Alerta pensiones por discapacidad ANSES: Milei envió el proyecto para dar miles de baja

El proyecto ya ingresó al Senado. Auditoría, reempadronamiento y recorte encubierto por inflación.

23 de abril, 2026 | 04.05

Un clima de máxima incertidumbre rodea a los beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez, cuyo pago se hace a través de ANSES. El proyecto de ley del gobierno de Javier Milei, titulado oficialmente "Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez", que ingresó al Senado, busca auditar y reempadronar a más de 1,2 millones de personas, estableciendo reglas estrictas que, de no cumplirse, derivarán en la quita automática del beneficio.

El texto impulsado por Javier Milei propone una reforma estructural del sistema de pensiones no contributivas por invalidez laboral. Entre sus disposiciones más relevantes, establece la obligatoriedad de un reempadronamiento para la totalidad de los beneficiarios actuales. Se trata de un universo estimado por el propio Gobierno en 1.200.000 personas a lo largo de todo el país.

Según consta en el articulado, los titulares contarán con un plazo de 90 días —prorrogable por 30 días adicionales— para actualizar su información personal, médica y socioeconómica. La autoridad de aplicación estará facultada para cruzar datos con organismos como ANSES, ARCA y el sistema tributario a fin de verificar el cumplimiento estricto de los requisitos exigidos.

El incumplimiento de esta carga burocrática acarrea consecuencias severas para los beneficiarios. Si la persona no completa el trámite dentro del período estipulado, la norma habilita la suspensión automática del pago de la prestación. Pasados 60 días desde esa suspensión sin que se regularice la situación, la baja del beneficio se torna definitiva mediante un acto administrativo.

Los cambios en materia laboral

Otro de los ejes centrales del proyecto radica en la modificación sustancial de los criterios de compatibilidad laboral. La nueva redacción establece una incompatibilidad absoluta entre la percepción de la pensión y la tenencia de un empleo formal o la inscripción en regímenes tributarios como el monotributo. La legislación actualmente vigente admitía ciertas excepciones orientadas a promover la inclusión.

Esta modificación elimina también los beneficios que recibían las empresas por contratar personas con discapacidad. El texto suprime uno de los incisos que hacía referencia expresa a los programas de inclusión laboral y a la promoción de reconocimientos para compañías que incorporaran a estos trabajadores dentro de su nómina de personal registrado.

Actualización de haberes y ajuste por inflación

En materia de haberes, la iniciativa fija el valor de la prestación en el 70% del haber mínimo jubilatorio garantizado por la Ley Nacional del Sistema Integrado Previsional Argentino N° 24.241. Sin embargo, el proyecto elimina la cláusula que preveía la actualización trimestral automática basada en el Índice de Precios al Consumidor.

Además de este cambio, la norma suprime la potestad que tenía el Poder Ejecutivo para otorgar sumas adicionales por zona geográfica desfavorable. De esta manera, el monto de la pensión queda atado exclusivamente a la evolución del haber mínimo, sin mecanismos complementarios de ajuste ante contextos inflacionarios o asimetrías regionales.

El fin del nomenclador unificado

Finalmente, el proyecto deroga expresamente los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad N° 27.793. Esta modificación legislativa implica la eliminación virtual del nomenclador que fijaba aranceles homogéneos para la totalidad de las prestaciones en todo el territorio nacional.

Como consecuencia directa de esta derogación, la negociación de valores con obras sociales y empresas de medicina prepaga quedaría completamente desregulada. Cada prestador deberá acordar de manera individual las condiciones de cobertura, sin un piso mínimo de calidad garantizado por una norma de alcance federal. El debate promete extenderse durante las próximas semanas.