ANMAT prohibió una marca de pasas de uva por un peligroso descubrimiento

El organismo exigió retirar el producto en todo el país por la gravedad del hallazgo. Además prohibió otro producto de consumo.  

22 de octubre, 2025 | 09.02

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó la prohibición inmediata de las “Pasas de uva jumbo sin semillas, marca Valle Encantado”, tras detectar graves irregularidades sanitarias y un hallazgo insólito: un consumidor denunció haber encontrado una piedra dentro del envase.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 7769/2025 y se extiende a todo el territorio nacional, incluyendo plataformas digitales.

Fuerte alerta de la ANMAT por producto sin registro 

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La investigación fue impulsada por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que verificó que el producto carece de habilitación sanitaria. Los registros declarados en el envase -RNE 018125698 y RNPA 1819992916- resultaron ser falsos, y el supuesto establecimiento fraccionador, Productos Valle Encantado, con domicilio en San Juan, no existe en los padrones oficiales.

Según el INAL, esta situación configura una infracción grave al Código Alimentario Argentino (CAA) ya que impide garantizar la trazabilidad, composición y condiciones higiénico-sanitarias del alimento. Además, el hallazgo de una piedra en el interior del envase representa un riesgo físico directo para la salud del consumidor.

La ANMAT dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento, comercialización y publicidad del producto en todo el país. También se extendió la medida a cualquier otro alimento que exhiba los mismos registros apócrifos, en cumplimiento del artículo 9° de la Ley 18.284.

ANMAT prohibió una marca de pasas de uva por un peligroso descubrimiento

Suplemento de miel “Honey Natural Power”: otro producto prohibido por Anmat

Al mismo tiempo de la disposición por las pasas de uva, la ANMAT también prohibió el suplemento dietario rotulado como “Honey Natural Power, Vigorizante - Estimulante”, mediante la Disposición 7768/2025. El producto, que se promocionaba como energizante natural a base de miel, fue denunciado por un consumidor que dudó de su autenticidad.

El INAL confirmó que los registros RI 20/32515313/0 y RNE 500085 son inexistentes, lo que convierte al suplemento en un producto falsamente rotulado y sin habilitación sanitaria. Además, se desconoce el origen del establecimiento elaborador, lo que impide verificar su composición y seguridad.

La medida incluye la prohibición de venta online y presencial, y alcanza a cualquier otro producto que utilice esos mismos números de registro. Según el organismo, este tipo de suplementos no puede comercializarse sin autorización expresa y validación técnica, ya que pueden contener ingredientes no declarados o interactuar con medicamentos.

Recomendaciones de Anmat para consumidores

La ANMAT recomienda verificar siempre los registros RNE y RNPA en los rótulos de alimentos y suplementos, y consultar su validez en el sitio oficial del organismo. Ante cualquier duda o hallazgo irregular, se puede realizar una denuncia a través del sistema de contacto del INAL.

Estas disposiciones se enmarcan en la política de control sanitario que busca proteger la salud pública y garantizar la calidad de los productos que llegan a los consumidores. La detección de alimentos y suplementos apócrifos permite prevenir intoxicaciones, reacciones adversas y otros riesgos asociados a productos sin trazabilidad.