¿Sabías que ya no tenés que hacer cola en ANSES para gestionar una pensión por fallecimiento? El organismo lanzó un nuevo sistema digital que agiliza el trámite, evita gastos de traslado y te permite hacer todo desde tu casa. Acá te contamos cómo funciona y quiénes pueden acceder.
Pensión por fallecimiento: Todo lo que tenés que saber
Si falleció un familiar jubilado, ahora podés iniciar el trámite de pensión derivada sin pisar una oficina. ANSES habilitó la gestión completamente online a través de Mi ANSES, ya sea desde la web o la app. Eso sí, tenés que hacerlo dentro de los 4 meses posteriores al fallecimiento.
Este beneficio está dirigido a cónyuges, convivientes previsionales e hijos solteros (menores de 18 o con discapacidad). Eso sí, no podés solicitarlo si ya cobrás otra prestación del organismo. La medida busca acelerar los tiempos y evitar gastos innecesarios.
¿Cómo se hace el trámite digital?
El proceso es sencillo:
- Ingresá a Mi ANSES (web o app) con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.
- Completá el formulario con los datos del jubilado fallecido y los tuyos.
- Subí la documentación requerida (DNI, partida de defunción, etc.).
- Esperá la confirmación de ANSES.
Si pasan más de 4 meses desde el fallecimiento, el trámite ya no se puede hacer online y tenés que ir sí o sí a una sucursal.
Ventajas del nuevo sistema digital
- Más rápido: Evitás la burocracia y los tiempos de espera.
- Sin gastos de traslado: No tenés que viajar ni perder horas en colas.
- Accesible 24/7: Lo hacés cuando quieras, desde tu celular o computadora.
- Menos saturación en oficinas: Liberás turnos para otros trámites urgentes.
ANSES asegura que esta medida beneficia a miles de familias que antes debían lidiar con trámites engorrosos en momentos difíciles.
Podés gestionarlo desde Mi ANSES con tu CUIL y Clave de Seguridad.
¿Quiénes pueden pedir la pensión derivada?
- Cónyuge del jubilado fallecido (casados legalmente).
- Conviviente previsional (deben acreditar unión de hecho).
- Hijos solteros menores de 18 años o con discapacidad (sin otra prestación).
Si el fallecido no tenía cónyuge ni hijos, otros familiares (como padres o hermanos) podrían acceder, pero en ese caso el trámite sigue siendo presencial.
¿Qué documentos necesitás?
- Antes de empezar, asegurate de tener:
- DNI del solicitante y del fallecido.
- Partida de defunción del jubilado.
- Constancia de CUIL del fallecido.
- Documentación que acredite el vínculo (libreta de matrimonio, partida de nacimiento de hijos, etc.).
Si faltan papeles, el sistema te avisará y podés subirlos más tarde.
¿Cuánto tarda en aprobarse?
No hay un plazo fijo, pero al ser digital, el proceso es más rápido que el presencial. ANSES revisa la documentación y, si todo está en orden, envía la resolución por Mi ANSES. Mientras esperás, podés chequear el estado del trámite online.
¿Qué pasa si no lo hago en 4 meses?
Si te excedés del plazo, perdés la opción digital y tenés que ir a una oficina. Allí, el trámite puede demorar más y requerir turno previo. Por eso, es clave no dejar pasar el tiempo.