El 16 de octubre de 2016, entre las 23:30 y las 8 de la mañana, “José” (38) fue víctima de una de las formas más brutales de violencia carcelaria en el penal de Devoto. Él ya lo presentía. Cortó la comunicación telefónica que mantenía con su esposa, y se abalanzaron sobre él otros tres internos: Fernando Matías Pacheco, conocido como “El Gordo Fernando”; Alejandro Daniel Nogués, alias “El Uruguayo”; y Jonathan Ricardo Rolón, apodado “El Sicario de Don Orione”.
Según testificó José, lo golpearon con puños, patadas y facazos; lo arrastraron a la cocina, donde intentaron quemarle la cara en una hornalla, provocándole quemaduras en la mano izquierda. Después lo llevaron al baño, taparon un inodoro con ropa y sumergieron su cabeza hasta casi ahogarlo. La tortura culminó cuando le introdujeron medias en la boca, lo sostuvieron entre varios internos y lo ..y lo agredieron sexualmente con un palo de escoba.
“Sin novedades” figuraba en los libros de celaduría y de jefatura de turno respecto al pabellón 32, donde José gritó del dolor y pidió ayuda. Gritó tanto, que otros internos se arrimaban a la reja para pegarle y tirarle orina a fin de que se callara. Tanto, que el “Gordo Fernando” le dio media docena de pastillas de alprazolam para que se duerma. José quedó inconsciente en el suelo, desangrándose hasta la mañana siguiente.
El expediente judicial, al que accedió este medio, reconstruye que otro interno intentó frenar la hemorragia de José con un pedazo de colchón. Recién en la mañana del 17 de octubre, durante el recuento de los alojados, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) lo derivó al Hospital Penitenciario Central y luego al Hospital Vélez Sarsfield, donde debió ser sometido de urgencia a una intervención quirúrgica. Los médicos tuvieron que abrirle el abdomen para evaluar los daños, reconstruir parte del esfínter anal y realizarle una colostomía, es decir, una derivación intestinal que lo obligó a evacuar a través de una bolsa externa (ano contranatura).
De acuerdo con las conclusiones de los médicos forenses, las lesiones tenían aptitud para poner en riesgo la vida de José. Igualmente, las consecuencias de este ataque y disfuncionalidad del Servicio Penitenciario no son sólo físicas: del examen pericial psiquiátrico se desprende que José “presenta un estado de descompensación psíquica, de carácter depresivo ansioso sobre un trastorno de la personalidad de base, con indicadores clínicos de riesgo preponderantemente para sí”.
Casi una década después, tras un proceso judicial atravesado por dilaciones y postergaciones, la Cámara de Casación finalmente condenó a tres penitenciarios —Miguel Ángel Rolón (celador), Marcelo Lezcano (inspector) y Nelson Vargas (jefe de turno)— por haber omitido impedir la tortura. El fallo no solo implica una reparación tardía para José, sino que marca un precedente poco frecuente en un terreno donde las causas por violencia penitenciaria suelen diluirse en la nada.
“Es un caso paradigmático que refleja muchas de las dificultades en la investigación y sanción de hechos de violencia institucional, en particular de torturas en prisión. La sentencia de Casación es importante no solo para José, también es un precedente valioso para casos futuros porque arroja algo de luz sobre lo que ocurre dentro de las cárceles cuando los funcionarios encargados de la seguridad miran para otro lado”, explicó a El Destape Pablo Rovatti, Defensor Público Coadyuvante a cargo del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación, que representó a José.
Este caso no es aislado. Alan Iud, Secretario Ejecutivo del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT), explicó: “Siguen existiendo hechos de violencia entre personas detenidas, en algunos casos con complicidad de agentes penitenciarios. Es una práctica que se conoce como tercerización de la violencia. El caso de José, sin embargo, es muy grave y no podríamos decir que se trata de un hecho frecuente o habitual”.
