Todos los monotributistas deben estar atentos a sus pagos mensuales, que incluyen aportes jubilatorios y obra social, para mantenerse al día y evitar deudas. En ese sentido, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una normativa que exige a los contribuyentes cumplir con ciertos requisitos para no ser removidos de la categoría en la que se inscribieron originalmente.
La categoría asignada a cada monotributista depende de los límites de facturación anual previstos para ese nivel, y esos límites determinan cuánto se paga de cuota mensual. Para mantener la coherencia fiscal, la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realiza un proceso de recategorización que se efectúa dos veces al año, en febrero y agosto, con el objetivo de actualizar la situación de cada contribuyente.
Este procedimiento es fundamental porque si un monotributista supera el tope de facturación de su categoría, debe pasar a una superior. Si no se realiza la recategorización dentro de los plazos establecidos, ARCA puede intervenir y cambiar de forma automática la categoría del contribuyente mediante lo que se conoce como recategorización de oficio.
En estos casos, la agencia ajusta la categoría en los días posteriores al vencimiento, lo que puede impactar directamente en el monto a pagar y en la situación fiscal del monotributista.
Topes de facturación anual para el Monotributo al mes de julio
Los límites máximos de facturación para cada categoría son los siguientes:
- Categoría A: $7.813.063,45.
- Categoría B: $11.447.046,44.
- Categoría C: $16.050.091,57.
- Categoría D: $19.926.340,10.
- Categoría E: $23.439.190,34.
- Categoría F: $29.374.695,90.
- Categoría G: $35.128.502,31.
- Categoría H: $53.298.417,30.
- Categoría I: $59.657.887,55.
- Categoría J: $68.318.880,36.
- Categoría K: $82.370.281,28.
Cuotas mensuales según categoría
Dependiendo de la categoría, el pago mensual que debe realizar cada monotributista es:
- Categoría A: $32.221,31.
- Categoría B: $36.679,00.
- Categoría C: $42.951,25.
- Categoría D: $55.047,33.
- Categoría E: $77.946,73.
- Categoría F: $98.096,95.
- Categoría G: $149.836,62.
- Categoria H: $340.061,68.
- Categoría I: $626.993,55.
- Categoría J: $759.420,03.
- Categoría K: $1.050.323,75.
Por este motivo, es fundamental que cada monotributista revise su facturación y realice la recategorización cuando corresponda para evitar que ARCA haga un ajuste automático que podría implicar un aumento en la cuota a pagar o incluso sanciones.
Estar al tanto de estas condiciones y mantener las obligaciones fiscales al día ayuda a que el trámite sea sencillo y sin sorpresas. La actualización periódica ayuda a que los contribuyentes no tengan inconvenientes con la Agencia y puedan continuar desarrollando su actividad sin contratiempos.