Los empleados de comercio de todo el país recibirán un aumento salarial similar al del mes anterior, cuando se aplicó el último aumento acordado entre el gremio y las empresas del sector. El aumento, que se implementó en etapas, corresponde a un 1,7% sobre los salarios de diciembre de 2024 y se reflejará en los salarios de marzo, que se cobrarán en los primeros días de abril.
En el acta acuerdo firmada entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), las partes acordaron reunirse nuevamente en abril para evaluar las escalas salariales y otros porcentajes, teniendo en cuenta las posibles variaciones económicas.
En esta ocasión, el aumento será del 1,7% pero sobre los salarios de diciembre 2024. El mismo se hará efectivo en los recibos de sueldo que los empleados de comercio recibirán en los primeros días de abril.
Paritarias de Comercio: cómo quedan las escalas salariales
Este acuerdo, que abarca el período de marzo de 2024 a abril de 2025, incluye a todas las categorías de empleados de comercio a nivel nacional. Cabe destacar que los aumentos acordados no son vinculantes para los acuerdos salariales que se puedan alcanzar en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.
Además, el acuerdo establece que aquellos trabajadores con jornadas reducidas, tareas discontinuas o ausencias injustificadas recibirán un aumento proporcional en función de las horas trabajadas.
Cómo se liquidan los feriados de marzo si sos empleado de comercio
En cuanto a los feriados nacionales de marzo, que incluyeron el Carnaval y el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, se deberán liquidar de acuerdo a si fueron trabajados o no. Para calcular los montos correspondientes, se toma en cuenta el básico, la antigüedad y la asistencia/puntualidad.
Según el cálculo realizado sobre estos conceptos, el monto correspondiente a los feriados trabajados es de $38.860,72, mientras que para los feriados no trabajados el monto asciende a $77.721,45.
Es importante señalar que los importes no remunerativos también deben ser considerados para el cálculo de los feriados y los domingos trabajados, según lo establecido en el quinto párrafo del acuerdo de junio de 2024.