La Cámara Nacional Electoral dispuso este jueves 16 de octubre que los afiches que estarán dentro de cada escuela y mostrarán la boleta completa de cada partido político, “muestren la oferta electoral vigente” en provincia de Buenos Aires. Es decir, estará el nombre, apellido y la cara de Diego Santilli, cabeza de lista de La Libertad Avanza, tras el narco escándalo por el que renunció José Luis Espert.
De esta manera, y a través de un comunicado oficial, el Tribunal detalló que en este sistema de votación - Boleta Única Papel (BUP), “las listas de candidatos son muy numerosas y no incluye, por obvias Iimitaciones de espacio en la boleta, la identificación de todas las candidaturas propuestas”. Por ese motivo, el Código Electoral Nacional prevé que “Ias Iistas completas de candidatas y candidatos con sus respectivos suplentes, deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible”. De esta manera, esos afiches deberán reimprimirse ya que, desde que comenzó el proceso de armado de la elección el único candidato que renunció de las 15 ofertas electorales en provincia de Buenos Aires, fue el de La Libertad Avanza.
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En el fallo, la Cámara Nacional Electoral dispuso que sea la Junta Electoral Nacional de Buenos Aires la que “arbitre los medios necesarios para distribuir en la mayor medida posible los afiches actualizados, sin retrotraer etapas ya concluidas ni modificar el material esencial ya preparado para la constitución de las mesas de votación, de modo de no generar riesgo alguno al adecuado desarrollo del proceso electoral en marcha”. Sobre el costo de reimpresión, desde el Ministerio del interior informaron a El Destape que los afiches costarán "$ 7.046.800,00 para una total de 40.000 unidades" y que la empresa encargada "lo realizará en un plazo máximo de 48 horas contadas desde la aprobación del modelo correspondiente, más 24 horas adicionales para la entrega del material a la Secretaría".
Para la CNE “Ios afiches o carteles son elementos con un contenido genérico e informativo para todo el distrito (no individualizados por mesa de votación), cuya distribución puede disponerse incluso a través de un circuito paralelo o concomitante aI del material esencial para Ia constitución de las mesas sin retrotraer los actos cumplidos ni las operaciones realizadas y sin poner en riesgo Ia entrega oportuna de dicho material”. Además basó su fallo en que el Correo Argentino “informó que es posible la reimpresión y la distribución sin entorpecer el despliegue del resto del material electoral necesario para llevar a cabo los comicios”.
En tal sentido, el Tribunal ha enfatizado que “eI ciudadano debe ser eI centro de la atención de quienes tienen a su cargo Ia administración de los asuntos públicos. Las reglas electorales deben enfocarse en garantizar a Ia ciudadanía eI ejercicio de una voluntad bien clara, sin confusiones y para ello se necesita que la información sea simple y entendible”.