Qué significa el voto cantado y cómo evitarlo: qué es lo que no hay que hacer

Si bien no figura en el Código Electoral, el “voto cantado” es una práctica sancionada por la ley argentina. Revelar la preferencia política en el cuarto oscuro o dentro del radio de votación puede traer multas e incluso penas de prisión. Te contamos qué es, cómo evitarlo y por qué atenta contra la democracia.

03 de septiembre, 2025 | 19.57

En la Argentina, el secreto del voto es un principio básico desde la Ley Sáenz Peña de 1912, que instauró el sufragio universal, secreto y obligatorio. El objetivo fue blindar al votante frente a presiones políticas, patronales o familiares, algo que aún hoy resulta vital en tiempos de polarización.

Sin embargo, prácticas como el llamado “voto cantado” ponen en jaque esa conquista histórica. Si bien se lo nombra de manera coloquial, su existencia tiene consecuencias legales muy concretas: quien rompa la confidencialidad de su elección puede ser sancionado con multas o hasta 18 meses de prisión, según el Código Electoral.

El voto secreto no solo protege al individuo, también sostiene la confianza en la democracia. Dejar de respetarlo es abrir la puerta a prácticas de presión y control que recuerdan a épocas en las que la voluntad popular estaba condicionada.

¿Qué es el voto cantado?

El término describe la acción de mostrar, anunciar o insinuar de manera pública la opción electoral dentro del centro de votación. Puede ser desde exhibir la boleta, hacer un comentario en voz alta o cualquier gesto que exponga la decisión política ante terceros.

Este comportamiento contradice el principio del voto secreto, diseñado para proteger la libertad de cada elector. Por eso, aunque algunos lo consideren un acto de militancia, en realidad se transforma en una infracción que afecta la transparencia del proceso.

Elecciones 2025.

Qué no hay que hacer el día de la elección

La Cámara Nacional Electoral recuerda que:

  • No se puede mostrar la boleta al salir del cuarto oscuro.
  • No deben hacerse comentarios partidarios en los pasillos de la escuela o dentro de los 200 metros del establecimiento.
  • No está permitido exhibir símbolos partidarios (remeras, banderas, pancartas) dentro del centro de votación.
  • La recomendación es simple: votar en silencio y discreción, asegurando que la elección personal quede resguardada en la urna.  

Qué pasa si no votás y cómo justificar la ausencia

El voto es obligatorio. No hacerlo sin justificación habilita multas de $1000 a $2000 y posibles sanciones administrativas, informó la Cámara Nacional Electoral. También puede requerirse trabajo comunitario de hasta tres días.

Las causas válidas para justificar la ausencia incluyen:

  • Distancia mayor a 500 kilómetros (con constancia policial).
  • Problemas de salud (certificado médico).
  • Tareas esenciales (aviso del empleador al Tribunal Electoral).

Si tenés que justificar, hacelo online en infractores.padron.gov.ar antes del cierre de los comicios.

Cuáles son los documentos válidos para votar en las elecciones de Buenos Aires

  • DNI tarjeta (aunque diga “no válido para votar”).
  • DNI libreta celeste o verde.
  • Libreta cívica o de enrolamiento.

Llevá siempre el documento más reciente que figura en el padrón.