En un estilo similar al que se utiliza con la revisión de las pensiones por discapacidad, el Gobierno de Javier Milei dispuso que todos los clubes de barrio tendrán 90 días para realizar nuevamente un trámite si quieren seguir recibiendo subsidios energéticos. Con el argumento de focalizar esta ayuda "a quienes realmente la necesitan", la gestión libertaria dispuso una nueva declaración jurada obligatoria y a distancia que deberán completar unos 20.000 clubes.
A través de la disposición 4/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía estableció que los clubes de barrio y de pueblo tendrán un plazo de 90 días para volver a revalidar sus datos y seguir percibiendo subsidios en sus boletas de luz y gas. "Con el objetivo de contribuir a garantizar la transparencia, la eficiencia y la correcta asignación de los beneficios, en un contexto en que la focalización es una herramienta clave para la asignación de la ayuda a quienes realmente la necesitan", se planteó en el texto.
A partir de ahora, las instituciones que reciben descuentos en sus facturas energéticas deberán revalidar su situación mediante la plataforma TAD (Trámite a Distancia), donde completarán una declaración jurada con información del club para seguir formando parte del Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo.
La resolución, firmada por el subsecretario de Transición y Planeamiento Energético, Antonio Milanese, mantiene los requisitos que deben tener las instituciones para formar parte de la nómina de clubes de barrios, pero agrega el plazo de 90 días y su modalidad a distancia.
Con esta medida, que había sido anunciada a fines de junio por el vocero Manuel Adorni, se afectaría a más del 70% de casi 20.000 clubes y que, por no tener acompañamiento estatal, no cuentan con los papeles al día, según un relevamiento del Observatorio Social y Económico de Clubes de Barrio. Este mismo informe plantea que la proporción del gasto del Estado en subsidios a alrededor de 20.000 clubes representa el 1,74% del PBI.
Los requisitos que deben tener los clubes
- Tener personería jurídica vigente y domicilio legal en Argentina.
- Contar con una antigüedad mínima de tres años desde su fundación.
- Tener una cantidad de socios que oscile entre 50 y 2.000.
- Estar registrados en el “Registro de Beneficiarios - Clubes de Barrio Res. SE 992/21”.
- Debe tener matrícula abierta a la comunidad.
- Sus actividades deben ser no profesionales y no deben exigir un alto poder adquisitivo.