La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó los nuevos montos a partir de los cuales los trabajadores en relación de dependencia deben pagar el Impuesto a las Ganancias en noviembre del 2025.
La ex AFIP determina los aumento de los montos de manera semestral, basándonos en la inflación acumulada que informa el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC)
A partir de qué sueldo se empieza a pagar el impuesto a las ganancias en noviembre
Con la actualización vigente, los trabajadores comenzarán a tributar el impuesto a partir de los siguientes niveles salariales estimativos:
- Empleado soltero sin hijos: desde $2.360.180 netos (equivalentes a $2.843.590 brutos).
- Casado con dos hijos: desde $3.129.967 netos (equivalentes a $3.771.045 brutos).
- Soltero con un hijo: desde $2.553.451 netos (equivalentes a $3.076.447 brutos).
Estos valores surgen de la nueva tabla de deducciones y se aplican sobre el salario bruto mensual, aunque pueden variar según las particularidades de cada contribuyente, como cargas de familia, adicionales o deducciones específicas.
La actualización beneficia especialmente a los empleados cuyos ingresos se mantuvieron estables, ya que, al subir el mínimo no imponible, sus retenciones mensuales se reducen o directamente dejan de tributar el impuesto.
Cabe recordar que quienes superen estos montos y paguen este impuesto abonarán entre un 5 y un 35 por ciento del sueldo dependiendo de que categoría este el contribuyente.
También ARCA definió las nuevas deducciones para noviembre 2025:
- Ganancia no imponible: $4.211.886,94
- Cónyuge: $3.966.752,72
- Hijo: $2.000.447,87
- Hijo con discapacidad: $4.000.895,74
- Deducción especial: $20.217.057,35
Además, el organismo estableció nuevos parámetros para solicitar la reducción de anticipos, actualizando umbrales mínimos y fijando un mecanismo automático de ajuste según la inflación.
Las personas jurídicas del artículo 73° de la Ley de Impuesto a las Ganancias podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo, si estiman que el total a ingresar supera en más del 25 por ciento el impuesto estimado para el período, o desde el primero, si la sobreestimación prevista es al menos del 40 por ciento. Por su parte, las personas humanas y sucesiones indivisas podrán ejercer la opción de reducción desde el tercer anticipo.
Asimismo, la ex AFIP incrementó los umbrales a partir de los cuales corresponde aplicar el procedimiento especial de revisión por parte del organismo. Para quienes integran el Segmento 11 definido por el organismo, la base mínima de cálculo se fijó en $250.000.000, mientras que para otros contribuyentes se coloca en $200.000.000.
Además, ARCA aclaró que a partir de 2027, estos montos se actualizarán automáticamente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC cada año, aplicando la actualización desde el 1 de marzo del año correspondiente.