Según argumentó la fiscal Mónica Cuñarro en juicios orales anteriores, entonces titular de la Fiscalía Criminal y Correccional N° 16, el personal del Servicio Penitenciario no sólo estaba al tanto del negocio, sino que lo permitía y colaboraron con la reprimenda a la víctima. El ataque se habría producido luego de que los mencionados atacantes se enteraran que José había divulgado en el penal que uno de ellos vendía estupefacientes a otros internos, que después de las 12 se establecía una "zona liberada" por parte del personal de Servicio Penitenciario.
El silencio de los guardias
El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 25 había absuelto en un primer momento a los penitenciarios Nelson Javier Vargas, Marcelo Fabián Lezcano y Miguel Ángel Rolón de los delitos de tortura y encubrimiento. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revirtió esa decisión, marcando un precedente frente a la inercia judicial que suele rodear a los casos de violencia carcelaria.
En el proceso también quedaron imputados Víctor Marcelo Vergara, jefe de día del complejo penitenciario federal de la Ciudad de Buenos Aires, y Fernando Gabriel Villella, preventor del mismo establecimiento. Ambos fueron finalmente absueltos del delito de encubrimiento agravado y omisión de denunciar torturas, una resolución cuestionada por la querella.
Para Rovatti, que el tribunal sostuviera inicialmente que los guardias no sabían lo que ocurría fue “profundamente arbitrario, por partida doble: primero, porque no tenía ninguna relación con la prueba que se produjo en el debate; y segundo, porque justamente son ellos quienes están ahí para evitar que eso pase”.
Y agregó un dato clave: las oficinas de la celaduría y jefatura de turno estaban a apenas cincuenta o sesenta metros del pabellón donde ocurrió la tortura. “Era sencillamente imposible que no oyeran los gritos, que no lo vieran tirado en el piso implorando salir”.
El expediente recoge incluso los testimonios de los propios agresores de José. “Hasta que no viesen sangre no lo iban a sacar de allí”, declaró uno de ellos. Otro coincidió: “José gritaba del dolor pidiendo ayuda y dos guardias se acercaron a la reja, pero no hicieron nada”. Un tercero sostuvo que los penitenciarios pasaron “cuatro o cinco veces, lo vieron en la reja y no lo habían querido sacar”. Para Casación, resultaba “absolutamente inverosímil” sostener que los funcionarios no supieran lo que estaba ocurriendo.
Desde el Ministerio de Seguridad de la Nación, fuentes consultadas por este medio defendieron la política penitenciaria actual: “La premisa de trato humanizado es la que guía la gestión del Servicio Penitenciario Federal, porque así lo marca la ley. A casi dos años de gestión, no hemos tenido casos ni de cerca como los de 2016”.
Sin embargo, para la defensa de José, el mensaje de la sentencia es claro: las omisiones también matan. “No fue solo pasividad: los penitenciarios lo vieron tirado en el piso, con sus pertenencias en la reja de acceso al pabellón, suplicando que lo sacaran, y aun así se negaron a intervenir”, insistió Rovatti, al tiempo que aclaró que no se debe generalizar a todo el SPF: “En el juicio, declaró una decena de funcionarios del servicio penitenciario. Y absolutamente todos fueron claros en que ante una situación como la de José deben actuar de inmediato, para darle atención médica, prevenir nuevas agresiones y conocer, en un ambiente alejado de los agresores, qué fue lo que pasó. Eso fue justamente lo que no hicieron los tres funcionarios ahora condenados, y esto revela su complicidad con las torturas cometidas de propia mano por los internos”.
Dimensión judicial
El defensor aclaró también que, incluso con la condena dictada, “el proceso está lejos de terminarse”, ya que las defensas aún pueden presentar un recurso de casación para que otra sala revise el fallo, o incluso un recurso extraordinario federal para llevar la discusión a la Corte Suprema.
