Spagnuolo presentó un peritaje que dice que los audios se modificaron con IA y pidió la nulidad de la causa

El ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad, Diego Spagnuolo, presentó un peritaje privado que sostiene que los audios filtrados en que se lo escucha decir que en el organismo que conducía funcionaba un sistema de corrupción fueron manipulados y que podrían haber sido modificados con Inteligencia Artificial. Solicitó a la Justicia que dicte la nulidad de lo actuado y su sobreseimiento. Por qué los audios no son un elemento clave para los investigadores. El debate en la Cámara Federal porteña que puede sellar el futuro del caso.

01 de diciembre, 2025 | 20.59

El ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, busca derribar el Coimagate luego de negarse a declarar en su citación indagatoria. El íntimo amigo y ex abogado del presidente Javier Milei presentó en la causa un peritaje privado que sostiene que los audios filtrados en que se lo escucha decir que en el organismo que conducía funcionaba un sistema de corrupción que terminaba en Karina Milei fueron manipulados, editados y que podrían haber sido modificados con Inteligencia Artificial (IA). Junto al informe acercó un escrito en el que solicitó a la Justicia que dicte la nulidad de lo actuado y su sobreseimiento.

A través de su abogado Mauricio D’Alessandro, Spagnuolo realizó dos presentaciones este domingo por la noche que fueron cargadas al sistema judicial en la mañana de este lunes. Una presentación fue ante el juzgado federal Nº 11 que subroga el juez Sebastián Casanello, donde tramita el Coimagate; y otra ante la Cámara Federal porteña donde se discute la nulidad de la causa. En ambos escritos, uno de los principales acusados que tiene el caso que investiga la corrupción en ANDIS planteó lo mismo: que se debe anular todo lo actuado porque la causa se sostiene en audios ilegales, que fueron manipulados. Citó la teoría del “fruto del árbol envenenado”. Para sostener su planteo, Spagnuolo y D’Alessandro acompañaron un “Informe pericial de Autenticidad e Integridad de audio”, realizado por Miguel Ángel de la Torre Guijarro, perito tecnológico experto en Acústica forense, que sostiene que los audios “no son auténticos”. De la Torre Guijarro es el Director General de la empresa española Graudio Forensics SL, que es a la que acudió Spagnuolo. De acuerdo al acusado es “especializada en servicios periciales de Acústica Forense”.

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Tanto el juez como el fiscal Franco Picardi consideraron que los audios del escándalo eran válidos para iniciar una investigación penal pero nunca los tomaron como prueba: “Llegado el momento no se tratará de discutir validez sino, en todo caso, de interpretación y fuerza probatoria”, señaló Casanello al referirse a las grabaciones cuyo contenido terminó siendo constatado por la Justicia por otros medios de prueba. Spagnuolo apeló esa decisión de primera instancia y por eso también hay un planteo sobre los audios en el tribunal revisor de Comodoro Py. En la cámara agregó un escrito con el mentado peritaje en el que sostuvo: “Como surge la pericia agregada por mi parte junto a este escrito, los audios son falsos entendido ello como el antónimo de auténticos. Fueron editados, manipulados y modificados con inteligencia artificial”.

Lo cierto es que para los investigadores los audios no son el eje de la causa. Ni siquiera se usaron como prueba. Y que fueron editados no hay dudas. Se nota al escucharlos. Por ejemplo, no aparece la voz del interlocutor de Spagnuolo. Pero eso no hace a la veracidad del contenido de las grabaciones, donde un funcionario nacional muy cercano al Presidente describe un sistema de coimas en la ANDIS que la Justicia logró acreditar a través de diferentes vías. De hecho, se están realizando las indagatorias que pidió el fiscal y aún continúan realizándose allanamientos en el marco del proceso.

El peritaje y el pedido de nulidad

En la presentación de esta jornada ante el juez Casanello, Spagnuolo pidió la nulidad de la resolución del 21 de agosto pasado que dio inicio a la causa “por encontrarse sustentada en prueba adulterada que no fue debidamente introducida al proceso; invalidez que trae aparejada la nulidad de todo lo actuado en consecuencia”.

