En medio de la reforma laboral de Javier Milei que reemplaza las indemnizaciones por despido, la Corte Suprema determinó que los directivos de una empresa no son personalmente responsables por el pago de la indemnización por despido de un trabajador, bajo el argumento de que solo tienen conocimiento de las políticas generales de su compañía.
Así lo hizo en un fallo que revisó lo determinado por la Cámara Nacional del Trabajo en segunda instancia en una causa iniciada por un trabajador de apellido Oviedo contra las empresas Telecom Argentina S.A., Tel 3 S.A. y Cotelar S.R.L., en la que reclamó una indemnización por despido y créditos salariales.
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La cámara condenó "solidariamente" a las tres empresas y resolvió que quienes habían presidido o integrado el directorio de una de ellas también eran "solidariamente" responsables de pagar la indemnización. Pero la Corte revocó este pronunciamiento con invocación de la "doctrina de la arbitrariedad".
Indemnizaciones: los argumentos de la Corte Suprema
El máximo tribunal consideró que la cámara partió de la premisa de que los directores demandados tuvieron una participación directa en la gestión de los negocios que dieron lugar a la contratación del demandante a través de otras empresas, pues sostuvo que “han obrado con pleno conocimiento de la naturaleza de la relación” y “con la deliberada intención de no registrar el vínculo con el actor” acudiendo a una intermediación fraudulenta.
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En ese sentido, la Corte entendió que la cámara "no explicó en modo alguno en qué circunstancias comprobadas de la causa basaba sus conclusiones", y señaló que "omitió tener en cuenta la seria argumentación defensiva que planteaba que en las grandes empresas los miembros del directorio no pueden participar personalmente en las decisiones que se adoptan para la marcha ordinaria de los negocios, que solo les incumbe marcar las políticas de la compañía".
Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz determinaron que los jueces de la Cámara "debieron examinar, mediante la compulsa de las pruebas contable y testifical, si el directorio efectivamente había delegado en la línea gerencial de la empresa la gestión de las contrataciones inherentes a la prestación de servicios personales y si, en tal caso, había establecido un sistema de control adecuado que hiciera probable prevenir o enmendar las irregularidades que la normativa laboral sanciona".