La causa atravesó años de estancamiento entre declaraciones contradictorias, peritajes demorados y un tribunal que había minimizado la responsabilidad de los penitenciarios. “Mayormente, el impulso de estas causas depende de la propia víctima con el patrocinio de la defensa, de organismos de derechos humanos o de la Procuración Penitenciaria. Si el caso llegó tan lejos, fue en muy buena medida gracias a la intervención de José como querellante y al trabajo que hicimos junto a él. Lamentablemente, es infrecuente que las fiscalías acompañen, aunque en este caso es importante decir que el fiscal de juicio Guillermo Pérez de la Fuente también pidió la condena de los funcionarios por imposición de tormentos y ante la absolución del tribunal oral presentó un recurso de casación”, explicó el abogado.
El juicio tampoco significó reparación. En 2024, José enfrentó, todavía con una bolsa de colostomía, las reiteradas preguntas de la defensa de algunos de los acusados relacionadas a cómo había sido abusado sexualmente, aun cuando él ya lo había relatado en detalle. La situación lo desbordó al punto de interrumpir su testimonio. Volver a describir lo sucedido, frente a quienes debían ser juzgados y a abogados que buscaban desacreditarlo, fue otra forma de violencia.
“Ahora, le pedimos al tribunal oral que fije las audiencias de determinación de las penas. Es una audiencia breve, que puede hacerse en unas horas. La jurisprudencia de Casación es clara acerca de que se fijan primero las penas y luego se revisa la sentencia completa, si hay recurso de la defensa. Pero todavía hay tribunales que se resisten a acatarla, y se niegan a hacer esa audiencia mientras haya recursos pendientes”, reclamó Rovatti. Y enfatizó: “¿Cuál es el resultado de esas dilaciones? Que la víctima tiene que hacer otro recurso. Es algo irracional y dañino para todos, porque, como dice la conocida sentencia, nada se parece tanto a la injusticia como a la justicia tardía. Esperamos que los jueces del Tribunal N °25 no caigan también en ese error”.
En números
Aunque desde el Ministerio de Seguridad sostienen que las muertes en contexto de encierro “se mantienen en línea con la progresión histórica” —34,11 cada 10.000 internos en 2024, frente a 30,09 en 2016 y 36,05 en 2022—, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura advierte que la aparente estabilidad estadística no debe ocultar la gravedad de las causas.
El Informe Anual 2024 del CNPT señala la opacidad y las inconsistencias en los registros de fallecimientos en contextos de encierro: en 2023 se reportaron 54 muertes en establecimientos policiales, 132 durante intervenciones policiales y 326 en cárceles. Muchos casos fueron clasificados como “siniestros”, enfermedades o suicidios, lo que dificulta evaluar con precisión las causas de las muertes y alerta sobre la necesidad de una mirada crítica.
Alan Iud explicó a este medio que “entre 2022 y 2023, a nivel nacional, registramos una reducción en las muertes bajo custodia”. Sin embargo, aclaró que la prioridad no debe centrarse solo en los números, sino en “trabajar mucho en la reducción de la violencia y en la atención médica”. Sobre este último punto, el organismo insiste en que los sistemas de salud penitenciaria dejen de estar bajo control de las fuerzas de seguridad y pasen a ser gestionados directamente por los ministerios de Salud.
El CNPT también remarcó la importancia de fortalecer los mecanismos locales de prevención de la tortura, que ya funcionan en 15 jurisdicciones pero deberían estar presentes en todo el país. “El Estado se comprometió, al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y sancionar la ley 26.827, a garantizar estos mecanismos. Necesitan autonomía, presupuesto y respeto de sus facultades legales”, señaló Iud. Desde el Comité, además, se acompañan con capacitaciones y apoyo técnico, y se recomienda avanzar en la formación del personal penitenciario, mejorar protocolos de actuación y reforzar mecanismos de control interno.
Desde el Ministerio de Seguridad, en tanto, recordaron que las muertes por riñas fueron 3 en 2016, 6 en 2020 y 2 en 2024, y remarcaron: “Las muertes en contexto de encierro siempre son un tema de análisis pero, desde nuestro punto de vista, no estamos en un pico ni mucho menos”.