El abogado Manuel García Mansilla, designado en comisión en la Corte Suprema de Justicia por el presidente Javier Milei, participó de su primera reunión de acuerdo este jueves y votó en tándem con los supremos Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz en contra de los intereses del gobierno, del cortesano Ricardo Lorenzetti y de un sector de Comodoro Py. ¿Un intento de desmarcarse con rapidez del Poder Ejecutivo? ¿Asoma una nueva mayoría en el máximo tribunal del país?
Una de las primeras decisiones que tomó García Mansilla en el máximo tribunal del país fue sumarse al voto de mayoría que bloqueó el ingreso al Alto Tribunal de Ariel Lijo, el otro comisionado para la Corte que había nombrado el gobierno. La forma en que votó este abogado vinculado al Opus Dei provocó el enojo del gobierno y mostró una reconfiguración del Alto Tribunal, al menos, en lo inmediato.
La votación de este jueves en el caso Lijo expuso que la interna feroz que vive la Corte sigue al rojo vivo. Uno de los grandes perdedores de la jornada, además de Lijo y el gobierno, fue Ricardo Lorenzetti. Según el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, la llegada de Lijo fue sugerida por este supremo. En tribunales se especulaba que si ingresaban el juez de Comodoro Py y García Mansilla al Alto Tribunal podían cambiar las relaciones de fuerza internas de la Corte. Lorenzetti hasta la partida de Juan Carlos Maqueda a finales del año pasado estaba en una clara minoría. Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda habían conformado una mayoría sólida que el Ejecutivo rompió con la jubilación del jurista cordobés, que apuró en marzo de 2024 para asegurarse dos vacantes en el Tribunal Supremo (desde el 1 de noviembre de 2021 estaba la de Elena Highton). Con las nuevas designaciones podía llegar a cambiar esa alineación interna. Pero a juzgar por lo sucedido el 6 de marzo pasado pareciera que Rosatti y Rosenkrantz sumaron un nuevo aliado. Así, por lo menos, lo interpretan en tribunales.
El jurista oriundo de Rafaela decidió no votar en la resolución en que se rechazó la licencia extraordinaria solicitada por Lijo. No es que Lorenzetti se expresó en disidencia sino que directamente no sumó su firma al documento. Desde el cuarto piso del Palacio de Tribunales indicaron a este medio que la resolución sobre el caso Lijo estuvo en su vocalía una serie de horas luego del acuerdo y de la firma digital del documento que hicieron Rosatti, Rosenkrantz y el comisionado García Mansilla. Al tener esas tres firmas el destino de Lijo estaba sellado. Lorenzetti prefirió no expresarse. La Corte rechazó tomarle juramento al juez de Comodoro Py y le dijo que la única forma de poder ingresar en comisión sería renunciando a su cargo de juez federal.
Para justificar su posición, Rosatti, Rosenkrantz y el comisionado García Mansilla recordaron lo que resolvió la Corte el 14 de octubre de 1975 en el caso del juez René Daffis Niklison cuando “estableció que resulta constitucionalmente inadmisible que una misma persona pretenda ‘investir simultáneamente la doble condición de juez con acuerdo y de juez designado en comisión’”. Y añadieron: “La Constitución Nacional no admite que una misma persona sea titular de dos cargos de juez”. Por eso, la licencia extraordinaria “no puede ser concedida”, sostuvieron.
Entre los perdedores también hay que contar al sector de Comodoro Py que le brindó un fuerte respaldo a Lijo. La Cámara Federal porteña, en un gesto por impulsar al candidato del edificio de Retiro, se había reunido el 26 de febrero en pleno para otorgar una licencia extraordinaria al magistrado en lo que fue un hecho inédito. El tribunal revisor no expide ese tipo de licencias. La Acordada 1/2025, firmada por Mariano Llorens (presidente), Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, fue un instrumento simbólico para robustecer la llegada de Lijo a la Corte. En su voto de mayoría, Rosatti, Rosenkrantz y el comisionado García Mansilla anularon esa acordada, llamaron la atención a la cámara y advirtieron: “La potestad de otorgar licencias de excepción corresponde únicamente a este Tribunal y, por lo tanto, resulta ajena a la órbita de competencias de los tribunales inferiores”. En la resolución se pidió a la cámara que remita las actuaciones administrativas. ¿Qué significa? Que la Corte le pidió a la cámara que preside Llorens que brinde todos los antecedentes que la llevaron a tomar esa decisión. Está claro que para los supremos lo que sucedió no fue algo menor. Se esperan novedades.
