Con la llegada de diciembre de 2025, los empleados de comercio reciben uno de los ingresos más esperados del año: la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Este pago se suma al salario mensual y al cierre del esquema paritario vigente durante 2025. El aguinaldo está regulado por ley y alcanza a todos los trabajadores registrados del sector, independientemente de la categoría.
Cuándo se paga el aguinaldo de comercio en diciembre 2025
Según la normativa laboral vigente, la fecha límite para el pago del aguinaldo es el 18 de diciembre de 2025. No obstante, la ley otorga a los empleadores un margen adicional de días hábiles, por lo que el depósito puede extenderse hasta el 24 de diciembre como tope máximo. Esto significa que el aguinaldo puede cobrarse en cualquier momento dentro de ese período, según la política de cada empresa, pero siempre antes de Navidad.
Cómo se calcula el aguinaldo de los empleados de comercio
El aguinaldo equivale al 50% del mejor sueldo bruto mensual cobrado durante el segundo semestre del año, es decir, entre julio y diciembre. Para el cálculo se toman en cuenta los siguientes conceptos:
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Sueldo básico
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Antigüedad
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Presentismo (si corresponde)
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Ajustes paritarios mensuales
En la mayoría de los casos, diciembre resulta ser el mes de mayor salario, ya que incluye el último tramo del aumento acordado en paritarias. Si el trabajador no prestó servicios durante todo el semestre, el aguinaldo se liquida de manera proporcional a los meses efectivamente trabajados.
Los importes no remunerativos pueden generar confusión. En general, solo integran el aguinaldo los conceptos que tengan carácter remunerativo, es decir, los que realizan aportes jubilatorios. Los bonos fijos no remunerativos, salvo que el acuerdo paritario lo indique expresamente, no se incluyen en el cálculo del SAC.
Salarios de noviembre para empleados de comercio
En noviembre, los trabajadores del sector perciben un aumento del 1% junto con una suma fija de $40.000, que se liquida en la fecha habitual de pago. Con este ajuste, cada categoría —maestranza, administrativos, cajeros, auxiliares y vendedores— cobra según la escala vigente acordada entre Faecys y las cámaras empresarias. Estos valores contemplan el incremento y el monto fijo, pero no incluyen el aguinaldo, que se paga por separado.
La normativa establece que la segunda cuota del SAC debe abonarse hasta el 18 de diciembre. No obstante, la ley contempla un margen adicional de cuatro días hábiles, por lo que el límite legal se extiende hasta el 24 de diciembre.
