ARCA: flexibilización de los plazos para las percepciones de IVA

La ex AFIP asegura que esta modificación responde a una demanda de muchos contribuyentes.

29 de agosto, 2025 | 04.05

En las últimas horas la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió un importante cambio respecto de uno de los tributos más importantes, el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Mediante la publicación de la Resolución General N° 5750/25 en el Boletín Oficial, la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introduce mayor flexibilidad para los contribuyentes responsables inscriptos que quieren computar las percepciones vinculadas a este impuesto.

Desde la entidad detallaron que el nuevo esquema se implementará a partir del lunes 1 de septiembre de 2025, permitiendo una administración más amplia de las percepciones de este tributo.

La principal modificación de ARCA es que ahora está habilitada la posibilidad de registrar las percepciones del IVA en el período fiscal en que se realice o en cualquiera de los cinco períodos fiscales siguientes, mientras que anteriormente los responsables inscriptos sólo podían aplicar exclusivamente estos cómputos en el período fiscal en el que se practicaban.

La ex AFIP afirma que este medida busca aliviar cargas que los sectores económicos manifestaban frente a los plazos estrictos previamente fijados otorgando así una flexibilización significativa para los contribuyentes alcanzados por el tributo.

Sobre este trámite hubo muchas quejas de sectores privados señalado que los plazos vigentes generaban dificultades en los procesos internos de registración y validación documental.

ARCA modificó la fecha de presentación para las percepciones vinculadas al IVA.

ARCA también modificó las fechas del Impuesto País

Cabe recordar que hace unos días ARCA comunicó un importante cambio en la fecha de presentación de un trámite clave para muchos contribuyentes, por lo que son varios los que celebraron. Se trata de la gestión para pedir la devolución del Impuesto País (Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) aplicado a operaciones de importación.

La ex AFIP decidió extender el plazo para la presentación de este trámite que se podrá presentar hasta el 4 de septiembre. Especialistas del sector detallaron que la fecha original de vencimiento era el próximo viernes y que nadie llegaba a tiempo, por lo cual esta prórroga representa un respiro significativo para muchos contribuyentes.

Este trámite es considerado por muchos como de los más complejos y requiere mucho tiempo, ya que hay que realizar la devolución mes por mes. De esta manera, estos días extra permiten una mayor organización para quienes soliciten la devolución de este impuesto.

"Para ampliar respecto al procedimiento correspondiente para presentar la DJIP, posibles errores que podrían presentar y cómo avanzar para la resolución de los mismos, sugerimos visualizar el video de la capacitación sobre "Devolución del Impuesto PAIS" que brindaron en nuestra Institución la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros (DI PNPA) y la Dirección de Servicios al Ciudadano, la cual se encuentra disponible desde la sección "Multimedia" > "Videoconferencias" de la web del CDA", indicaron desde el organismo.