Córdoba: la Justicia ordenó un plan urgente de saneamiento por la contaminación del Lago San Roque

La sentencia reconoce "la existencia de un grave daño ambiental" y responsabiliza al Estado provincial y a las autoridades locales. Las juezas ordenaron medidas urgentes, estructurales y sostenibles para garantizar el derecho a un ambiente sano.

23 de abril, 2025 | 17.00

En un hito histórico para la Justicia ambiental argentina, la Cámara Contencioso Administrativa de 3ra. Nominación admitió el amparo ambiental presentado por Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) en noviembre de 2022 ante la contaminación de la cuenca del Lago San Roque. De esta manera, el fallo le exige al gobierno provincial la ejecución efectiva del “Plan de Saneamiento del Lago San Roque y de Desarrollo Sostenible”, solicitado por la entidad en la medida cautelar.

Luego de una audiencia realizada el pasado 16 de abril, las juezas Cecilia María de Guernica, María Martha del Pilar Angeloz de Lerda y María Eugenia Acuña de Maldonado dictaron la sentencia que reconoce "la existencia de un grave daño ambiental", y que también responsabiliza al Estado provincial y a las autoridades locales "por acción y omisión".

Además, ordenaron medidas urgentes, estructurales y sostenibles para garantizar el derecho a un ambiente sano y "proteger el recurso hídrico del que depende el abastecimiento de agua de más de un millón de personas". En ese marco, la Justicia estableció que el plan deberá ser reformulado en un plazo de 30 días, incorporando criterios de integralidad, transparencia, urgencia ambiental y participación activa. A su vez, el fallo rechazó cualquier tipo de demora por falta de recursos, al advertir que están en juego derechos constitucionales vinculados al ambiente sano.

La directora ejecutiva de Fundeps, Mayca Balaguer, reconoció "que hay una crisis ambiental y sanitaria que afecta derechos fundamentales, visibiliza la urgencia de actuar colectivamente para detener el deterioro de un ecosistema vital para Córdoba y exige a las autoridades respuestas urgentes, coordinadas y transparentes". 

Entre las leyes principales de presupuestos a nivel nacional, se encuentra la Ley General de Ambiente N° 25.675, en la que se determinan los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable (art. 1). Igualmente se fijan objetivos a cumplir por la política ambiental nacional (art. 2), enumerando en su art. 4 los principios ambientales.

En ese marco, la resolución pide la adaptación del plan con la "debida descripción de los recursos (materiales y humanos) necesarios, precisos y no potenciales", además de "la correcta previsión de participación ciudadana a lo largo del mismo y no como intervenciones aisladas en cada eje"

Crecimiento excesivo de algas en el lago San Roque: un problema histórico que no se combate

La problemática del lago San Roque lleva muchos años: ya en la década de 1980, el biólogo Raúl Montenegro, quien en aquel momento se desempeñaba como Subsecretario de Ambiente de la provincia de Córdoba, elaboró un informe que daba cuenta del estado de contaminación del embalse. Este documento pionero detallaba el estado de eutrofización del embalse, un proceso caracterizado por el excesivo enriquecimiento de nutrientes, principalmente fósforo y nitrógeno.

Este fenómeno favorecía la proliferación desmedida de algas, lo que se traducía en una coloración verdosa del agua, malos olores y la potencial presencia de toxinas. El informe de Montenegro puso de manifiesto la urgencia de abordar las fuentes de contaminación que estaban llevando al lago a este estado crítico. “La imagen del lago cada vez más verde, con esas floraciones de algas tóxicas, nos alertaba desde hace años. Lo que hicimos fue respaldar esa alarma con datos, estudios científicos, y llevarlo a la Justicia para que se tomen medidas concretas”, explicó Balaguer.

A pesar de la contundencia del informe de Montenegro, las advertencias tempranas no lograron evitar el avance de la problemática. El Expediente N°11415973 señala que, a partir de un estudio realizado en el año 2012 por científicos del Instituto de Virología “Dr. J. M. Vanella” detectó la presencia de una combinación de virus entéricos (Astrovirus, Enterovirus, Polyomavirus, Rotavirus, Norovirus y Picobirnavirus) en aguas del lago.

En ese sentido, puntualiza que las descargas cloacales de localidades como Villa Carlos Paz, las comunas del sur de Punilla y las poblaciones de Cosquín, Bialet Massé, San Roque, Parque Síquiman, Santa Cruz del Lago y Tanti son la mayor fuente de contaminación, aunque también se detectó que gran parte del fósforo es aportado por detergentes.

Por todo ello, considera que el Tribunal, en función de los deberes a su cargo como protector del ambiente, "debe intervenir en pos del cuidado de la vida, la salud, el interés colectivo, el ambiente, como una forma de restablecer el orden constitucional y los derechos de la comunidad que vienen siendo violentados desde hace años por la inacción de las autoridades responsables de proteger los derechos de la ciudadanía"