Siniestros derechos sociales

18 de agosto, 2025 | 14.33

En la medida que se acumulan los fracasos en el campo económico y queda al descubierto que no hay otro “Plan” de gobierno que exceda la sumisión a intereses sectoriales contrarios a los del Pueblo y de la Patria, haciéndose más evidente la endeblez del oficialismo como distantes sus aspiraciones de un continuismo quimérico en 2027, recrudecen los discursos de odio junto a las violencias institucionales y las desbocadas intervenciones del primer mandatario.

Sobre lo siniestro

Nuestra lengua es rica en polisemias, que supone la existencia de múltiples significados de expresiones o palabras de uso cotidiano.

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Un claro ejemplo es el caso de “siniestro/a”, que tanto puede indicar una determinada posición geográfica o topográfica que hace referencia a un sitio ubicado a la izquierda, como a un acontecimiento incierto, imprevisto o inesperado y también a un hecho accidental o infortunio que puede dar lugar a responsabilidades, compensaciones e indemnizaciones (colisiones de vehículos, averías de enseres o artefactos domésticos) o requerir la implementación de auxilios o ayudas humanitarias (naufragios, inundaciones y catástrofes de variado origen).

Aunque el significado que particularmente interesa aquí, ligado al título de esta nota, es aquel que alude a algo avieso, malvado o funesto que conlleva a una desgracia; algo oscuro, tenebroso, cruel, espeluznante, tétrico, lúgubre, amenazador, aterrador, aciago, desgraciado, infeliz y que conduce al desastre o presagia mala fortuna o problemas.

A partir de un relato tendencioso y ostensiblemente falso fácilmente comprobable para todo aquel que esté dispuesto a superar consignismos y adentrarse en un simple repaso de la historia, es esta última acepción -en sus variados significados y significantes- la que Milei esgrime para calificar a los derechos sociales, a los cometidos estatales asignados para su tutela y a la Justicia Social como anhelo y premisa de un buen vivir comunitario.

Los exabruptos que le son tan propios, al personaje ficcionado o producto de algunos problemitas que lo aquejan quien sabe hace cuanto tiempo, completan esa aducida “siniestralidad” con la calificación de “parásitos mentales” a los que se pronuncian en favor y valoran como conquistas la consagración de ese tipo de derechos humanos.

Renegar de la evolución de las sociedades

A los derechos llamados de “primera generación” (civiles y políticos), surgidos en los siglos XVIII y XIX, sucedieron los de “segunda generación” (sociales, económicos y culturales) y dieron paso hacia fines de la segunda mitad del siglo XX a los de “tercera generación” (un medio ambiente sano, derecho a un desarrollo sostenible, a la paz y a la libre determinación de los pueblos). Abriéndose paso en el siglo XXI los de “cuarta” y “quinta” generación vinculados al avance y universalización del acceso a bienes, servicios y uso de lo que proporcionan las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Por cierto, que como en tantas otras cuestiones su desarrollo no ha sido lineal en términos planetarios y los dones recibidos en los países centrales e imperialistas han llegado con retraso a los suburbios del mundo, lo que no les resta sentido ni reconocimiento sino solo da cuenta de desequilibrios propios del orden de reparto mundial y de desigualdades resultantes de la división internacional del trabajo como de la apropiación de lo producido.

Es verdad, también, que si nos atenemos al discurso anarcocapitalista como al “modelo de país y sociedad” que nos proponen desde esa anodina identidad ideológica, las diatribas van más allá de los derechos de “segunda generación” y alcanzan a los de “primera”, esos que no poseían carta de ciudadanía ni universalidad en la Argentina entre fines del siglo XIX y principios del XX, que en palabras de Milei -no por meras interpretaciones- colocaba a nuestro país entre los primeros del mundo y a esa sociedad elitista -que expulsaba del sistema a más del 80% de la población- en un micromundo feliz al que se esfuerza en que volvamos adoptando un nuevo “estatuto legal del coloniaje”.

