El rol esencial de Maciel en la desaparición de Loan: las razones de la Cámara Federal para acusar al excomisario

El cambio de calificación contra Maciel lo dejó más complicado frente a la posibilidad de un juicio oral y ante su defensa ya que el nuevo procesamiento lo ubica con un rol esencial para la sustracción y ocultamiento del pequeño.

11 de abril, 2025 | 15.50

En un fallo de casi 60 páginas que publicó ayer la Cámara Federal de Corrientes, la justicia consideró la apelación del ex comisario y cambió el procesamiento acusándolo de haber tenido un rol esencial en la desaparición de Loan Danilo Peña el 13 de Junio después del almuerzo en la casa de la abuela Catalina en el paraje El Algarrobal de la localidad correntina de 9 de Julio. La defensa de Maciel había cuestionado el procesamiento argumentando que faltaban pruebas y que el ex comisario no estaba en el lugar en el momento del hecho. Además, aseguraron que había colaborado con la investigación solicitando detenciones y que, entre otras cosas, había cuestionado la aparición de la zapatilla, un elemento clave de la causa, porque era un hallazgo ilógico.

En su calificación, la Cámara consideró que la jueza Cristina Pozzer Penzo procesó a Walter Maciel como autor material, partícipe y encubridor del delito de sustracción y ocultamiento de Loan. Allí, el Tribunal Superior hizo una primera argumentación considerando que no se podían cumplir las figuras en el mismo delito, es decir,  una cosa no puede ser al mismo tiempo la otra, por lo cual debe definirse su participación. En su descripción, la Cámara explicó que “no puede alguien participar en la comisión de un delito y, al mismo tiempo, encubrirlo”. Además, explicaron que “en caso de optarse por la figura de sustracción de un menor, deberá precisarse, además, si Walter Adrián Maciel intervino como autor o como partícipe”.

En la consideración de la Justicia, explicaron que “del análisis del caso surge que Walter Adrián Maciel colaboró con el resto de los imputados antes de que se iniciara la ejecución del delito” y de esta forma se excluye la posibilidad de que sea considerado “encubrimiento agravado”. Allí los jueces explicaron que el Código Penal “establece que el encubrimiento requiere que el delito haya sido ejecutado por otro y sin la participación del encubridor” y destacaron que “si hubo participación en el hecho, deben aplicarse las reglas de la participación criminal, y no el tipo penal de encubrimiento”. Por consiguiente, el tribunal resolvió que el ex comisario Walter Maciel sea procesado como partícipe necesario de la sustracción y ocultamiento de Loan Danilo Peña y le revocaron la calificación de encubridor.

Dentro de la acusación, la Cámara Federal consideró que había un plan previo para “la sustracción de un menor” pero la llegada de Loan fue espontánea y sorpresiva, aunque entendieron que cada uno de los procesados tenía un rol asignado en la ejecución de ese plan. En esa asignación de roles, los jueces aceptaron la descripción que hizo la jueza Pozzer Penzo acerca de que mientras era comisario, Walter Maciel visitaba los colegios y se tomaba fotos con los niños, lo que lo puede poner en el rol de conocer no sólo las identidades de los menores sino también sus movimientos. También consideraron que “aprovechando su calidad de funcionario policial, debía garantizar un perímetro temporal que permitiera a Carlos Guido Pérez, María Victoria Caillava, Laudelina Peña, Bernardino Antonio Benítez, Daniel Oscar Ramírez y Mónica Millapi ejecutar la sustracción sin interferencia de las fuerzas de seguridad”.

Además, los jueces entendieron que el día de la desaparición por la mañana, el entonces comisario Walter Maciel se llevó el libro de guardias de la seccional para “evitar que se dejara constancia del horario exacto en que se produjo la desaparición y, con ello, obstaculizar la reacción inmediata de las fuerzas policiales”. En ese sentido, los jueces también consintieron que los llamados de María Victoria Caillava a otros policías y no a Walter Maciel fueron parte de un operativo de distracción para evitar exponer el plan criminal. De esta forma, entienden los jueces que Maciel no tuvo control en la ejecución del delito lo que lo pone como partícipe y no como autor material. Así, entonces, los jueces resolvieron que “corresponde atribuirle a Walter Adrián Maciel la calidad de partícipe necesario en el delito de sustracción de menores, y no la de coautor”.

En su consideración, el tribunal hizo hincapié en que “el hecho de que los coautores del hecho hayan modificado subrepticiamente el plan durante el almuerzo, al escoger al menor L.D.P. como víctima, en nada influye en el aporte realizado con anterioridad por Walter Adrián Maciel” por lo cual no es posible eximirlo de su responsabilidad. De esta forma, el ex comisario quedó más complicado ante la Justicia después de que los jueces Selva Angélica Spessot, Ramón Luis González y Mirta Gladis Sotelo modificaran su procesamiento y le atribuyan un rol esencial en la desaparición de Loan, un delito que según los mismos jueces no permite la prescripción mientras no se conozca su paradero.