En pos de cuestionar el inicio del proceso para hacer caer toda la causa, Spagnuolo y su abogado D’Alessandro plantearon que la acusación contra el extitular de la ANDIS “se funda en una plataforma fáctica que comenzó a reunirse a partir de las medidas que se habilitaron en la sentencia que aquí se reputa de inválida; por lo cual la conexión entre la irregularidad de aquella sentencia y lo que devino con posterioridad es clara e indudable”.

Para atacar la resolución que dio inicio a la pesquisa, quien fuera íntimo amigo y abogado de Milei presentó un peritaje privado que sostiene que los audios que difundió Carnaval Stream -donde se relata un sistema de corrupción en ANDIS- fueron adulterados. El punto central del informe de De la Torre Guijarro es que introduce la posibilidad de que parte de los audios hayan sido creados por IA. No obstante, no da certezas. Menciona un 65% de posibilidades de que eso haya sucedido.

Spagnuolo y D’Alessandro destacaron en la presentación que del informe pericial –que ordenaron ellos mismos - se desprende que:

  • “No surgen las referencias temporales de creación del archivo” de los audios;
  • “No se identifica el dispositivo con el que fue tomada la voz”;
  • “La grabación es incompleta”;
  • “La señal de audio no mantiene continuidad en el tiempo y presenta numerosos cortes, ediciones y otros eventos electroacústicos compatibles con la edición y manipulación intencionada”;
  • Se pueden visualizar 18 micro cortes de audio”;
  • “No se corresponden con una grabación de secuencia única, realizada en misma línea temporal”;
  • “En el fragmento de audio que corresponde a la conversación telefónica, se detectaron trazas que acreditan la presencia de voz sintética generada mediante algoritmos de Inteligencia artificial, con una estimación de probabilidad del 65%”.

“De esta manera este documento acredita y evidencia que el material probatorio de original no tiene nada y, además, el perito trae como novedad que habría una conversación telefónica en las interlocuciones; pudiendo suceder, según las conclusiones del especialista, que los audios podrían ser el producto de una grabación efectuada por un tercero que habría interceptado ilegalmente una comunicación telefónica -privada- entre dos (2) personas”, añadieron el acusado y su abogado.

Con este informe privado, Spagnuolo y D’Alessandro pidieron se aparten de los audios del caso y se anule  la causa: “Siendo que el especialista en peritaje informático descubrió las adulteraciones y manipulaciones sufridas por lo audios es que su apartamiento de esta investigación es inaplazable; pero dado que aquella fue utilizada desde el comienzo de la investigación, siendo el elemento que permitió avanzar, todo lo actuado en consecuencia a su ingreso debe ser declarado nulo”.

Incluso intentan comparar la posición que tuvo Picardi en el caso “Operación Puf” que impulsó la AFI macrista y se sostenía con escuchas ilegales para instalar que en esta causa tuvo un criterio diametralmente opuesto al que tuvo en este expediente. Pero la referencia es una causa que se creó para derribar el D’Alessiogate y cuyo eje eran escuchas ilegales tomadas en un penal que además no precisaban ningún delito que ameritara una investigación. Fue un manotazo de ahogado del fiscal Carlos Stornelli –que hizo una de las dos denuncias que abrieron por duplicado la Operación Puf- para hacer caer el caso D’Alessio apenas estalló a sabiendas de que le implicaría un enorme problema.

En otro pasaje de la presentación Spagnuolo y D’Alessandro señalaron que los audios “son elementos de prueba; es decir, un medio de prueba concreto que puede ser utilizado como prueba de cargo”. Y por eso, dicen, “debían ser analizados previo a ser ingresados al expediente”.

Pero tanto el juez como el fiscal consideran que los audios no son un material determinante para la pesquisa y por eso no realizaron un peritaje oficial. No son el eje de la causa ni son tenidos como prueba a diferencia de lo que sucedió en Operación Puf, por poner un ejemplo citado por el acusado y su defensor. De allí que el planteo es de esperar que no tenga mucho asidero en primera instancia. En la Cámara la suerte de la presentación dependerá de la voluntad que tengan los camaristas de que este caso, que según el fiscal Picardi reveló una “enorme trama de corrupción” en la ANDIS, siga avanzando.

