El gobierno nacional implementó cambios en la reglamentación vigente para los periodistas acreditados en Casa Rosada, quienes ahora podrán representar medios de comunicación "no convencionales" y serán evaluados previamente para obtener uno de los 25 puestos disponibles. También deberán asistir con "ropa formal" y podrán ser expulsados por "transmitir en vivo, registrar imágenes o videos, tomar fotografías" en lugares restringidos.
A través de la Resolución 1319/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Ejecutivo eliminó la anterior disposición y aprobó nuevos lineamientos y procedimientos para los periodistas acreditados en Casa de Gobierno. En medio de los continuos insultos del presidente Javier Milei y de la represión a la prensa en las protestas, el Gobierno prefirió mencionar en el texto a los acreditados como "profesionales de la comunicación" en lugar de "periodistas".
Las modificaciones más relevantes son la incorporación de una "evaluación objetiva", un sistema de "faltas graves", un "código de vestimenta" y la posibilidad de que sean aceptados periodistas de medios de comunicación "no convencionales" como canales de streaming.
Acreditados de medios "no convencionales".
Al comienzo del primer anexo adjunto en la resolución se detalla que, a partir de ahora, para aquellas acreditaciones anuales también podrán aplicar aquellos "profesionales de la comunicación" que pertenezcan a medios de comunicación no convencionales. "Se entiende por acreditación anual la otorgada a medios de comunicación, sean estos encuadrados dentro de la categoría convencional como no convencional, para la cobertura permanente de las actividades oficiales en la Casa de Gobierno", plantea el texto.
Si bien no se explica en la norma, los llamados medios no convencionales abarcan una gran variedad de plataformas digitales, siendo los más populares los canales de YouTube. Una de las maneras que utilizará el Ejecutivo para evaluar las métricas y números de estos medios serán herramientas digitales como Google Analytics.
Además, dentro de las acreditaciones "eventuales" podrán aplicar aquellos "sin vínculo con un medio", siempre y cuando "acrediten producción regular y verificable en temas institucionales o vinculados a la labor de comunicación pública". "Deberán presentar un portfolio de publicaciones, canal o medio digital activo, y cumplir con los requisitos documentales aplicables a su situación conforme el procedimiento aplicable", se añade.
Nuevo método de calificación
Otro de los puntos del nuevo lineamiento es una "Matriz de evaluación objetiva" por la que serán evaluados quienes se inscriban para ser acreditados. Algunos de los criterios que evaluará el Gobierno son "alcance numérico", "interacción", "especialización temática", "cobertura institucional previa" y "diversidad y pluralismo informativo", entre otros. Cada criterio dará un total de 70 puntos, siendo 35 el mínimo de admisibilidad. "Todos los criterios deben sustentarse con evidencia verificable y fechada", se indica.
Dentro de los puntajes, el Gobierno considera más relevante la cantidad de "retención, comentarios, compartidos y participación" que un medio o profesional de la comunicación tiene en redes sociales que el "alcance numérico" y la "audiencia demostrable". Al primer criterio le otorga 10 puntos y al segundo 5. "La falta de documentación o presentación fuera de plazo puede invalidar la postulación", se agrega.
Sanciones por "faltas graves"
A partir de ahora también se explicita que aquellos periodistas que incurran en "dos o más faltas graves a las condiciones de acceso y normas de convivencia" podrán perder su calidad de acreditados o no ser renovados como tales. Sin embargo, solo se nombra una acción que puede ser considerada de esa manera.
"En espacios no autorizados especialmente al efecto, se encuentra prohibido transmitir en vivo, registrar imágenes o videos, tomar fotografías o ingresar. La falta de cumplimiento a está prohibición importará una falta grave", explica la norma.
Además, se reitera -ya figuraba en la anterior resolución- que "ante el supuesto de registrarse una conducta indecorosa o temeraria por parte de los acreditados y/o participantes que altere el normal funcionamiento en cualquiera de las actividades y/o instalaciones de la Casa de Gobierno, la Autoridad de Aplicación podrá suspender o revocar la acreditación otorgada y el acceso a la misma".
Vestimenta "formal" para conferencias
Otra novedad es que los periodistas deberán respetar un "código de vestimenta" para asistir a las conferencias. "Se establece que el código de vestimenta para las conferencias será formal, en razón de la naturaleza institucional del acto y su trascendencia a nivel nacional e internacional. Este requerimiento responde al protocolo de los actos oficiales cuyo respeto es fundamental para mantener el decoro y el orden correspondiente", indica el texto.
Sobre este punto, la Resolución plantea que "los acreditados y/o participantes tendrán que cumplir con el mismo a fin de preservar las buenas costumbres, el respeto por las instituciones y la importancia del evento", aunque no se aclara si esto podría ser motivo de una "falta grave".