Paritarias: cuánto cobran los cocineros y el personal de tareas específicas en octubre de 2025

Hasta que se concrete una nueva negociación, el sector tomará como referencia los valores previos.

28 de septiembre, 2025 | 20.46

Los cocineros y el personal de tareas específicas cobrarán en octubre 2025 un salario del mismo monto al mes previo, ya que en septiembre impactó el último tramo de incrementos que formaban parte del reciente acuerdo paritario para trabajadores del sector, hasta el momento no se negociaron nuevas subas.

En el caso de los cocineros, para octubre no contarán con el bono extraordinario, dado que se había pautado para tres veces consecutivas y finalizan junto con el salario de septiembre. 

De esta manera, para octubre 2025 se toman como referencia los valores recientes que fueron publicados por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), en cuanto a hora y mes para las distintas categorías.

¿Cuánto cobran los cocineros de casas particulares en octubre 2025?

Los valores de referencia del la UPACP se utilizan para calcular el salario de los cocineros y del personal de tareas específicas, que corresponde a la segunda categoría del sector e incluye a los cocineros contratados de manera exclusiva para desempeñar esa actividad y a todo quien realice tareas del hogar que requieran especial idoneidad.

Los valores mínimos para tomar de referencia son:

  • Por hora con retiro: $ 3487,00
  • Por hora sin retiro: $ 3822,91

Estos sirve para aquellos que trabajan para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.

¿De cuánto es el salario mensual para los cocineros en octubre 2025?

Quienes trabajan bajo un esquema mensual recibirán los siguientes montos de referencia:

  • Mensual con retiro: $ 426.875,19
  • Mensual sin retiro: $ 475.184,56

Las cifras alcanzan a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la Ley N° 26.844,  que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, de manera proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

¿Cómo registrar a los trabajadores de casas particulares en ARCA?

Los empleadores deben inscribir a las y los trabajadores de casas particualres ante ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.

El registro puede hacerse de manera virtual: 

  • Acceder al portal: Ingresar a la sección de Casas Particulares en ARCA con CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal. 
  • Seleccionar la opción de empleador: dentro del portal, seleccionar la opción "Empleador". 
  • Cargar datos del trabajador: completar los datos del empleado, incluyendo su número de CUIL, nombre completo, fecha de nacimiento y domicilio. 
  • Ingresar datos laborales y domicilio laboral: proporcionar la información sobre el contrato y el domicilio donde se prestarán los servicios. 
  • Añadir otros datos relevantes: si el trabajador tiene CBU, debe registrarlo, y si no tiene obra social, el sistema asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares. 
  • Confirmar los datos: revisar la información cargada para asegurarte de que sea correcta. 
  • Finalizar el alta: una vez confirmados los datos, se completará el proceso de alta del trabajador.