La validez de los audios

Tanto el juez Casanello como el fiscal Picardi ya dejaron asentada su posición con respecto a los audios del escándalo a finales de septiembre.

Casanello, por ejemplo, ante un planteo de nulidad realizada por el abogado Martín Magram, que representa a Eduardo, Emmanuel y Jonathan Kovalivker, de la droguería Suizo Argentina, señaló que los audios pueden ser utilizados como instrumento para recabar prueba. Es decir, pueden considerarse válidos para apuntalar la investigación lo que no implica que sean considerados prueba en sí. Aclaró, por un lado, que las grabaciones no fueron parte de la denuncia que originó la causa sino que se sumaron al expediente cuando las aportó el periodista Mauro Federico, quien los difundió en Carnaval Stream y declaró como testigo. Además -también resaltó el juez- hay elementos independientes a los audios que ratifican los dichos de Spagnuolo como fue la declaración testimonial de Fernando Cerimedo, consultor allegado a Javier Milei y dueño de La Derecha Diario, quien dijo que Spagnuolo le había contado en 2024 lo mismo que se le escucha decir en la filtración.

Magram sostuvo que pudo haber violaciones a la intimidad y la privacidad si los audios son producto de una interceptación telefónica, por ejemplo. En ese aspecto, Casanello afirmó: “En cuanto a si una denuncia puede tomar el contenido de conversaciones privadas, es bueno recordar la diferencia entre medios de investigación y medios de prueba, en la medida en que los primeros permiten llegar a los segundos. La denuncia es un acto básico de información que, de no ser desestimada, da pie a un procedimiento de descubrimiento de la verdad, en tanto finalidad de la instrucción como etapa preliminar de un juicio”.

Con esa línea, el juez recordó que “la jurisprudencia de ambas Salas de la Cámara de Apelaciones del fuero ha admitido la incorporación al proceso penal de grabaciones efectuadas por particulares y se ha encargado de aclarar suficientemente los puntos que la defensa introduce, al señalar que: ‘el riesgo de una delación por parte del interlocutor es una posibilidad que se asume al hablar, y que uno resigna sus razonables expectativas de intimidad al conversar con otro’". Es decir, era responsabilidad de Spagnuolo, que además era funcionario, cuidar qué decía y a quién.  En este caso, describió un hecho de corrupción que debió haber denunciado y no hizo. Esto es aplicable a los sostenido por D’Alessandro en la presentación que realizó esta jornada, ya que dice que los audios pueden ser fruto de una escucha.

Respecto a lo valoración de los audios, ya a finales de septiembre Casanello fue cauto. “En cuanto a la valoración, no es correcto adelantarse. Basta decir que siempre que se incorpora un documento, corresponde preguntarse acerca de su autenticidad, cómo se gestó, cuándo, si fue modificado, etcétera. No hay nada novedoso en ello y la doctrina más clásica así lo indica”. Luego afirmó: “Llegado el momento no se tratará de discutir validez sino, en todo caso, de interpretación y fuerza probatoria”.

El punto es que los dichos de Spagnuolo sobre desmanejos en la ANDIS ya fueron ratificados por Cerimedo en sede judicial, el 11 de septiembre pasado y por diversas notas periodísticas. En el dictamen en el que pidió el rechazo del pedido de nulidad, el fiscal Franco Picardi señaló: “Diego Spagnuolo habría narrado el entramado delictivo a otras personas -por ejemplo, Fernando Cerimedo- de manera previa a que los audios se difundieran por diversos canales, como así de manera previa a que surgieran de diversas fuentes de información periodística los pormenores y detalles del entramado de corrupción que se desplegaría desde la ANDIS. Es decir, Diego Spagnuolo, repito, conforme lo mencionado hasta aquí, no solo habría manifestado el entramado delictivo que conocía en el marco de los audios en cuestión. Recuérdese que, incluso, habría hecho referencias genéricas junto al periodista Alejandro Fantino. Entonces, no resulta razonable sostener que existía una expectativa de intimidad en el caso”.