Ahora bien, en síntesis, apelar a la “libertad” como oxímoron con absoluto desentendimiento por la “igualdad” y a los derechos erigiendo como primero al de propiedad con total desapego de la equidad que debe guiar las funciones sociales que le son inherentes, implica renegar de la evolución alcanzada y de los valores humanos que no son factibles de satisfacer mediante fórmulas mercantilistas.

Los derechos de segunda generación abarcan diferentes categorías y dimensiones, entre los cuales los derechos al y del trabajo constituyen un caso singular porque siendo por esencia sociales, también se proyectan y representan derechos económicos, culturales y hasta ambientales, y de allí que los entienda emblemáticos para una imprescindible concientización acerca de lo que se juega cuando con ligereza -mal intencionada- se los estigmatiza.

Los derechos laborales

A nadie escapa que el Derecho, el Ordenamiento Jurídico todo y cualquiera de las disciplinas jurídicas que lo conforman, está inexorablemente ligado a la Política.

Sin importar que se lo caracterice como superestructural, ordenador social o regulador indispensable de las múltiples relaciones que se entablan en una comunidad o dentro de un Estado, la normativización de los vínculos que se verifican en los más variados ámbitos se presenta siempre requirente del Derecho, con las ambigüedades, opacidades y dogmatismos que le son propios, cuya interpretación y aplicación están atravesadas por la Política.

Lo hasta aquí señalado no consiste en ninguna novedad, menos todavía en el Derecho del Trabajo tanto sea regulador de lo individual, de lo colectivo o de las agencias estatales llamadas a intervenir en el sistema de relaciones laborales.

Entonces, por qué plantear como necesaria una reflexión inicial sobre esta cuestión.

En mi opinión, porque estamos viviendo un Estado de excepción, un tiempo muy peculiar en el cual se propone poner en cuestión toda la dogmática jurídica en que se han formado diferentes generaciones en los últimos ochenta años. Dogmática que, obviamente, no ha sido lineal ni unívoca, ni tampoco ha estado ajena a muchas de las voces jurídicas disruptivas que hoy vociferan contra el Derecho Laboral, contra sus clásicos operadores -abogados, magistrados y funcionarios- y, principalmente -aunque sea frecuente no explicitarlo de ese modo-, contra el sujeto social más relevante del siglo XX: EL SINDICATO.

Es que hoy se pretende romper con, o más exactamente CORROMPER, los Principios básicos sobre los cuales se edificó y se encuentra sustentado el Derecho del Trabajo, controvirtiendo sus paradigmas fundantes en torno a un sistema de relaciones de producción capitalista en el cual la desigualdad entre las partes de un contrato de trabajo es su nota tipificante. Desigualdad, que no desaparece por la actuación y el reconocimiento de los sindicatos, sino que a través de los gremios y de la plena vigencia de la libertad sindical se hace factible lograr, junto con una acción promotora desde el Estado, algunos equilibrios necesarios para alcanzar o aproximarse a la Justicia Social, sin la cual la Paz Social no es posible.

Pero claro, es que desde la “nueva -vieja- Política” lo que se niega es la Justicia Social misma, que se la llega a catalogar como “siniestra”, y ya tampoco importa bregar por una razonable y ecuánime Paz Social, porque la prepotencia del Capital no la concibe como tal, sino que la única paz que pretende y propone es la “paz de los cementerios”.

No puede desligarse de las consideraciones precedentes el análisis del embate frontal que se lleva a cabo para la demolición de las instituciones jurídico-laborales, no sólo por el Gobierno nacional sino, principalmente, por las Corporaciones empresarias que le brindan sustento como también le imparten las instrucciones para desempeñar esa misión, aprovechando disfuncional e impúdicamente las ventajas coyunturales que les provee esta nueva etapa neoliberal.

Situación que impone una defensa activa de los derechos laborales y, con ese propósito, poner el foco en el estado de movilización del conjunto del sindicalismo, en especial en sus estructuras centralizadas.

