.

Una golosina histórica, prohibida en todo el país 

El producto en cuestión es la “Golosina a base de oblea y azúcar marca Gallinita Orly”, elaborada por la firma PEPO S.R.L., con domicilio en Banda del Río Salí, provincia de Tucumán. Esta golosina, reconocida por generaciones de consumidores argentinos, fue retirada del mercado luego de que se comprobara que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE 04003785) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA 04030478) que figuraban en su envase eran inexistentes.

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La investigación se originó a partir del Incidente Federal N.º 4881, reportado en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), y fue impulsada por la Dirección General de Control de la Industria Alimentaria de la provincia de Córdoba. Durante un operativo de fiscalización, inspectores detectaron la comercialización del producto y realizaron un análisis que resultó “no conforme” debido a irregularidades en la rotulación y la falta de trazabilidad.

La ANMAT prohibió el consumo de La Gallinita, la histórica golosina argentina

Resolución provincial y alcance nacional

Tras confirmar que los registros sanitarios eran falsos, la provincia de Córdoba dictó la Resolución N.º 0024/25, prohibiendo la circulación del producto en su jurisdicción por considerarlo ilegal. Posteriormente, la ANMAT decidió ampliar la medida a nivel nacional, incluyendo su venta en plataformas digitales, en cumplimiento del artículo 9° de la Ley 18.284 del Código Alimentario Argentino, que establece que ningún producto alimenticio puede ser elaborado ni comercializado si no puede ser identificado de manera fehaciente.

Además, la disposición de la ANMAT alcanza a cualquier otro producto que consigne los mismos números de RNE y RNPA, por tratarse de registros falsificados. Esta medida busca proteger la salud pública y garantizar la seguridad alimentaria, evitando que productos sin control sanitario lleguen a los consumidores.

Recomendaciones a la población

Desde el organismo sanitario se recomendó a la población abstenerse de consumir el producto y a los comercios cesar su comercialización de inmediato. También se instó a denunciar su presencia en góndolas o tiendas online ante las autoridades sanitarias locales.

La ANMAT recordó que los consumidores pueden verificar la validez de los registros de productos alimenticios a través del sitio web del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), y que la rotulación debe contener información clara, veraz y verificable sobre el origen, composición y establecimiento elaborador del producto.

Este episodio se suma a otras disposiciones recientes del organismo, que en la misma jornada también prohibió la comercialización de dos marcas de aceite de oliva por irregularidades similares. La ANMAT continúa fortaleciendo los controles sobre productos alimenticios, cosméticos y medicamentos, con el objetivo de prevenir riesgos sanitarios y garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.