En aquel dictamen Picardi resaltó que los audios son válidos para iniciar la investigación porque una serie de hechos por fuera de las grabaciones en sí le dan entidad a lo que dijo Spagnuolo. Enumeró:

  • Que luego de la filtración, el Poder Ejecutivo, a través del Decreto Nº 599/20254, del 21 de agosto pasado, desplazó a Spagnuolo y a Daniel Garbellini de la ANDIS. Ambos eran los apuntados por Spagnuolo en los audios. Evidentemente, el gobierno le dio entidad a lo que surgía de la filtración. Ante el desplazamiento y la intervención de la ANDIS, el fiscal se preguntó: “¿Si el propio PEN reconoce y da entidad pública a las informaciones difundidas a partir de dos actos administrativos, qué se espera que haga la justicia penal frente a tales hechos denunciados? Hechos que, reitero, se corresponden con actos de corrupción, con afectación a la sociedad en general, y en particular, a la población destinataria de las políticas públicas sobre discapacidad”.
  • Que mucho tiempo antes de la filtración, el 8 de julio de 2024, el conductor Alejandro Fantino le realizó una entrevista en el canal de streaming Neura a Spagnuolo, que entonces era director de la ANDIS, y allí ya se dio cuenta “de la existencia de irregularidades y/o situaciones sospechosas en el seno de la ANDIS”.
  • Que tras la filtración de los audios “se hicieron públicas diversas noticias e informaciones en distintos canales de comunicación y/o portales periodísticos que daban cuenta de que en ANDIS se desarrollaban situaciones de corrupción”.

A todo esto se suma que la investigación realizada por la fiscalía logró corroborar el sistema de corrupción que funcionaba en la ANDIS y que describió Spagnuolo.

En un dictamen del 10 de noviembre pasado, el fiscal Picardi dio cuenta de que en la ANDIS funcionó “una enorme trama de corrupción y un aceitado esquema de pagos indebidos a funcionarios/as públicos/as que debían velar por los intereses de las personas con discapacidad y de gran vulnerabilidad social”. Circunscribió los hechos desde diciembre del 2023 hasta octubre del 2025, es decir, durante el gobierno de Javier Milei. Al menos por ahora.

“Estas acciones ilícitas se lograron llevar a cabo por acuerdos espurios entre, por un lado, funcionarios/as de la Agencia Nacional de Discapacidad (‘ANDIS’) y, por el otro, personas del sector privado vinculado a las droguerías y prestadoras de medicamentos e insumos de alto costo y baja incidencia”, agregó el fiscal.

En su investigación , Picardi logró determinar que la ANDIS “fungió como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal que no garantizaban los principios de concurrencia, publicidad ni transparencia; como una ventanilla de pagos con sobreprecios en beneficio de proveedores con vínculos con los/as funcionarios/as al mando; y, además, como una ventanilla administrada y/o co-gestionada por agentes externos/as con fuerte influencia en el sector de salud, especialmente droguerías y firmas de insumos de alto costo”.

Las droguerías y firmas acusadas eran parte del Programa Incluir Salud de la ANDIS, donde se adquirían los medicamentos e insumos de alto costo (PACBI). Según los audios de Spagnuolo, de allí salía el 3% para Karina Milei.

En la causa hay chats con referencias a “El 3% para KM” y pruebas que dan cuenta que Spagnuolo, por ejemplo, cobró 5 millones de pesos en efectivo de parte de Miguel Ángel Calvete, un lobista que actuaba como jefe paraestatal de la ANDIS.

Para el fiscal no hay dudas, el ex titular de la ANDIS “permitió, consintió y supervisó el direccionamiento de compulsas de precios, para que finalmente determinadas droguerías y firmas vendedoras de insumos resultaran adjudicatarias y ganaran millonarias sumas de dinero, en un corto plazo y en muchas ocasiones con elevados sobreprecios”. Eso “lo realizaba a cambio de diversos beneficios económicos indebidos para él”. Picardi llegó a pedir la detención del íntimo amigo del Presidente, algo que Casanello no autorizó. Pero sí se lo citó a indagatoria, el pasado 19 de noviembre. Eligió no declarar. Las pruebas en su contra son contundentes. De allí el intento por hacer caer el caso con un pedido de nulidad.