El Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, es un derecho laboral que se percibe en dos cuotas anuales: una en junio y otra en diciembre. Sin embargo, el cobro no es automático desde que se inicia un empleo, sino que depende del tiempo trabajado durante cada semestre.
Cada medio aguinaldo equivale al 50% del mejor salario mensual percibido por la trabajadora o trabajador durante el semestre correspondiente. Para calcularlo, se consideran dos periodos:
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Primer semestre: de enero a junio.
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Segundo semestre: de julio a diciembre.
¿Desde cuándo se empieza a generar el aguinaldo?
El derecho al cobro del aguinaldo comienza a generarse desde el primer mes trabajado dentro de cada semestre. Es decir, si una persona comienza a trabajar en marzo, en junio cobrará la parte proporcional al tiempo trabajado desde ese mes.
Por eso, si el contrato comenzó en marzo, se tendrán en cuenta cuatro meses trabajados (marzo, abril, mayo y junio) al momento de calcular la primera cuota del aguinaldo.
¿Cómo se calcula el proporcional del aguinaldo?
Cuando no se trabajaron los seis meses completos del semestre, se aplica la siguiente fórmula:
(Mejor salario del semestre / 12) x cantidad de meses trabajados.
Ejemplos prácticos:
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Caso 1: una trabajadora ingresó en marzo y su salario es de $2.500. El cálculo del aguinaldo en junio será:
(2.500 / 12) x 4 = $833 -
Caso 2: un trabajador comenzó en enero y su mejor salario fue de $7.000. Como trabajó los seis meses, corresponde:
(7.000 / 12) x 6 = $3.500
La ley establece que el medio aguinaldo de junio debe abonarse antes del 30 de junio (último día hábil del mes), y el de diciembre, antes del 18 de diciembre, aunque en la práctica muchas empresas lo hacen en la última jornada laboral de cada mes.
¿Los beneficiarios de la AUH cobran aguinaldo en junio 2025?
La llegada de junio suele reavivar la expectativa en torno al medio aguinaldo. Sin embargo, los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) no forman parte del universo que lo percibe. El Sueldo Anual Complementario (SAC)—creado para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios del régimen general de jubilaciones y pensiones— no alcanza a quienes reciben prestaciones sociales de la ANSES.
La AUH es un programa de transferencia directa destinado a hogares sin empleo formal: desocupados, trabajadores informales, personal de casas particulares y monotributistas sociales con hijos menores de 18 años a cargo. Al no implicar un salario, sino un ingreso asistencial, no genera derecho al aguinaldo. Esa diferencia jurídica quedó plasmada en la Ley de Contrato de Trabajo, que vincula el SAC estrictamente a remuneraciones formales.