Por su parte, Lijo no renunciará y apostará por que el Senado apruebe su pliego con los dos tercios de los votos, que es la forma que establece la Constitución para la designación de jueces de la Corte. Si la Cámara alta rechazara su pliego, su camino hacia el máximo tribunal del país estará terminado. En el gobierno analizaban estrategias para intentar reflotar las negociaciones con el peronismo. Pero tras las designaciones por decreto las tratativas parecen más difíciles que antes. Lijo sabe que su nombramiento por decreto en el Alto Tribunal es endeble por eso no dejará su cargo.
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¿Nueva mayoría?
El mismo jueves, García Mansilla firmó 4 fallos de los 151 que se resolvieron en la Corte. Fueron casos de bajo impacto en los que hubo unanimidad. Es en la resolución sobre Lijo donde quedó de manifiesto lo que puede ser una nueva mayoría cortesana. Al menos hasta que dure la estadía de García Mansilla en el Tribunal Supremo. Habrá que observar si se mantiene en el tiempo.
Para poder emitir un fallo, la Corte requiere 3 votos de mayoría. Porque se toma como una mayoría del total de integrantes que debe tener el Alto Tribunal que en la actualidad es 5 miembros. Sin García Mansilla se requería consenso entre Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti o llamar a conjueces de entre las presidencias de las cámaras federales. Con el ingreso de García Mansilla cambian esos números. Y si se repite la mayoría que le cerró la puerta a Lijo, Lorenzetti puede quedar en minoría en más de una ocasión.
“García Mansilla está blindado porque fue ‘subido’ por Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz de modo puramente estratégico para hacer que le hacen caso al gobierno mientras resuelven su interna. Luego hay más de una manera de proteger todo lo que vaya a hacer”, analizó a El Destape un prestigioso constitucionalista. La referencia es a que Rosatti y Rosenkrantz -junto a Lorenzetti- le tomaron juramento cuando podrían no haberlo hecho (con tres integrantes para cuestiones administrativas alcanzan dos votos para tomar decisiones y no tres como en un fallo). Esta presunta “protección” de Rosatti y Rosenkrantz no parece menor. De alguna forma son dos votos que podrían darle estabilidad en el cargo a García Mansilla si consideran que la designación en comisión fue constitucional. Para esto será central Lorenzetti ya que se tratará de un fallo. Salvo que vote el propio García Mansilla. Hoy todo es posible en la Corte. Ante este escenario, este abogado comisionado podría necesitar más de los supremos que del gobierno que lo nombró por decreto. Al menos en el corto plazo.
La comisión de García Mansilla, de máxima, llegará al 1 de diciembre, cuando el Congreso vuelve a entrar en receso. En aquel momento es de esperar que pretenda que lo vuelvan a nombrar si el Senado no aprobó su pliego. También podría tener que dejar el cargo antes si avanzan los pedidos de inconstitucionalidad del decreto por el que fue nombrado. Eso dependerá de lo que resuelva el juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla. La Corte en la resolución de este jueves dejó abierta la posibilidad de revisar ese decreto: “La decisión que se adopta en la presente resolución no implica emitir juicio alguno sobre la validez y el alcance del decreto n° 137/2025”. Con esa afirmación dejó en claro que aún no se expidió sobre ello a pesar de haberle tomado juramento a uno de los comisionados. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez se preguntó en la red social X si García Mansilla estaba en condiciones de sostener esa afirmación cuando él mismo depende de ese decreto.
No es el único interrogante abierto en torno del accionar de este abogado vinculado al sector hidrocarburífero y al Opus Dei. Siendo una situación inédita la que atraviesa la Corte, otra de las dudas es qué puede suceder con los fallos en los que intervenga García Mansilla si su nombramiento es considerado inconstitucional en un futuro. Según los juristas consultados para esta nota, aún si se declarase inconstitucional el decreto 137/2025, todo lo que resuelva en la Corte el comisionado sería considerado válido hasta ese momento. Es decir, hay una ventana de tiempo que puede ser determinante para los casos en los que intervenga. Tener la “protección” de al menos dos de los tres cortesanos no es poco ante ese escenario.