En ese orden de ideas debe dejarse de ser políticamente correctos, lo que suele ser un desvelo de la Academia, planteando las cosas como son y sin esquivar el señalamiento de los “ignotos” escribas que proveen la logística jurídica al Gobierno y a sus aliados parlamentarios en la elaboración de las nuevas normas laborales precarizadoras, pergeñadas por los grandes Estudios Jurídicos al servicio de las empresas monopólicas locales y multinacionales que, también, ejercen las defensas de los genocidas condenados por su participación en el terrorismo de Estado.

Voceros empresarios que dicen reivindicar el Diálogo Social cuando lo obturan en cada ocasión que se les presenta y tampoco tienen empacho por mandar al frente, por intermedio de sus lenguaraces de los grandes medios de comunicación, a todo aquel que ose guardar apego con la dogmática jurídica laboral o, con mayor compromiso, militen abiertamente en favor de los derechos de los trabajadores y de sus organizaciones gremiales.

Hipocresía del ánimo dialoguista, en particular “tripartito” y con constantes apelaciones a la OIT, similar a la de sus mandantes que pretenden mostrarse como una clase empresarial “moderna y proactiva” acorde con una imagen de sociedad “ideal” sin conflictos profundos vinculados al antagonismo natural del par CAPITAL/TRABAJO. Cuando lo que verdaderamente los anima es sacar el mayor provecho de una coyuntura favorable para incrementar al máximo sus márgenes de ganancias y de discrecionalidad, sustentados en ideas más viejas que la injusticia y que siempre han concluido en rotundos fracasos, pero de los que han sabido sacar ventajas sin reparo ninguno por los serios daños al tejido social, en tanto esas frustraciones sistémicas de las recetas neoliberales siempre terminan generando enormes perjuicios para el Pueblo argentino y para la Patria.

Imágenes del mundo laboral

El par, en apariencia dispar, conformado por el trabajo asalariado e informal es en lo que pretenden hacernos creer tras el objetivo de igualarnos -hacia abajo- con gran parte del resto de América Latina en cuanto a una pobreza estructural, que haga imposible plantearse y sostener un horizonte de pleno empleo, con derechos y con efectiva ciudadanía laboral.

Diferentes gobiernos han contribuido a postular como una utopía inalcanzable, una verdadera quimera, un sistema de relaciones laborales que abarque y contenga a toda persona que trabaje en favor de una organización ajena. Porque mal puede pensarse, que el llamado trabajo “autogestionado”, autónomo o, ahora con tintes más modernos, el desempeñado por “trabajadores independientes que cuentan con colaboradores también independientes”, se desenvuelva en una organización genuinamente propia y no ajena.

Desde esa perspectiva, sin prescindir de las diversas estrategias de supervivencia autogestivas que es necesario apoyar en el tránsito hacia un pleno empleo formal, ni de alternativas realmente autónomas o de índole cooperativistas, corresponde englobar en un conjunto único al trabajo asalariado y al trabajo informal propendiendo a su cobertura por el Derecho del Trabajo y por la sindicalización indispensable para implementar dispositivos efectivos de autotutela, como de ampliación y de equivalencias factibles de gozar por igual de derechos laborales básicos.

La defensa activa de los derechos laborales conlleva el desafío de afianzar una libertad sindical que exceda a su concepción desde el liberalismo social, tan propio de ciertas progresías y de discursos académicos. Tomando en cuenta que es el sujeto sindical el blanco central de esos ataques, con los que el empresariado en su conjunto -no sólo las grandes Corporaciones nacionales y multinacionales- se propone desarticular por completo el Derecho Laboral.

Existen claras señales de un ataque continuo al sindicalismo, que se advierte en graves y continuas injerencias en su vida interna, notorias restricciones a su actuación en la esfera externa -particularmente en lo que respecta a los escenarios de conflicto- y, a contrapelo absoluto de los dogmas anarcocapitalistas -que postulan una total libertad para los negocios entre privados- en un rígido encorsetamiento de las convenciones colectivas.

De las variadas áreas y modalidades en que se registran acciones que afectan la vida gremial, en abierta violación a la libertad sindical, me detendré en un par de aspectos que entiendo emblemáticos, como de una notoria generalización en el campo sindical.

