Cuánto dinero se transfiere en octubre 2025 sin tener problemas con ARCA

Las transferencias entre cuentas o billeteras virtuales de personas físicas no deben superar determinado monto mensual para evitar controles automáticos de ARCA. 

15 de octubre, 2025 | 18.02

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —el organismo que reemplazó a la AFIP— mantiene bajo vigilancia durante octubre de 2025 una serie de transferencias bancarias y movimientos digitales, tanto entre cuentas de personas físicas como jurídicas, con el objetivo de detectar operaciones sospechosas o de origen no declarado.

De acuerdo con la reglamentación vigente, las transferencias entre cuentas o billeteras virtuales de personas físicas no generan reportes automáticos mientras no superen los $50.000.000 por mes calendario.

Ese es el monto máximo permitido sin que la operación quede bajo el radar del organismo o de la Unidad de Información Financiera (UIF).

Cuánto se puede transferir sin aviso a ARCA.

ARCA: límites de transferencias y operaciones en octubre

ARCA estableció los siguientes topes de referencia a partir de los cuales puede requerir información adicional sobre el origen o destino de los fondos:

  • Transferencias y acreditaciones

    • Personas físicas: hasta $50.000.000 mensuales.

    • Personas jurídicas: hasta $30.000.000 mensuales.

  • Extracciones en efectivo

    • Hasta $10.000.000 para personas físicas y jurídicas.

Estos límites aplican tanto a billeteras virtuales como a cuentas bancarias, sin distinción de entidad. Si se superan, el usuario puede recibir un pedido formal de documentación por parte de ARCA o ser sujeto de verificación por parte de la UIF.

ARCA: cuánto se puede transferir.

Transferencias: qué documentación puede exigir ARCA

Cuando una operación excede los montos establecidos, ARCA puede solicitar documentación que acredite el origen lícito del dinero. Entre los comprobantes más habituales se encuentran:

  • Recibos de sueldo o constancias previsionales.

  • Facturas de los últimos 3 a 6 meses.

  • Comprobantes de compra o venta.

  • Certificaciones de fondos firmadas por contador público.

  • Constancia de inscripción en el Monotributo.

  • Documentación de respaldo de operaciones comerciales.

Si los fondos están debidamente justificados (por ejemplo, provienen de ahorros declarados, ingresos laborales o venta de bienes), no se genera ningún inconveniente.

Para evitar observaciones o demoras, los especialistas recomiendan no cometer los siguientes errores:

  • Transferir montos que superen los límites permitidos.

  • No poder justificar el origen del dinero.

  • Desatender los pedidos de información del banco o billetera virtual.

  • Mantener saldos elevados sin respaldo de ingresos declarados.

Además de los topes para transferencias, ARCA contempla otros valores de referencia para evitar inconsistencias:

  • Saldo al último día del mes: hasta $50.000.000 para personas físicas sin ingresos declarados.

  • Plazos fijos: hasta $100.000.000 para personas físicas.

  • Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $100.000.000.

  • Compras como consumidor final: se informan desde $10.000.000.

  • Pagos y acreditaciones: límite de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.