El gobierno de Javier Milei oficializó una reforma al sistema de riesgos del trabajo y avanza en la eliminación de enfermedades profesionales y lesiones emergentes como así también la habilitación de evaluaciones médicas sin examen físico, lo que podría afectar la calidad y objetividad de los dictámenes. Médicos y abogados legistas y laboristas alertaron sobre el impacto en el acceso a indemnizaciones y cobertura por parte de los trabajadores afectados.
Las modificaciones fueron oficializadas mediante el Decreto 549/2025, que cambia la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales vigente desde 1996. Esta nueva normativa entrará en vigor el 2 de febrero de 2026 e incorpora criterios cuantificables y específicos para cada tipo de lesión o enfermedad, eliminando los rangos de evaluación que permitían un análisis por cada caso. En este marco, se estableció una metodología basada en la “Capacidad Restante” y factores de ponderación como edad del trabajador, tipo de actividad y posibilidades de reubicación. También se definió la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) como la responsable de elaborar normas complementarias y coordinar programas de capacitación para profesionales médicos.
Aunque el Gobierno presentó la reforma como un avance técnico y administrativo, especialistas advierten que la nueva tabla, al imponer una rigidez matemática en la valoración del daño, deshumaniza el proceso de evaluación. Al asignar porcentajes fijos y eliminar márgenes de interpretación clínica, se corre el riesgo de no contemplar situaciones singulares y complejas que escapan a los estándares previstos. Además, la medida delega en la SRT la elaboración de normativas complementarias y capacitaciones, sin prever mecanismos de control externo o auditoría independiente que garanticen imparcialidad.
En diálogo con El Destape, el presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, detalló que "se quitó de la tabla la valoración como incapacidad laboral a afecciones como cervicalgias ni por lumbalgias, aún cuando sean objetivas por estudios objetivos. Además de esta disminución de enfermedades profesionales de la tabla, también advirtió que “se determinó la baja del porcentaje de incapacidad por cada enfermedad laboral por lo que la indemnización será menor”.
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Según los criterios técnicos, se eliminan los intervalos de evaluación, reemplazados por porcentajes fijos para cada tipo de lesión o enfermedad. Se aplica la metodología de “Capacidad Restante”, salvo excepciones que requieren suma aritmética. Esto significa que el grado final de incapacidad se calcula considerando: edad del trabajador (adicional de 2% a 5%); tipo de actividad (leve 5%, intermedia 10%, alta 20%); y posibilidades de reubicación laboral.
En esta línea, el médico legista y laboral, Javier Amherd Neffen, coincidió y apuntó que “esencialmente este nuevo decreto tiene tres puntos claves como la desaparición de muchas enfermedades profesionales y de lesiones emergentes en accidentes de trabajo que desaparecieron; que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) se guardan la potestad de la realización de los estudios complementarios; y que las determinaciones de las incapacidades médicas sobrevinientes se pueden realizar sin examen físico”.