Restricciones ilegales a la negociación colectiva, con especial referencia a las kafkianas tramitaciones que se imponen para obtener la homologación de acuerdos y convenios colectivos, que en ciclos como los actuales en que los tramos de las paritarias son estrechos (tres o cuatro meses de vigencia promedio) importan una grave distorsión de ese instituto fundamental del Derecho del Trabajo.

En ese sentido se advierten demoras injustificadas en el trámite negocial, observaciones o reparos administrativos infundados, una arbitraria e incorrecta aplicación de dispositivos legales específicos que desnaturalizan el sentido de las funciones de contralor estatales. Se constata también una resistencia de la Secretaría de Trabajo a homologar los acuerdos alcanzados en las diferentes Unidades de Contratación Colectiva, sin dejar constancia explícita de la imposición de “techos” bajísimos para la recomposición salarial, hoy de tan sólo el 1% mensual.

Denodado esfuerzo por restarle entidad y presencia al sindicato en la empresa, con mecanismos y procedimientos diversos dirigidos a obtener ese resultado, que en parte se pretende lograr deslegitimando al sindicato en la negociación colectiva, tratando de abordar negociaciones en unidades cada vez más acotadas hacia el “sueño” empresario de validar e imponer negociaciones personalizadas, con la meta de la individuación de esas concertaciones excluyendo a la organización gremial.

A esos fines se constata la resistencia a una interlocución razonable con las representaciones de base ligadas al sindicato, dificultades crecientes para el desempeño de las Comisiones Internas, prácticas antisindicales que se exhiben con claridad en los casos de conflictos y medidas legítimas de acción sindical. Otro tanto sucede, con la criminalización de la protesta gremial y la tendencia extendida de dirimir los conflictos sindicales con intervención de la Justicia Penal. Todo lo que corrobora y complementan las iniciativas legislativas (algunas ya contenidas en el DNU 70/2023) dirigidas a bloquear los aportes a los sindicatos (cuotas sindicales y contribuciones solidarias) y desestructurar el modelo de organización sindical vigente.

Lo siniestro no está en los derechos sociales

En esta crítica etapa no se trata de “desaprender” lo aprendido, sino de reinterpretar lo aprendido a la luz de los actuales desafíos y herejías jurídicas que nos proponen como nuevos paradigmas, para lo cual hace falta una relectura de textos de doctrina y legislativos que brinden nuevas herramientas para la defensa del Derecho del Trabajo y del Sindicalismo que representa a un sujeto insustituible del sistema de relaciones laborales. Se requiere, entonces, un mayor y constante compromiso militante en defensa de las instituciones del Derecho Individual y Colectivo del Trabajo.

Del mismo modo, refutar argumentos falaces que impulsan a la resignación de la degradación de derechos y la deslaborización de las relaciones de trabajo, en tanto el “pleno empleo” no es una mera ilusión quimérica, sino que lo hemos alcanzado en otras etapas y podemos alcanzarlo hoy sin abdicar de la ampliación de derechos y de una mayor participación gremial en la empresa.

Siendo imprescindible desmentir las “bondades” de la flexibilización al ingreso y al egreso del empleo (el caso del “fondo de cese laboral”) como alternativa para combatir la desocupación, o la precarización del trabajo dependiente con igual propósito.

No son más libres las y los trabajadores si se los priva de derechos fundamentales conquistados con más de una centuria de luchas obreras, siendo imposible alcanzar niveles de equidad acordes con la dignidad humana de quien trabaja acentuando las desigualdades existentes e inherentes al sistema capitalista de producción y de apropiación del producto del trabajo.

Tampoco puede hablarse de libertad cuando se ataca constantemente, y se restringe, la libertad sindical en sus diversas manifestaciones.

Lo siniestro no anida en los derechos sociales ni en quienes luchan por su pleno ejercicio y paulatina ampliación, sino en quienes conforman las usinas clandestinas que propician el empobrecimiento de la clase trabajadora y la desaparición de sus organizaciones sindicales como condición para saciar su inagotable codicia que no admite un ápice de Justicia Social.