Con la entrada en vigencia de la reforma fiscal, las escalas del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia y jubilados se actualizan dos veces por año, en enero y en julio, en función de la inflación semestral.
De acuerdo con este esquema, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) realizó la última actualización en enero con un incremento del 11,8%. El segundo ajuste del año se definirá en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre enero y junio, cuyo dato final será publicado por el INDEC el lunes 14 de julio.
¿Desde qué sueldo se empieza a pagar Ganancias en julio?
Si se confirma la proyección oficial de una inflación del 1,5% en junio, los nuevos umbrales estimados para empezar a tributar el impuesto desde este mes serían los siguientes:
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Trabajadores solteros: comenzarán a pagar si su sueldo bruto mensual supera los $1.814.864.
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Trabajadores casados con dos hijos: el mínimo no imponible estimado se elevaría a $2.391.248 brutos por mes.
Estos montos son provisorios y quedarán confirmados una vez que ARCA publique las nuevas escalas oficiales tras el dato de inflación.
El aumento de los umbrales busca preservar el carácter progresivo del impuesto y mantenerlo alineado con la evolución de precios. Sin embargo, más trabajadores podrían quedar alcanzados por el tributo, especialmente aquellos que hasta ahora estaban en el límite de quedar exentos.
Además, con el nuevo régimen de Declaración Jurada Simplificada, de adhesión voluntaria, los contribuyentes pueden aceptar el cálculo automático que realiza ARCA sobre sus ingresos y deducciones. Esto permite una liquidación más ágil y evita trámites innecesarios, aunque también se mantiene la posibilidad de realizar observaciones.
Ganancias: deducciones permitidas para bajar el impuesto
Los trabajadores pueden cargar gastos y deducciones en el formulario F.572 Web (SiRADIG) para reducir la base imponible. Algunas de las deducciones habilitadas son:
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Ganancia no imponible y deducción especial.
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Cargas de familia: cónyuge, hijos a cargo.
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Honorarios médicos, donaciones, alquiler de vivienda.
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Intereses de créditos hipotecarios.
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Seguros de vida y de retiro.
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Aportes a obras sociales y cajas profesionales.
Es fundamental conservar los comprobantes de cada gasto para presentarlos ante ARCA si fueran requeridos.
Impuesto a las Ganancias: régimen simplificado opcional
Desde el 1.º de junio está operativo un Régimen Simplificado de Declaración Jurada. Pueden adherirse quienes en los dos últimos ejercicios hayan declarado:
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Ingresos totales inferiores a $1.000 millones anuales.
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Patrimonio menor a $10.000 millones.
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No posean la categoría de Gran Contribuyente Nacional.
El beneficio central es práctico: ARCA precarga la declaración con la información disponible y el contribuyente solo debe aceptarla para dar por cumplida su obligación, sin detallar patrimonio. Para los monotributistas interesados, la adhesión implica abandonar el régimen simplificado e incorporarse al general.
Estas escalas y deducciones regirán hasta fines de junio. En julio 2025 se realizará la próxima actualización semestral, ajustando los mínimos y tramos por la inflación del primer semestre. De este modo, el piso para empezar a pagar Ganancias volverá a subir y más sueldos quedarán temporalmente fuera del alcance del impuesto.